DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

DOCUMENTOS


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
15/12/2022
RDR Nº 2690-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 0891-2022 de fecha 15 de setiembre de 2022, notificada con fecha 27 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de reconocimiento y otorgamiento de subsidio por luto y sepelio por el fallecimiento de su señora Madre quien vida fue doña Eloísa Albiso Rubio, acaecido el 26 de agosto de 2022, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. TRAUCO DE REATEGUI YOLANDA
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15/12/2022
RDR Nº 2686-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral N° 002217-2022 de fecha 29 de setiembre de 2022, notificado con fecha 02 de noviembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de reajuste de la remuneración personal, bonificación diferencial y bonificaciones perpetuados por los DU. Nº 090-95, 073-97 y 011-99 y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa. ANGULO VEINTEMILLA PLACIDO
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15/12/2022
RDR Nº 2691-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Ficta por haber operado el silencio administrativo negativo a la solicitud de fecha 09 de marzo de 2020, donde solicita reajuste de la remuneración personal, bonificación diferencial y bonificaciones preceptuadas por los D.U N° 090-95, 073-97 y 011-99 y compensación vacacional a partir de setiembre de 2001 , por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.. DOMINGUEZ PEREZ BLANCA
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15/12/2022
RDR Nº 2684-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 0998-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 24 agosto de 2022, notificada con fecha 01 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago de la bonificación por refrigerio y movilidad de S/5.00 nuevos soles diarios, más devengados e interés, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotada la vía administrativa. VASQUEZ GARCIA BLANCA
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15/12/2022
RDR Nº 2681-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 0918-2022-GRSMDRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 11 de agosto de 2022, notificada con fecha 15 de setiembre de 2022, que declara improcedente el pago de bonificación mensual por preparación de clases y evaluación 30% más la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5% más la continua hasta la actualidad, más intereses, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotada la vía administrativa. SABOYA SHAPIAMA JESUS ISABEL
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15/12/2022
RDR Nº 2680-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 0777-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 07 de julio de 2022, notificada con fecha 10 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución; Dar por agotada la vía administrativa. SANTA MARIA PIÑA LUZ LEILA
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15/12/2022
RDR Nº 2618-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 4589-2018-GRSM/DRE/DO-00.UE.300 de fecha 26 de diciembre de 2018, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 11,059.82, por concepto del 30% de preparación de clases y evaluación calculado sobre la base de su remuneración total o integra, con deducción a los importes que hayan sido abonados por dicho concepto en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N°23, de fecha 10 de noviembre del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00523-2016-0-2201-JM-LA-01, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martin emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. DIAZ AGUILAR ALBERTO
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15/12/2022
RDR Nº 2682-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 08182022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 18 de julio de 2022, notificados con fecha 06 de setiembre de 2022, que declara improcedente el pago de reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución; Dar por agotada la vía administrativa. TENAZOA ROSALES DE LEON EVELIN LEON BAZAN WILSON MANUEL
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15/12/2022
RDR Nº 2685-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 0669-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 16 de junio de 2022, notificada con fecha 21 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución; Dar por agotada la vía administrativa. VIDAL INGA BLANCA ESTHER
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15/12/2022
RDR Nº 2696-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00560-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro - reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, el pago de reintegro de la compensación vacacional, dispuesta por el artículo 2180 del D.S.N0 19-90ED, por el periodo comprendido a enero 2012, y el pago del incremento equivalente al 10% de su haber mensual, de conformidad con el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 25981, por el periodo comprendido desde el enero de 1993 hasta el cumplimiento de lo solicitado con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N 005 de fecha 21 de febrero de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 09 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; ; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300. RIOS PEREA MIRYAM MARGOTH
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15/12/2022
RDR Nº 2683-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, como Curador Judicial de su señora Madre Ynelda Torres Ríos de Esquia identificada con DNI N° 01088439, en representación de cónyuge quien en vida fue don Santiago Cristóbal Esquia Ortega acaecido el 16 de febrero del 2015, contra la Resolución Jefatural Nº 0911-2022-GRSMDRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 1 1 agosto de 2022, notificada con fecha 24 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago de la bonificación por refrigerio y movilidad de S/5.00 nuevos soles diarios, más devengados e interés, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotada la vía administrativa. TORRES DE AYLLON MARTIZA ESQUIA
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15/12/2022
RDR Nº 2658-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 067-2020GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 20 de enero de 2020, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 12,587.17, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 80 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 17, de fecha 26 de octubre del 2020, asignada en el expediente judicial Nº 00242-2014-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. VALDERRAMA PADILLA PALMIR PEPITA
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15/12/2022
RDR Nº 2659-2022-GRSM-DRE
DECLARAR NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 503-2022-GRSM/DRE/DO00.UE.306, de fecha 02 de junio de 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 1,359.13, por concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal N°524-2012-SERVlR; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 20 de fecha 01 de setiembre de 2022, asignada en el expediente judicial N° 00675-2017-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N°21 de fecha 09 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. VERASTEGUI ALTAMIRANO MARLENI
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15/12/2022
RDR Nº 2660-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0225-2022GRSM- DRE/DO-OO.UE.307, de fecha 14 de julio de 2022 y Resolución Jefatural N° 0226-2022-GRSWDRE/DO-OO.UE.307, de fecha 14 de julio de 2022; que reconoce W-- pomo créditos devengados, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 8 0 inciso b) y el Informe Legal N O 524-2012SERVIR/GPGS; a favor de PEDRO BELTRAN USHIÑAHUA USHIÑAHUA, reconociendo la suma de S/. 14,352.97; y NELLY CACHIQUE AGUIRRE, reconociendo la suma de S/. 14,065.30; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N O 13 de fecha 09 de noviembre de 2022, asignada en el expediente judicial N° 003722018-0-2201-JR-LA-OI; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N °14 de fecha 22 de noviembre del 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio — Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 307 – Educación Bellavista emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. USHIÑAHUA USHIÑAHUA PEDRO BELTRAN
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15/12/2022
RDR Nº 2672-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatura! N°0983-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE301 -EDUCACION BAJO MAYO de fecha 18 de agosto de 2022, notificada con fecha 08 de setiembre de 2022, que declara improcedente el pago de bonificación mensual por preparación de clases y evaluación 30% más la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5% más la continua hasta la actualidad, más intereses, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotada la vía administrativa. DELGADO RIOS OFELIA
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15/12/2022
RDR Nº 2676-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 07782022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 07 de julio de 2022, notificado con fecha 09 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución; Dar por agotada la vía administrativa. ; Dar por agotada la vía administrativa. PINEDO TERRONES ROGER
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15/12/2022
RDR Nº 2654-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0007-2021GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 12 de enero de 2021, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 265.40, por el concepto subsidio por luto por el fallecimiento de su señor padre de quien vida fue don Pedro Hildebrando Torres Barturen, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 09, de fecha 24 de mayo del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00151-2018-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. TORRES IZQUIERDO DILMER
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15/12/2022
RDR Nº 2655-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0506-2022GRSM/DRE/DO-OO.UE.306, de fecha 02 de junio de 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 6,018.46, por concepto de 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 05191-PCM artículo 8° inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 14 de fecha 22 de junio de 2022, asignada en el expediente judicial N° 00195-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N° 15 de fecha 07 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306-Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. SAAVEDRA DAVILA MARCO ANTONIO
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15/12/2022
RDR Nº 2677-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 0854-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 25 de julio de 2022, notificado con fecha 08 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución; Dar por agotada la vía administrativa. Dar por agotada la vía administrativa. RAMIREZ PINEDO FELIPE EULOGIO
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15/12/2022
RDR Nº 2656-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0722-2022-GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 01 de agosto de 2022, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 3,214.44, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 14, de fecha 06 de octubre del 2022, asignada en el expediente judicial N° 00374-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. SEJEKAM WAJAJAI ANGEL
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