DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
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10/11/2022
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RDR Nº 2239-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en e! expediente Nº 00369-2016-0-2208-JM-LA-02, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta 30 de abril de 1999, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 20 de diciembre de 2016, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 10 de enero de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio- Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
AREVALO MELENDEZ LINDER
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10/11/2022
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RDR Nº 2248-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00382-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 2005 al 31 de diciembre de 2005 del 01 de abril de 2006 al 31 de diciembre de 2006: del 12 de marzo de 2007 al 31 de diciembre de 2007 y del 01 de abril de 2008 al 31 de diciembre de 2008, hasta antes de la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 079-2009-EF que establece el monto de la remuneración mensual y asignaciones de los profesores contratados; con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 13 de octubre de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y DECLARÁNDOSE CONSENTIDA y requiriendo su ejecución mediante Resolución Nº 04 de fecha 12 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
GATICA FLORES LLELINA
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10/11/2022
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RDR Nº 2277-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00202-2017-0-2209-JM-CI-01, el pago del reintegro de DOS REMUNERACIONES TOTALES O ÍNTEGRAS por concepto de SUBSIDIO POR LUTO y GASTOS DE SEPELIO, los que se calcularan sobre la base de la remuneración total (íntegra) por el fallecimiento de su señor padre Hidelfonso Noriega Salazar, con deducción de los importes que hayan sido abonados a la demandante por dichos conceptos, más intereses legales, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Sentencia contenida en la Resolución Nº 13 de fecha 22 de septiembre de 2019, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 19 de fecha 26 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache. AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga; emitir la Resolución Jefatural.
NORIEGA CASTAÑEDA LIBIA JUANA
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10/11/2022
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RDR Nº 2295-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00222-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del REINTEGRO POR CONCEPTO DE SUBSIDIO POR LUTO en base a dos remuneraciones totales o íntegras; por el fallecimiento de su progenitora Socorro de Belén Ríos Lozano, con la sola deducción de los importes que en su caso hayan sido pagados al demandante, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 26 de junio de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 16 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
MORI RIOS ALMIRO
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10/11/2022
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RDR Nº 2240-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, en el expediente Nº 00613-2015-0-2208-JM-LA-C2, disponiendo e! pago del reintegro de la conificación especia! por preparación de ciases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N O 06 de fecha 13 de julio de 2016, emitida por el 2 0 Juzgado Mixto - Sede Maynas Tarapoto y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 20 de fecha 13 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio de Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución.
ALEGRIA GONZALES ASENCIO
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10/11/2022
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RDR Nº 2250-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00210-2021-0-2208-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 16 de mayo de 1996 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 31 de enero de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 14 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio- Sede M Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
GONZALES PEREZ CARMEN
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10/11/2022
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RDR Nº 2251-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00114-2017-0-2208-JR-CA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente l 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 1995 hasta el 25 de noviembre de 2012;con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales, que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 29 de setiembre de 2017, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 13 de fecha 02 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
GOMEZ PANDURO DE FLORES JOSEFINA
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10/11/2022
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RDR Nº 2252-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00060-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, por e) periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de la ya incorrectamente pagado, debiéndose de precisar que el reintegro será realizado por cada año de servicio cumplido, ll) el pago del reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) el pago de los intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 31 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 05 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la Resolución Jefatural.
HUAMAN JIMENEZ MARILU
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10/11/2022
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RDR Nº 2276-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00023-2018-0-2209-JM-CI-01, el pago de reintegro o monto diferencial de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por los periodos comprendidos desde el 06 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2000 y el 09 de mayo de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, periodos laborados que han sido bajo los alcances de la Ley de Profesorado - Ley 24029 y su modificatoria Ley Nº 25212, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 10 de febrero de 2021, emitida por el Juzgado Mixto de Tocache; y REQUIRIENOSE su ejecución mediante Resolución Nº 20 de fecha 16 de febrero de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural.
JARA VILCA PRISCILA
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10/11/2022
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RDR Nº 2247-2022-GRSM-DRE
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RECTIFICAR la Resolución Directoral Regional Nº 1830-2019-GRSM/DRE de fecha 26 de diciembre de 2019, sobre cumplimiento de sentencia en el proceso judicial Nº 01068-2015-0-2208JM-LA-01, el reconocimiento y pago equivalente al 30% de la remuneración total por concepto de preparación de clases y evaluación, debe decir: por el periodo desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 15 de julio de 2010 (…).
GARCIA FLORES LELY
RUIZ GARCIA SHEILA
RUIZ GARCIA SHARON CAROLA
RUIZ GARCIA CHRISTIAN
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10/11/2022
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RDR Nº 2279-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00015-2018-0-2209-JM-Cl-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, desde el 01 de marzo de 2004 hasta el 25 de noviembre de 2012, asimismo el pago de los reintegros devengados generados por la indebida aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 13 de agosto de 2021, emitida por la Sala Mixta Descentralizada - Sede Juanjuí; y REQUIRIENOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 16 de febrero de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural.
ROSARIO SILVA ALEJANDRINA
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10/11/2022
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RDR Nº 2269-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 2016-094-220301-JXOI-C, el pago de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, la que se calculará sobre la base de la remuneración total de acuerdo a los periodos comprendidos desde el 23 de abril al 21 de julio de 1999: del 11 de octubre al 24 de noviembre de 1999: del 01 de marzo al 31 de julio de 2000: del 01 de agosto al 31 de diciembre de 2000: del 15 de setiembre al 13 de diciembre de 2002: del 11 de junio al 08 de setiembre de 2003; del 14 de junio de 2004 al 16 de julio de 2004, del 21 de agosto al 21 de setiembre de 2007: del 22 de setiembre al 28 de setiembre de 2007 del 01 de abril al 31 de diciembre del 2008: del 01 de marzo al 31 de diciembre de 2009: del 15 de marzo al 31 de julio de 2010: del 01 de agosto al 31 de diciembre de 2010; del 03 de julio al 01 de agosto de 2011: del 01 de agosto al 30 de agosto de 2011: del 31 de agosto al 30 de setiembre de 2011: del 01 de octubre al 31 de octubre de 201 1: del 01 de noviembre al 30 de noviembre de 2011: del 01 de diciembre al 30 de diciembre de 2011, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida la Resolución Nº 04 de fecha 30 de mayo de 2017, emitida por el Juzgado Mixto de El Dorado; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 13 de fecha 12 de julio de 2022, emitida por el Juzgado Mixto-Sede Sisa. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
MEGO TAPULLIMA MARILU
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10/11/2022
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RDR Nº 2270-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00231-2019-0-2205-JR-C-01, el pago del reintegro a la demandante su asignación, consistente en tres (3) remuneraciones totales o íntegras, por haber cumplido treinta años de servicios al Estado, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda sentencia contenida la Resolución Nº 04 de fecha 26 de noviembre de 2021, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 31 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí. AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 302 - Huallaga Central; emitir la Resolución Jefatural.
ABANTO SOTO SANDRA BETTY
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10/11/2022
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RDR Nº 2268-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00130-2016-0-2211-JM-LA-01, el pago de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, la que se calculará sobre la base de la remuneración total de acuerdo a los periodos comprendidos cornprendidos desde el 01 de abril al 31 de diciembre de 2007: del 08 de julio al 31 de diciembre de 2008: del 01 de abril al 31 de julio de 2009: del 01 de agosto al 30 de aqosto de 2009: del 01 de setiembre al 31 de diciembre de 2009: del 15 de marzo al 31 de julio de 2010: del 01 de agosto al 31 de diciembre de 2010: del 07 de marzo al 31 de diciembre de 2011 del 01 de marzo al 25 de noviembre de 2012, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida la Resolución Nº 04 de fecha 05 de junio de 2017, emitida por el Juzgado Mixto de El Dorado; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 12 de julio de 2022, emitida por el Juzgado Mixto-Sede Sisa. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
DEL AGUILA FLORES OSCAR AUGUSTO
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10/11/2022
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RDR Nº 2271-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00564-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 2000 al 31 de diciembre de 2000: del 02 de mayo de 2001 al 31 de diciembre de 2001: del 01 de abril de 2002 al 31 de diciembre de 2002: del 02 de abril de 2003 al 31 de diciembre de 2003: del 29 de marzo de 2004 al 31 de diciembre de 2004: del 01 de setiembre de 2005 al 31 de diciembre de 2005: del 07 de abril de 2006 al 31 de diciembre de 2006; del 12 de marzo de 2007 al 31 de diciembre de 2007; del 01 de junio de 2008 al 31 de diciembre de 2008 y del 02 de marzo de 2009 al 31 de marzo de 2009, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos por remuneración total permanente; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 09 de fecha 07 de julio de 2022, emitida por la Sala Civil Permanente de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 19 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central emitir la Resolución Jefatural.
PANDURO CARDENAS BELSI
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10/11/2022
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RDR Nº 2272-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00043-2018-0-2205-JR-CI-01, disponiendo efectuar las acciones administrativas respecto a la ejecución efectiva de inclusión para el beneficio de la accionante del mismo monto de incentivos laborales que los trabajadores administrativos del Gobierno Regional, conforme a su grupo ocupacional, de acuerdo a la Directiva General Nº 004-2005-GRSM/GRPP-AT, aprobada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 788-2005-GRSM/PGR, de fecha 29 de diciembre de 2005, modificada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 264-2007-GRSM/PGR, de fecha 28 de mayo de 2007, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 16 de febrero de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 31 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central emitir la Resolución Jefatural.
RAMIREZ CHAVEZ HILDA
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10/11/2022
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RDR Nº 2292-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00190-2015-0-2204-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012: con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 11 de fecha 27 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 22 de fecha 21 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
LOPEZ PASHANASI PABLO
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10/11/2022
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RDR Nº 2267-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00468-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 2001 al 25 de noviembre de 2012; más el reintegro de pago sobre la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 15 de marzo de 1999 al 31 de diciembre de 1999 y desde el 01 de abril de 2001 al 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos por remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida la Resolución Nº 03 de fecha 24 de enero de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 12 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
TELLO RUIZ MARZOLINI
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10/11/2022
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RDR Nº 2293-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00113-2015-0-2204-JR-LA-01, disponiendo el pago el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por los periodos comprendidos desde el 15 de abril de 1996 hasta el 31 de diciembre de 1996 el 01 de abril de 1997 hasta el 31 de diciembre de 1997 el 16 de marzo de 1998 hasta el 31 de diciembre de 1998, el 01 de abril de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999 el 01 de marzo de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2000 y el 01 de abril de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los montos abonados por el mismo concepto de forma diminuta; más el pago de los intereses legales no capitalizables; sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia y confirmando mediante Casación Nº 12224-2018 y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 22 de fecha 21 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
LOZANO SAAVEDRA ENITH PATRICIA
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10/11/2022
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RDR Nº 2264-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00389-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 18 de marzo de 1997 al 31 de diciembre de 1997, del 01 de marzo de 1998 al 31 de diciembre de 1998* del 09 de marzo de 1999 al 31 de diciembre de 1999* del 01 de marzo de 2000 al 31 de diciembre de 2000: del 17 de abril de 2001 al 31 de diciembre de 2001 y del 16 de marzo de 2002 al 25 de noviembre de 2012; más el reintegro de pago sobre la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 16 de marzo de 2002 al 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos por remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida la Resolución Nº 03 de fecha 26 de noviembre de 2021 , emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 05 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
PAREDES TELLO CARLOS
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