DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
---|---|---|---|---|
28/12/2022
|
RDR Nº 2771-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00260-2021-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley N024029 - Ley del profesorado, modificada por la Ley N° 25212, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, ll) pago de reintegro del Beneficio adicional por vacaciones, equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional de conformidad al artículo 218 del Decreto Supremo N° 019-90-ED, la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida la Resolución N° 07 de fecha 10 de junio de 2022, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 14 de julio de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
CHOTA PINCHI HEYNE
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2752-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00084-2017-0-2204-JR-LA-01; el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% la que se calculara sobre la base de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 11 de abril de 2003 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley de profesorado y la Ley de la carrera magisterial, más los intereses legales que correspondan, que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N°06 de fecha 07 de septiembre de 2018, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y DECLARÁNDOSE CONSENTIDA y requiriendo su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 09 de diciembre de 2019; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
CUBAS HIDALGO LUIS FERNANDO
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2756-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N O 00090-2022-0-2201-JR-LA-01; el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% la que se calculara sobre la base de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 01 de febrero de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012; la que se calculara sobre la base de su remuneración total (integra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, por remuneración total permanente y sin considerar los periodos en los que obtuvo licencia sin goce de haber, por el periodo comprendido desde el 02 de octubre de 1991 hasta el 31 de diciembre de 1991, el 02 de setiembre de 1994 hasta el 22 de setiembre de 1994 y el 18 de junio de 1996 hasta el 21 de iunio de 1996; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 06 de fecha 24 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 28 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
SANCHEZ LOZANO HELIDE
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2734-2022-GRSM-DRE
|
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 1048-2022GRSM/DRE/DO-OO, de fecha 25 de agosto del 2022, la que reconoce créditos devengados por la suma de S/. 802.80, por concepto de Subsidio por Luto y Gastos de Sepelio por el fallecimiento de su esposo don Miguel Ángel Vásquez Ríos, calculado sobre la base de la remuneración total o integra, en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 14 de fecha 16 de noviembre de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00339-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución Judicial N° 15 de fecha 20 de diciembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 -Educación San Martin emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
BORBOR DE VASQUEZ CELIA ROSA
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2758-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00078-2015-0-2204-JR-LA-01; el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% la que se calculara sobre la base de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley de profesorado y la Ley de la carrera magisterial, más los intereses legales que correspondan, que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 06 de enero de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 20 de fecha 06 de junio de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
RUIZ LOZANO LILIANA
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2759-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00053-2015-0-2204-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% la que se calculara sobre la base de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 09 de abril de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley de profesorado y la Ley de la carrera magisterial, más los intereses legales que correspondan, que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 11 de fecha 27 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N°18 de fecha 14 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
ZUMBA PAIMA LIVIA
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2733-2022-GRSM-DRE
|
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 4615-2018-GRSM/DRE/DO-OO.UE.300, de fecha 26 de diciembre del 2018, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 474.97, por el concepto de la bonificación adicional por desempeño del cargo y por el 5% de preparación de documentos de gestión, calculados sobre la base de su remuneración total (integra) en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 8° inciso b) y del Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 19 de fecha 19 de agosto del 2022, asignada en el expediente judicial N° 00216-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución Judicial N° 20 de fecha 04 de noviembre del 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 -Educación San Martin emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente
ALVARADO CORONEL DONEL
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2762-2022-GRSM-DRE
|
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N°2628-2018/GRSM/DRE/DO-OO.UE.306-R, de fecha 20 de setiembre del 2018, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 7,333.34, por concepto del 30% de Preparación de Clases y Evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 80 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 16 de fecha 12 de agosto de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00490-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N° 18 de fecha 10 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente..
GONGORA ACOSTA CARLOS ENRIQUE
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2767-2022-GRSM-DRE
|
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 581-2022-GRSM/DRE/DO OO, de fecha 11 de mayo de 2022, la que reconoce créditos devengados por la suma de S/. 69.00, por concepto de Subsidio por Luto y Gastos de Sepelio por el fallecimiento de su madre doña Rosa Estela Bardalez Puerta Vda del Águila, calculado sobre la base de la remuneración total o integra, en aplicación del Decreto Supremo N°051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 21 de fecha 20 de julio de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00070-2020-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución Judicial N° 22 de fecha 15 de agosto de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martin emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente
DEL AGUILA BARDALEZ CARLOS SEGUNDO
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2768-2022-GRSM-DRE
|
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 3835-2019GRSM/DRE/DO-OO.UE.300, de fecha 30 de setiembre del 2019, la que reconoce créditos devengados por la suma de S/. 3,232.46, por concepto del 30% de Preparación de Clases y Evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91 -PCM artículo 8º inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 15 de fecha 10 de junio de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00366-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba, que resuelve; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución Judicial Nº 16 de fecha 02 de diciembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 – Educación San Martin emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
LUDEÑA GRANDEZ MARIA LAURA
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2765-2022-GRSM-DRE
|
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0210-2022/GRSM/DRE/DO-OO.UE.306, de fecha 22 de marzo de 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 14,212.72, por concepto del 30% de Preparación de Clases y Evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91 -PCM artículo 8 0 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 13 de fecha 12 de agosto de 2022, asignada en el expediente judicial N° 00285-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N° 14 de fecha 08 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
VASQUEZ FONSECA ARNULFO
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2753-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00057-2016-0-2204-JR-LA-01; el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% la que se calculara sobre la base de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 01 de abril hasta el 31 de diciembre de 1997, el 01 de marzo hasta el 31 de diciembre de 1998, el 16 de marzo hasta el 31 de diciembre de 1999, el 01 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2000, el 09 de abril hasta el 31 de diciembre de 2001, el 01 de Junio hasta el 31 de diciembre de 2002, y el 35% por concepto de bonificación especial por preparación de clases y evaluación más el adicional por el desempeño del cargo y por la preparación de documentos de gestión de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 16 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2005, con la deducción de los montos de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución N° 14 de fecha 16 de setiembre de 2019, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 16 de fecha 17 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
CHUJANDAMA PUTPAÑA DE TORRES LLERME
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2750-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 331-2016-ACA-Laboral, el pago del reintegro de la bonificación por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 07 de abril de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2007, siendo además que se encontraba vigente el artículo 48° de la Ley N° 24029, modificada por la Ley N° 25212; con deducción de los descuentos respectivos de ser el caso; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida la Resolución Nº 11 de fecha 10 de diciembre de 2018, emitida ante la Sala Mixta Descentralizada de Liquidación y Apelaciones de Mariscal Cáceres - Juanjui, Y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 05 de junio de 2019, emitida por el Juzgado Mixto - Sub Sede Juanjui; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 -Huallaga Central emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
VEGA MARTINEZ DELMER
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2749-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00182-2018-0-2205-JM-LA-01, el reconocimiento y reintegro del monto diferencial de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, sin costas ni costos; y DECLARÁNDOSE CONSENTIDA y requiriendo su ejecución mediante Resolución Nº 06 de fecha 27 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Juanjui; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 -Huallaga Central emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
TUESTA VDA DE PINEDO WILMA
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2751-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00010-2018-0-2205-SP-CI-01, el pago del reintegro de bonificación por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% sobre la base de la Remuneración Integra o total, asimismo el pago del reintegro devengado generado por la indebida aplicación del decreto supremo Nº 051-91-PCM, desde la fecha en que la ley le reconoce dicho beneficio, por el periodo comprendido desde el 08 de abril de 1992 al 25 de noviembre de 2012; con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia y confirmada mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 11 de fecha 15 de octubre de 2020, emitida ante la Sala Mixta Descentralizada-Sede Juanjuí y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 07 de julio de 2021, por el Juzgado Mixto - Sede Tocache; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 – Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
COTRINA UBALDO NERI
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2754-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00116-2016-0-2204-JR-LA-01; el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% la que se calculara sobre la base de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el mes de julio de 1995 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley de profesorado y la Ley de la carrera magisterial, más los intereses legales que correspondan, que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 08 de agosto de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 10 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
MORI ALVAREZ LESLY
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2744-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00343-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el Reajuste de la bonificación personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, más el pago de devengados por el periodo comprendido desde el 01 de junio de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012 ll) pago de la compensación vacacional; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, más el pago de devengados de forma retroactiva, por el periodo comprendido desde el 01 de junio de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo incorrectamente pagado, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil de la presente sentencia, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 26 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 25 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 03.
ROJAS ESPINOZA JOSE NELSON
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2743-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00222-2022-0-2208-JR-LA-01, a favor de ROSALVA PISCO FASABI, l) el pago del reintegro de la bonificación personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley N° 24029 — Ley del Profesorado, y su modificatoria por la Ley N O 25212, la misma que no ha sido cancelada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, precisando que dicho reintegro será por cada año de servicio cumplido ll) pago de reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218° del Decreto Supremo N° 019-90-ED; la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil de la presente sentencia, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 03 de fecha 30 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio — Sede M. Compagñon Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 07 de fecha 06 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio — Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 -Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
PISCO FASABI ROSALVA
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2766-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00062-2016-0-2202-JM-CI-01, el pago del reintegro de la gratificación por haber cumplido 20 años de servicios oficiales al estado, calculadas en base a dos remuneraciones totales o integras, correspondiente al 05 de diciembre de 2005; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida la Resolución N° 07 de fecha 12 de junio de 2017, emitida por el Juzgado Mixto de Bellavista y declarándose CONSENTIDA y requiriendo su ejecución mediante Resolución N°12 de fecha 16 de agosto de 2019, emitida por el Juzgado Mixto - Bellavista; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 307 – Bellavista emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
SAAVEDRA GRANDEZ BESSY
|
Ver | |
28/12/2022
|
RDR Nº 2746-2022-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00064-2016-0-2211-JM-LA-01, el pago de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% la que se calculara sobre la base de su remuneración total por el periodo que ha percibido la bonificación pretendida, con deducción de los montos abonados en forma diminuta; más el pago de los intereses legales sin costas ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Casación Nº 17937-2018 de fecha 17 de mayo de 2022, emitida por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 24 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Sisa; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 -Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
VELA SANDOVAL MARIA SUSANA
|
Ver |