DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
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18/11/2022
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RDR Nº 2363-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00631-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total íntegra, por los periodos comprendidos desde el 21 de junio de 1990 hasta el 30 de setiembre de 1990, el 20 de setiembre de 1991 hasta el 31 de octubre de 1991, el 13 de abril de 1992 hasta el 30 de setiembre de 1992 y el 23 de abril de 1993 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N O 04 de fecha 31 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución NO 10 de fecha 13 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
PIRO CHUJANDAMA ESTRELLA
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18/11/2022
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RDR Nº 2415-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 000259-2022-GRSM-DRESM-U.E.305-E. L. de fecha 08 de junio de 2022, notificado con fecha 1 1 de octubre de 2022, que declara improcedente el pago de reintegro de la remuneración básica, bonificación personal 2% y compensación vacacional regulado por el Decreto de Urgencia Nº 105-2001, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. NOTIFICAR, la presente resolución al interesado, a través de la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas.
SANGAMA SANGAMA JOSE
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18/11/2022
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RDR Nº 2360-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00080-2016-0-2206-JM-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde marzo de 2005 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y le. Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 19 de junio de 2017, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 16 de fecha 30 de junio de 2022, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
ATACHAGUA TORRES VIDAL
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18/11/2022
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RDR Nº 2362-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00161-2018-0-2206-JM-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde noviembre de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los montos abonados en forma diminuta; más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Casación Nº 21362-2018 de fecha 11 de agosto de 2022, emitida por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 14 de fecha 27 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
FONSECA RIOS LINA
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18/11/2022
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RDR Nº 2361-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00136-2016-0-2206-JM-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde abril de 1998 hasta el 25 de noviembre de 2012: con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 19 de marzo de 2018, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 26 de abril de 2018, emitida por el Juzgado Mixto y Penal Unipersonal - Picota; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
HIDALGO PISCO WINSTON
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18/11/2022
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RDR Nº 2427-2022-GRSM-DRE
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APROBAR LA CONFORMACION, del Comité de Evaluación para Contratación de Personal Administrativo bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, de la IE Áreas Técnicas "Jesús Alberto Miranda Calle" de Moyobamba, para el periodo 2023, el mismo que estará integrado por los siguientes responsables.
COLUNCHE EDQUEN JOSE NELSON
PANDURO RUIZ DANIEL
MUÑOZ TAPIA AMALIA ISABEL
TUESTA BARTRA EMILIO
SALAS DEL AGUILA CARLA MAGALY
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18/11/2022
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RDR Nº 2377-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00079-2016-0-2208-JM-LA-01, disponiendo el reconocimiento y equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el año 1991 hasta la fecha de su cese, conforme a los considerandos expuestos, con la sola deducción del pago efectuado, pago de intereses legales, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 18 de agosto de 2016, emitida por el Primer Juzgado Mixto de Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 02 de enero de 2020, emitida por el 1º Juzgado Civil - S. Maynas Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
PAREDES RODRIGUEZ LILIA NELLY
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17/11/2022
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RDR Nº 2345-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR NO HA LUGAR el inicio del procedimiento Administrativo Disciplinario, en calidad de ex Director de la UGEL Bellavista, respecto a la presunta falta administrativa contenido en los hecho investigados en el Informe de Control Especifico Nº 006-2021-2-0744-SCE "adjudicación y contrato de profesionales en plazas docentes, para realizar labores administrativas en la UGEL Bellavista, periodo 2018", según los fundamentos esgrimidos en la parte considerativa de la presente resolución.
VELA RAMIREZ VICTOR
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17/11/2022
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RDR Nº 2346-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00047-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro - reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 19 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 13 de fecha 16 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín, emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
ALVARADO GRANDEZ MARIA ESPERANZA
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17/11/2022
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RDR Nº 2342-2022-GRSM-DRE
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"RECONOCER Y FELICITAR, a los docentes ganadores de la etapa regional en las sub categorías del Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes y de Gestión 2022, integrada por los siguientes profesionales
GONZALES TORREJON ANA MELVA
VASQUEZ PINEDO ARIETT
PINEDO CORAL BEDITH
ALVA DE LECCA DELCITH CELIS
MORI VELA DIANA MERCEDES
SILVA SAAVEDRA DIELMITH
PEZO DIAZ GALENA VICTORIA
MORI FLORES MARILANDIA
PHILIPPS TAFUR MARIA DE JESUS
REATEGUI RIOJA MELISSA LUCIA
LOZANO SANCHEZ RUBI SAMANHA
SIERRALTA PINEDO ISELA
VEGA SANTOS JULIO
PEÑA VIERA HUGO FRANKLIN
DAVILA AGUILAR LUPE MARI
GUTIERREZ RIOS FRANCISCO
MUÑOZ JIMENEZ LEYDI MARGOTH
HORNA SINFUEGOS MARCOS ANTONIO
VASQUEZ RAMIREZ LUCAS
CHAVEZ MEJIA OLGA MARIBEL
VASQUEZ MARIN REINERIO AUDEL
FERNANDEZ SANCHEZ IME NEIDER
FLORES ISUIZA NANCY
RIVA DAVILA EUMELIA
VEGA JIMENEZ PLACIDA WENDY
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17/11/2022
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RDR Nº 2343-2022-GRSM-DRE
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"RECONOCER Y FELICITAR, al personal que participó como intérprete en el marco de la 130 Reunión Anual de Gobernadores por el Bosque y Clima-GCF TF de la región San Martín, integrada por los siguientes profesionales:
IDROGO VALLEJOS FAVIOLA
GONZALES AYASTA RONALD ALFREDO
CORREA TERAN GLADYS ELIZABETH
CENTURION QUISPE CLEIDER CLEVER
BANCES TIRADO MILAGROS DEL PILAR
BERNA TAVARA HUBES ROLMY
HERVIAS COBA ANA VANESA
SUAREZ LINGAN ESTHER
CHUNQUE HOYOS EDUAR
CHAUCA GOMEZ DANNY REAGAN
ARISTA REATEGUI LADY MARIOM
MENDOZA DEL AGUILA DOROTHY GRACE
RIVERA AGUILAR IBETH PAMELA
CHAVEZ SILVA DOLIBETH
SIPKES INGRID
CANCINO REATEGUI LALY
IZQUIERDO VASQUEZ JOSE ANGEL
BOCANEGRA LOPEZ ANTHONY
PEREA SEOANE SERGIO DANTE
MENDOZA RUIZ LUIS ANGEL
NAVARRO BRENIS GAUDY ORIETHA
TOCTO LLACSAHUANGA NOHEMY
SAAVEDRA GARCIA ANTONELLA MAYBELLINE LORAINE
CHUJANDAMA GARCIA ALLISSON CRISTINA
SOLSOL CENEPO ASHLEY NICOLE
MERINO SUAREZ LUZ ESTHER
SANTUR GARCIA STHEFANY LIZETH
ZUTA POQUIS LENIN ANTHONY
TUESTA LOPEZ DIANA ELVIRA
VELA PORTOCARRERO YVAN
ACUÑA SOBRADOS RONALD
BARDALES VALLES MARIA DE LOS ANGELES
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17/11/2022
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RDR Nº 2344-2022-GRSM-DRE
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RESOLVER a partir del 14 de noviembre de 2022, el Convenio Estratégico de Cooperación Institucional suscrito entre la Dirección Regional de Educación San Martín y la persona jurídica denominada Asesoría Educativa San Carlos, aprobado mediante Resolución Directoral Regional Nº 1432-2019GRSM-DRE, de fecha 07 de octubre de 2019; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. NOTIFICAR, a través de Secretaria General de la Dirección Regional de Educación de San Martín, copia de la presente en su condición de Gerente General de la Persona Jurídica denominada Asesoría Educativa San Carlos E.I.R L, en el domicilio legal Cal. Inca Roca Nº 110 Urb. San Agustín, Distrito Comas, Provincia y Departamento de Lima.
TAFUR RAMOS ANITA DEL CARMEN
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16/11/2022
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RDR Nº 2341-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER Y FELICITAR a los equipos de emprendimiento ganadores de la etapa a nivel regional del Concurso 'Crea y Emprende Virtual 2022", conformado por estudiantes y docentes asesores que a continuación se detalla:
CUBAS DIAZ DANY LISETH
PAREDES VARGAS DANIELA NICOLE
VELA ERAZO ROSITA JIMENA
SABOYA SABOYA LLARITZA
QUISPE GUERRA MAIRITA
RAMOS TORRES LUZ NORA
PUCUHUAYLA AGUILAR ANGELA JAHOMY
GARCIA CARDENAS FLAVIA ALEXANDRA
CARDENAS GUEVARA PERLA NICOLE
MONTOYA VILCHES ISAJAR MARKIEL
MALDONADO REATEGUI EDWARD JOSE
PUCUHUAYLA TORRES MIGUEL ANGEL
CRUZ PEREZ JHANDY MAYCLEIDER
MONDRAGON RODRIGUEZ GIANCARLOS
FRIAS BECERRA EDALI
REATEGUI LOPEZ AURORA MAURA
CANGO SABOYA LUIS ANGEL
VELA DEL AGUILA HUGO
ARISTA FERNANDEZ BRAYAM
COTRINA MACEDO WALTER ARON
NORES CHAVEZ KARINA MARIANELA
REATEGUI FERNANDEZ JOHANA LIZBETH
YUYARIMA SUARES ABIGAIL MARIBEL
CENTURION PIZANGO HEBER WILLY
CACHIQUE SANGAMA SOREN GEISA
RIVERA RAMIREZ BRIANA MILAGROS
ISUIZA TUANAMA LARISA VALERIA
ROJAS YAHUARA KAREN ANAI
CHUNG UPIACHIUA NAOMI
SOLSOL GRANDEZ JANY NOEMI
SOLIS SANTOS ELIDA JANETH
VIERA QUIÑONES SANDRA ELENA
JORGE PAULINO CINTHIA ESLY
GOMEZ ACOSTA JHAN CARLOS
HUALCAS VELA LUIS CARLOS
ROJAS PALOMINO JHON MARTIN
COBLENTZ DERTEANO HAYDEE SIOMARA
HERRERA MARTINEZ LESLY
QUISPE RAMOS KELVIN
VILLANUEVA OCAÑA LUZ CLARITA
VILLANUEVA ESPINOZA DEYSY
RAMOS REATEGUI RETER
DILAS ORDINOLA JHAN PIERO
RUIZ TORRES FRANCO ANTONY
OTINIANO CARDENAS NICOLE
CORDOVA MIÑIN MARCO ANTONIO
GUEVARA RAMIREZ CALUDIO DARIO
DELGADO VELA ALISSON MISHELL
ESCOBAR MARTINEZ CAMILA VALENTINA
MARTINEZ LOZANO FABIO DAVID
GUERRA ACHO JESSICA PAOLA
CACHIQUE SANGAMA SOREN GEISA
RIVERA RAMIREZ BRIANA MILAGROS
ISUIZA TUANAMA LARISA VALERIA
ROJAS YAHUARA KAREN ANAI
CHUNG UPIACHIUA NAOMI
SOLSOL GRANDEZ JANY NOEMI
BURGOS SILVANO SANDRA ZALETH
BUSTAMANTE GONZALES ANDREA ROSALINA
CUNIO LIZARZABURU LUNA MICAELA
IZQUIERDO SANTA CRUZ XIOMARA SELENE
RUIZ HERRERA MATIAS SEBASTIAN
VELA RIOS INGRY MARGOTH
DIAZ FLORES ALLISON NICOLLE
ROJAS TUANAMA ANA ISABEL
EXEBIO PUSCAN CLOTILDE KRISTEL VICTORIA
MERINO DEL AGUILA DANILO
MIJAHUANCA TORRES KARON ANAHI
BAZAN AGUILAR CARLOS MAGNO LUCIO
PUTPAÑA AMACIFUEN LONGUI
RAMIREZ TAPULLIMA ROIBER JAIR
ROJAS QUINTOS DANIEL
CHINGUEL CHOQUEHUANCA DIEGO FERNANDO
GONZALES PAZ ABEL
TUANAMA REATEGUI TOMIC
BUSTAMANTE JIMENEZ MARIBEL YASULIN
VILLACORTA REATEGUI GUILLERMO
ISUIZA ZUMBA LETY
LLAMO TAPULLIMA JHOISY FIORELLA
BRAVO LOZANO ROSALINA ELENA
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14/11/2022
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RDR Nº 2337-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00034-2019-0-2205-JR-CI-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia y confirmando la sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 10 de fecha 22 de marzo de 2022, emitida por la Sala Mixta Descentralizada - Sede Juanjui y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 11 de fecha 27 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjui; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 – Huallaga Central, emitir la Resolución Jefatural.
TIRADO RENGIFO PEPITA
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14/11/2022
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RDR Nº 2336-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N O 00301-2017-0-2205-SP-CI-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 04 de mayo hasta el 31 de diciembre de 2001, más el reintegro de pago sobre la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, con la deducción de los montos que se le ha venido cancelando; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 06 de fecha 28 de junio de 2019, emitida por el Juzgado Mixto y Penal Liquidador Provincia de Mariscal Cáceres Juanjuí; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 15 de junio de 2021, emitida por el Juzgado Mixto - Sub Juanjuí; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Huallaga Central, emitir la Resolución Jefatural.
ARCHENTI PINEDO SILENI ROSSANI
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14/11/2022
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RDR Nº 2338-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 0492-2022-GRSWDRE/DO-OO.UE.306 de fecha 02 de junio de 2022, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. S/. 12, 124.67, identificado con DNI N° 01055725, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b), reconociendo la suma de S/. 12,124.67; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 12, de fecha 13 de julio del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00056-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba y consentida mediante Resolución Nº 13 de fecha26 de setiembre del 2022, emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja, emitir la Resolución Jefatural.
CARRERO REGALAGO MAGNO
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14/11/2022
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RDR Nº 2334-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00078-2016-0-2206-JM-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde 04 de mayo de 1998 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 08 de fecha 10 de julio de 2017, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 18 de fecha 04 de mayo de 2021, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución.
POSITIVO VASQUEZ WALTER
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14/11/2022
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RDR Nº 2335-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00084-2015-0-2206-JM-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde 01 de abril de 1997 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N°06 de fecha 29 de agosto de 2016, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 23 de fecha 06 de abril de 2022, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
RABANAL LEIVA ELMER JORGE
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14/11/2022
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RDR Nº 2339-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 1023-2021-GRSM/DRE/DO-00.UE.306 de fecha 30 de diciembre de 2021, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 12,170.70, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra, en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 80 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 08 de fecha 23 de marzo de 2022 asignada en el expediente judicial N° 00006-2021-0-2201-JR-LA-01, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba y consentida mediante Resolución N° 11 de fecha 10 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural.
SEGOVIA IZQUIERDO ISAIAS
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14/11/2022
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RDR Nº 2328-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00133-2021-0-2208-JR-LA-02; l) el pago del reintegro de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52º de la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado, modificada por la Ley N° 25212, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, debiéndose de precisar que el reintegro será realizado por cada año de servicio cumplido, ll) el pago del reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo N°019-90-ED, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) el pago de los intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 09 de fecha 22 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 13 de fecha 07 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñoñ Tarapoto; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente.
PEREZ GONZALES AUGUSTO
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