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Dirección regional de Educación - San Martín

  • COMUNICADO N° 08 - UGEL DE MOYOBAMBA

    • 15 Jun 2020
    • Moyobamba - Perú
    • 1180

    Considerando que en el ordenamiento jurídico, la utilización de las Instituciones Educativas Públicas, para la realización de actividades no educativas y/o como instalaciones de apoyo ante emergencias y/o desastres debe ser el último recurso disponible del Estado, y ante la situación de emergencia sanitaria en la cual se encuentra el país como consecuencia del COVID – 19, además de existir la necesidad de los gobiernos locales, distritales y/o comunales de contar con inmuebles para albergues temporales dentro del ámbito de su Jurisdicción, a continuación se detalla el PROCEDIMIENTO A SEGUIR  PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS PREDIOS O REGULARIZAR DE SER EL CASO, DEL MINEDU A FIN DE DESTINARLO PARA ALBERGUES TEMPORALES



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