DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
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15/12/2022
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RDR Nº 2650-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0313-2022GRSM/DRE/DO-OO.UE.306, de fecha 18 de abril de 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 1,453.63, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 8 0 inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVlR; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 15 de fecha 22 de junio de 2022, asignada en el expediente judicial N° 00043-2021-0-2201-JR-CI-01 ; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N° 16 de fecha 07 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
HERNANDEZ BAZAN AURELIA
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15/12/2022
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RJ N° 1691-2022-GRSM-DRE
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OTORGAR SUBSIDIO POR LUTO Y SEPELIO A FAVOR DE LA PROFESORA NOMBRADA DE LA I.E.S WILFREDO ZEGARRA SANDOVAL-JEPELACIO, POR EL FALLECIMIENTO DE SU SEÑORA MADRE, EL 10.10.2022 ALEGRIA VELASQUEZ MARLENE
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15/12/2022
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RJ N° 1698-2022-GRSM-DRE
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OTORGAR SUBSIDIO POR LUTO Y SEPELIO A FAVOR DE LA PROFESORA CONTRATADA DE LA I.E.S. CON AREAS TECNICAS -MOYOBAMBA POR EL FALLECIMIENTO DE SU SEÑORA MADRE, EL 13.10.2022 SANCHEZ OJEDA ANDREA CELESTE
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15/12/2022
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RDR Nº 2651-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0207-2022GRSWDRE/DO-OO.UE.306 de fecha 22 de marzo de 2022, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 109,32, por el concepto subsidio por luto y gasto de sepelio por el fallecimiento de su señora madre, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo N°051-91-PCM artículo 8º inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N°18, de fecha 19 de agosto del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00169-2020-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
MUÑOZ VARGAS OFELIA
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15/12/2022
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RDR Nº 2654-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0007-2021GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 12 de enero de 2021, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 265.40, por el concepto subsidio por luto por el fallecimiento de su señor padre de quien vida fue don Pedro Hildebrando Torres Barturen, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 09, de fecha 24 de mayo del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00151-2018-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
TORRES IZQUIERDO DILMER
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15/12/2022
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RDR Nº 2631-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00139-2022-0-2201-JR-LA-01; el pago del reintegro - reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, asimismo el reintegro de la compensación vacacional, dispuesta por el artículo 218° del D.S. N°19-90-ED, por el periodo comprendido desde el enero 2004 enero 2008, enero 2009 y enero 2011, más los intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 04 de fecha 24 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 07 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
PAREDES PAREDES ROSALIA
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15/12/2022
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RJ N° 1686-2022-GRSM-DRE
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AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA DE FONDOS PUBLICOS AL SUB CAFAE DE LA DRE-SM, PARA LA DISTRIBUCION DE INCENTIVOS LAB. A LOS TRABAJADORES ACTIVOS, CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE -2022 POR S/.524,445.00 SUB CAFAE
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15/12/2022
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RDR Nº 2648-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0768-2022-GRSM/DRE/DO-OO.UE.306, de fecha 24 de agosto de 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 1,905.69, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVlR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 13 de fecha 02 de noviembre de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00365-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N° 14 de fecha 23 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
CHAVEZ SARMIENTO MILTON
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15/12/2022
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RDR Nº 2655-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0506-2022GRSM/DRE/DO-OO.UE.306, de fecha 02 de junio de 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 6,018.46, por concepto de 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 05191-PCM artículo 8° inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 14 de fecha 22 de junio de 2022, asignada en el expediente judicial N° 00195-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N° 15 de fecha 07 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306-Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
SAAVEDRA DAVILA MARCO ANTONIO
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15/12/2022
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RDR Nº 2647-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 019-2022-GRSM/DRE/DO00.UE.306, de fecha 10 de enero de 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 590.84, por concepto de Subsidio por Luto y Gastos de Sepelio por el fallecimiento de su esposo don Daniel Chauca Puerta, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal N 05242012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 11 de fecha 20 de abril de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00251-20210-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 07 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
GOMEZ ANGELES LIBIA
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15/12/2022
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RDR Nº 2649-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00230-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los periodos comprendidos desde el 01 de marzo de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999, el 01 de marzo de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2000, el 02 de abril de 2001 hasta el 31 de diciembre de 2001, el 01 de abril de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2002, el 07 de abril de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2003, el 01 de abril de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004, el 28 de marzo de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2005, el 14 de marzo de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, el 01 de abril de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, el 09 de marzo de 2009 hasta el 01 de abril de 2009, la que se calculara sobre la base de su remuneración total (integra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 15 de julio de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 09 de noviembre de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
ESPINOZA MARIN ELENA ELIZABETH
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15/12/2022
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RDR Nº 2673-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 0383-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 20 de abril de 2022, notificada con fecha 07 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud por el pago de bonificación mensual por preparación de clases y evaluación 30% más la continua hasta la actualidad, más intereses, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotada la vía administrativa.
GRANDEZ LOPEZ FLORITA LORENZA
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15/12/2022
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RDR Nº 2632-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00141-2022-O-2201-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro- reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, asimismo el pago del reintegro de la compensación vacacional, de conformidad al artículo 2180 del Decreto Supremo N°019-90-ED, por el periodo comprendido únicamente a enero 2005, enero 2006. enero 2007 y enero 2011; más los intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N°04 de fecha 24 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N009 de fecha 07 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
PINCHI AMACIFUEN BERNITA
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15/12/2022
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RDR Nº 2646-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 071-2020-GRSM/DRE/DO-00.UE.306, de fecha 20 de enero de 2020, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 97.48, por concepto de Subsidió por luto y gastos de sepelio, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8° inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GOGS, mandato que se encuentra contenido en la Resolución N° 11 de fecha 18 de noviembre del 2020, asignada en el expediente judicial N° 00588-2017-0-2201-JR-LA-01 ; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba, y requiriendo su ejecución mediante Resolución N° 16 de fecha 25 de octubre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
CAHUAZA PEAS SENOVIA
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15/12/2022
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RDR Nº 2643-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 000477-2022-GRSM/DRE/DO-OO.UE.303 de fecha 13 de julio de 2022, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 4,172.40, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo NO 051-91-PCM artículo 80 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 16, de fecha 09 de noviembre del 2022, asignada en el expediente judicial 00205-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba.; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
ORBEZO CASTAÑEDA PABLO CESAR
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15/12/2022
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RDR Nº 2687-2022-GRSM-DRE
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DECLARARINFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 002226-2022, de fecha 29 de setiembre de 2022, notificado con fecha 14 de noviembre de 2022, que declara improcedente, el reconocimiento del pago de reintegros por devengados y la continua por concepto de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación previo recalculo de dichos beneficios, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ANGULO VEINTEMILLA PLACIDO
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15/12/2022
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RDR Nº 2688-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 001404-2021 de fecha 03 de agosto de 2021, notificada con fecha 18 de noviembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de reconocimiento del pago de los intereses, en calidad de devengados por concepto de preparación de clases y evaluación por no haberse determinado en la sentencia, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
MERA ALVARADO MEGARLITH
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15/12/2022
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RDR Nº 2644-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 000829-2019-GRSM-DRE/DO-OO.UE.303, de fecha 18 de noviembre del 2019, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 3,050.94, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculados sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal N0524-2012-SERVlR; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 25 de fecha 09 de mayo del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00029-2015-0-2209-JM-Cl-01; emitida ante el Juzgado Mixto - Sede Tocache; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante resolución N° 26 de fecha 17 de octubre de 2022 ante el Juzgado Mixto- Sede Tocache; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
DELGADO VIVAR EDDY
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15/12/2022
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RDR Nº 2690-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 0891-2022 de fecha 15 de setiembre de 2022, notificada con fecha 27 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de reconocimiento y otorgamiento de subsidio por luto y sepelio por el fallecimiento de su señora Madre quien vida fue doña Eloísa Albiso Rubio, acaecido el 26 de agosto de 2022, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
TRAUCO DE REATEGUI YOLANDA
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15/12/2022
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RDR Nº 2645-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00092-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de febrero de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 31 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 11 de fecha 08 de noviembre de 2022, AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
TENAZOA CHUMBE PATRICIA
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