DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
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10/11/2022
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RDR Nº 2296-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00145-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro por subsidio por luto y gastos de sepelio por el fallecimiento de sus progenitores, la señora Beatriz Ramírez Ramírez y el señor Natividad Navarro García, en base a dos remuneraciones totales o íntegras por dicho concepto (dos por luto y dos por sepelio) haciendo un total de cuatro remuneraciones totales o íntegras por cada progenitor, con la sola deducción de los importes que hayan sido pagados, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida la Resolución Nº 08 de fecha 27 de noviembre de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 01 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil-Sede Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
NAVARRO RAMIREZ BETTY
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10/11/2022
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RDR Nº 2287-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUD\CIAL, recaído en e! expediente Nº 00170-2015-0-2204-JR-LA-01,, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 22 de abril de 1994 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 25 de setiembre de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 16 de fecha 21 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
FLORES PEREZ MARTHA
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10/11/2022
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RDR Nº 2288-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00400-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro- reajuste de la remuneración personal establecida en el artículo 52º de la Ley Nº 24029 y su modificatoria Ley Nº 25212, de acuerdo a la remuneración básica establecida en el Decreto de Urgencia Nº 105-2001, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 05 de enero de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 13 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas, emitir la Resolución Jefatural.
FLORES DIAZ ROLIN
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10/11/2022
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RDR Nº 2292-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00190-2015-0-2204-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012: con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 11 de fecha 27 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 22 de fecha 21 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
LOPEZ PASHANASI PABLO
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10/11/2022
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RDR Nº 2289-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00099-2017-0-2204-JR-LA-01, disponiendo l) el pago del reintegro de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley N O 24029, y su modificatoria Ley N O 25212, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con el reintegro de las remuneraciones devengadas, más los intereses legales que correspondan, ll) el pago del reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del D.S. Nº 19-90-ED, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 con el reintegro de las remuneraciones devengadas, más intereses legales que correspondan, que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 27 de diciembre de 2018, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 06 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas. AUTORIZAR Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
GIL MESIA JESSICA
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10/11/2022
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RDR Nº 2283-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00075-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del REINTEGRO POR CONCEPTO DE SUBSIDIO POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO en base a cuatro remuneraciones totales o íntegras; por el fallecimiento de su progenitora señora Elsa Bardales Ríos, con la sola deducción de los importes que en su caso hayan sido pagados a la demandante, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N O 08 de fecha 09 de junio de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 18 de fecha 12 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
BARDALES RIOS ELSA
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10/11/2022
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RDR Nº 2282-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00174-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde 01 de mayo de 2003 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 06 de julio de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 13 de junio de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
ACOSTA MORI JULIO
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10/11/2022
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RDR Nº 2284-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00253-2016-0-2204-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 22 de setiembre de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 13 de fecha 18 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
CORREA CORDOVA EMILDA RAFAELA
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10/11/2022
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RDR Nº 2285-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00103-2015-0-2204-JR-LA-01, en calidad de heredera legal del causante Carlos Virgilio Damián de la Cruz, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de la remuneración total o integra que percibía el que en vida fue Carlos Virgilio Damián de la Cruz, por el periodo comprendido desde el 04 de mayo de 2000 hasta el 25 de setiembre de 2010• con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 10 de fecha 08 de junio de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 19 de fecha 21 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
DIAZ MJANAYAY MAGALY JACKELINE
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10/11/2022
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RDR Nº 2281-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 000228-2022-GRSM/DRESM-U.E.305-E.L.; de fecha 23 de mayo del 2022, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 6,837.53, el pago del reintegro de la Bonificación por concepto de Preparación de Clases y Evaluación, por el periodo comprendido desde el 01 de febrero de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012, los mismos que se calcularan sobre la base de la remuneración total (integra), con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales, que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 12, de fecha 12 de agosto del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00060-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas, emitir la Resolución con el cálculo correspondiente.
ANGULO HIDALGO JUAN MIGUEL
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10/11/2022
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RDR Nº 2286-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en expediente Nº 00042-2015-0-2204-JR-LA-01, disponiendo e} pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de febrero de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los monto; abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 04 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 20 de fecha 21 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
DIAZ TELLO TEODORO
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10/11/2022
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RDR Nº 2293-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00113-2015-0-2204-JR-LA-01, disponiendo el pago el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por los periodos comprendidos desde el 15 de abril de 1996 hasta el 31 de diciembre de 1996 el 01 de abril de 1997 hasta el 31 de diciembre de 1997 el 16 de marzo de 1998 hasta el 31 de diciembre de 1998, el 01 de abril de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999 el 01 de marzo de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2000 y el 01 de abril de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los montos abonados por el mismo concepto de forma diminuta; más el pago de los intereses legales no capitalizables; sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia y confirmando mediante Casación Nº 12224-2018 y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 22 de fecha 21 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
LOZANO SAAVEDRA ENITH PATRICIA
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10/11/2022
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RDR Nº 2277-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00202-2017-0-2209-JM-CI-01, el pago del reintegro de DOS REMUNERACIONES TOTALES O ÍNTEGRAS por concepto de SUBSIDIO POR LUTO y GASTOS DE SEPELIO, los que se calcularan sobre la base de la remuneración total (íntegra) por el fallecimiento de su señor padre Hidelfonso Noriega Salazar, con deducción de los importes que hayan sido abonados a la demandante por dichos conceptos, más intereses legales, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Sentencia contenida en la Resolución Nº 13 de fecha 22 de septiembre de 2019, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 19 de fecha 26 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache. AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga; emitir la Resolución Jefatural.
NORIEGA CASTAÑEDA LIBIA JUANA
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10/11/2022
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RDR Nº 2278-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00142-2018-0-2209-JM-Cl-01, el pago del monto diferencial de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% calculado en base a la remuneración total o íntegra, el pago de la referida bonificación hacia LUIS JULIAN MARTEL ROJAS debe efectuarse por el periodo comprendido desde el 25 de marzo de 1997 hasta el 25 de noviembre de 2012 y a LUISA ABIGAIDA RAMOS VILLANUEVA por el periodo comprendido desde el 03 de marzo de 1997 hasta el 25 de noviembre de 2012 , con la deducción de los montos que se le ha venido cancelando, con la correspondiente liquidación y pago de devengados, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida la Resolución Nº 08 de fecha 22 de marzo de 2022, emitida por la Sala Mixta Descentralizada Sede Juanjuí; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 31 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Mixto-Sede Tocache. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural.
MARTEL ROJAS LUIS JULIAN RAMOS VILLANUEVA LUISA ABIGAIDA
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10/11/2022
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RDR Nº 2276-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00023-2018-0-2209-JM-CI-01, el pago de reintegro o monto diferencial de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por los periodos comprendidos desde el 06 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2000 y el 09 de mayo de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, periodos laborados que han sido bajo los alcances de la Ley de Profesorado - Ley 24029 y su modificatoria Ley Nº 25212, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 10 de febrero de 2021, emitida por el Juzgado Mixto de Tocache; y REQUIRIENOSE su ejecución mediante Resolución Nº 20 de fecha 16 de febrero de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural.
JARA VILCA PRISCILA
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10/11/2022
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RDR Nº 2294-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00161-2015-0-2204-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de sus remuneraciones totales, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta abril de 1993, asimismo el pago de 5% de su remuneración total mensual por el cargo de directora, por el periodo comprendido desde el mes de mayo de 1993 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 10 de fecha 12 de junio de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 20 de fecha 21 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural.
MORI NORIEGA CONSUELO
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10/11/2022
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RDR Nº 2273-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00614-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de octubre de 1994 al 31 de diciembre de 1994 del 20 de abril de 1995 al 31 de diciembre de 1995 del 01 de enero de 1996 al 31 de diciembre de 1996' del 03 de marzo de 1997 al 31 de diciembre de 1997 del 02 de marzo de 1998 al 31 de diciembre de 1998• del 01 de marzo de 1999 al 31 de diciembre de 1999 y del 01 de marzo de 2000 al 25 de noviembre de 2012, más el reintegro de pago sobre la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 11 de octubre de 2006 al 31 de marzo de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos por remuneración total permanente; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N O 05 de fecha 28 de febrero de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 14 de fecha 18 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central emitir la Resolución Jefatural.
RUIZ BARRERA MERCEDES
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10/11/2022
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RDR Nº 2274-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00166-2018-0-2205-JM-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total, por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 2000 hasta el 03 de diciembre de 2000 y el 01 de abril de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 21 de setiembre de 2021 , emitida por la Sala Mixta Descentralizada - Sede Juanjuí y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución NO 09 de fecha 15 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Juanjuí. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Huallaga Central; emitir la Resolución Jefatural.
SILVA VELASQUEZ LUIS FERNANDO
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10/11/2022
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RDR Nº 2275-2022-GRSM-DRE
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RECTIFICAR el Octavo Considerando, Artículo Segundo y Artículo Tercero de la Resolución Directoral Regional Nº 1585-2021-GRSM/DRE de fecha 29 de noviembre de 2021, sobre cumplimiento de sentencia en el proceso judicial Nº 00288-2019-0-2201-JR-LA-01, el pago de reintegro de la bonificación por concepto de Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% y el reintegro de pago sobre la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5% de la remuneración total (íntegra), debe decir: Unidad Ejecutora 303 – Educación Alto Huallaga.
CHOQUEHUANCA GAMONAL EDILBERTO
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10/11/2022
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RDR Nº 2279-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00015-2018-0-2209-JM-Cl-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, desde el 01 de marzo de 2004 hasta el 25 de noviembre de 2012, asimismo el pago de los reintegros devengados generados por la indebida aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 13 de agosto de 2021, emitida por la Sala Mixta Descentralizada - Sede Juanjuí; y REQUIRIENOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 16 de febrero de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural.
ROSARIO SILVA ALEJANDRINA
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