DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
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10/11/2022
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RDR Nº 2265-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00630-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 1997 hasta el 31 de diciembre de 1997 el 01 de marzo de 1998 hasta el 31 de diciembre de 1998 el 16 de marzo de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999, el 01 de marzo de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2000, y el 01 de abril de 2001 hasta e! 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siend6 FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 17 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 13 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural.
FLORES PEREA LILIANA
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10/11/2022
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RDR Nº 2262-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00108-2022-0-2208-JR-LA-01, disponiendo l) el pago del reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 03 de octubre de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2002; con la deducción de lo ya incorrectamente pagado ll) pago de intereses legales y devengados de los conceptos antes mencionados de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 28 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 09 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio- Sede.M Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
ROJAS DIAZ PATRICIA DEL PILAR
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10/11/2022
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RDR Nº 2261-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00248-2021-0-2208-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 30 de septiembre de 1991, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 10 de fecha 04 de julio de 2022, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 09 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio – Sede M Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
RIOS RUIZ FILOMENA
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10/11/2022
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RDR Nº 2272-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00043-2018-0-2205-JR-CI-01, disponiendo efectuar las acciones administrativas respecto a la ejecución efectiva de inclusión para el beneficio de la accionante del mismo monto de incentivos laborales que los trabajadores administrativos del Gobierno Regional, conforme a su grupo ocupacional, de acuerdo a la Directiva General Nº 004-2005-GRSM/GRPP-AT, aprobada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 788-2005-GRSM/PGR, de fecha 29 de diciembre de 2005, modificada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 264-2007-GRSM/PGR, de fecha 28 de mayo de 2007, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 16 de febrero de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 31 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central emitir la Resolución Jefatural.
RAMIREZ CHAVEZ HILDA
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10/11/2022
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RDR Nº 2266-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00158-2015-0-2206-JM-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012: con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración e! periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 28 de octubre de 2016, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 17 de fecha 12 de julio de 2022, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota. AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural.
RENGIFO PINCHI MEDRANO
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10/11/2022
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RDR Nº 2257-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00108-2017-0-2208-JR-CA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho Concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 30 de octubre de 2017, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 11 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
PINCHI GARCIA WILIAN
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10/11/2022
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RDR Nº 2258-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00220-2020-0-2208-JR-LA-02, el pago del REINTEGRO POR CONCEPTO DE SUBSIDIO POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO en base a cuatro remuneraciones totales o íntegras; por el fallecimiento de su progenitor Telémaco Ramírez Alvarado, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en Resolución Nº 10 de fecha 28 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 14 de fecha 05 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
RAMIREZ CARDENAS ULISES
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10/11/2022
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RDR Nº 2256-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00093-2022-0-2208-JR-LA-01, disponiendo l) el pago del reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde e! 01 de octubre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con la deducción de Io ya incorrectamente pagado ll) el pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados de conformidad de los artículos 1242 y 1246 del Código Civil; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 23 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 19 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio – Sede M Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
PAZ PANDURO GUISELA
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10/11/2022
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RDR Nº 2259-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00233-2017-0-2208-JR-LA-01,, representada por su apoderada LUZ MABEL RAMIREZ RAMIREZ, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 27 de abril de 2012; en la cual el causante de la demandante ejerció como profesor de aula, de conformidad a las consideraciones expuestas en ta presente resolución, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 30 de octubre de 2017, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 14 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio- Sede M Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
RAMIREZ ONORBE LEYDITH
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10/11/2022
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RDR Nº 2254-2022-GRSM-DRE
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"RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00019-2022-0-2208-JR-LA-01, el pago REINTEGRO DE SUBSIDIO POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO, en base de dos remuneraciones totales o íntegras; por el fallecimiento de su progenitor don Manuel Macedo Amacifuen; así como dos remuneraciones totales o íntegras; por el fallecimiento de su madre doña Asteria Paredes Torres, ambos deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA la demanda mediante Resolución Nº 08 de fecha 28 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto, y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 22 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural.
MACEDO PAREDES EDWIN
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10/11/2022
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RDR Nº 2255-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00106-2019-0-2208-JR-LA-02, l) el pago del reintegro de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley Nº 24029, y su modificatoria Ley Nº 25212, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta -él 25 de noviembre de 2012, previa deducción de la ya incorrectamente pagado, debiéndose de precisar que el reintegro será realizado por cada año de servicio cumplido, ll) el pago del reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del D.S. Nº 19-90ED, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) el pago de los intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 17 de junio de 2019, emitida por el 2º Juzgado Civil - Sede Maynas - Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 16 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la Resolución Jefatural.
MARIN DAVILA HERMINIA
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10/11/2022
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RDR Nº 2260-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00209-2020-0-2208-JR-LA-02, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 31 de julio de 2004, previa deducción de Io incorrectamente pagado ll) el pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con de los artículos 1242 y 1246 del Código Civil de la presente sentencia, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos, siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 28 de febrero de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 20 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
RENGIFO ALVARADO DORIS MARIA
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10/11/2022
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RDR Nº 2271-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00564-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 2000 al 31 de diciembre de 2000: del 02 de mayo de 2001 al 31 de diciembre de 2001: del 01 de abril de 2002 al 31 de diciembre de 2002: del 02 de abril de 2003 al 31 de diciembre de 2003: del 29 de marzo de 2004 al 31 de diciembre de 2004: del 01 de setiembre de 2005 al 31 de diciembre de 2005: del 07 de abril de 2006 al 31 de diciembre de 2006; del 12 de marzo de 2007 al 31 de diciembre de 2007; del 01 de junio de 2008 al 31 de diciembre de 2008 y del 02 de marzo de 2009 al 31 de marzo de 2009, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos por remuneración total permanente; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 09 de fecha 07 de julio de 2022, emitida por la Sala Civil Permanente de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 19 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central emitir la Resolución Jefatural.
PANDURO CARDENAS BELSI
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10/11/2022
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RDR Nº 2248-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00382-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 2005 al 31 de diciembre de 2005 del 01 de abril de 2006 al 31 de diciembre de 2006: del 12 de marzo de 2007 al 31 de diciembre de 2007 y del 01 de abril de 2008 al 31 de diciembre de 2008, hasta antes de la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 079-2009-EF que establece el monto de la remuneración mensual y asignaciones de los profesores contratados; con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 13 de octubre de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y DECLARÁNDOSE CONSENTIDA y requiriendo su ejecución mediante Resolución Nº 04 de fecha 12 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
GATICA FLORES LLELINA
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10/11/2022
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RDR Nº 2247-2022-GRSM-DRE
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RECTIFICAR la Resolución Directoral Regional Nº 1830-2019-GRSM/DRE de fecha 26 de diciembre de 2019, sobre cumplimiento de sentencia en el proceso judicial Nº 01068-2015-0-2208JM-LA-01, el reconocimiento y pago equivalente al 30% de la remuneración total por concepto de preparación de clases y evaluación, debe decir: por el periodo desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 15 de julio de 2010 (…).
GARCIA FLORES LELY
RUIZ GARCIA SHEILA
RUIZ GARCIA SHARON CAROLA
RUIZ GARCIA CHRISTIAN
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10/11/2022
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RDR Nº 2250-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00210-2021-0-2208-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 16 de mayo de 1996 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 31 de enero de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 14 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio- Sede M Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
GONZALES PEREZ CARMEN
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10/11/2022
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RDR Nº 2251-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00114-2017-0-2208-JR-CA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente l 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 1995 hasta el 25 de noviembre de 2012;con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales, que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 29 de setiembre de 2017, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 13 de fecha 02 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
GOMEZ PANDURO DE FLORES JOSEFINA
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10/11/2022
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RDR Nº 2246-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00643-2016-0-2208-JM-LA-02, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por los periodos comprendidos desde el 01 de marzo de 2000 hasta el 18 de agosto de 2000; el 11 de junio de 2002 hasta el 30 de setiembre de 2002, el 01 de abril de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004, el 01 de abril de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2005, el 12 de marzo de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007; en los que ejerció como profesor de aula, conforme a la Ley N O 24029, modificada por la Ley N O 25212, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente resolución, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 30 de octubre de 2017, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 13 de fecha 02 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural.
FASANANDO CENEPO KARIM
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10/11/2022
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RDR Nº 2244-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00020-2619-0-2208-JR-LA-02, I) el pago del reintegro de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley N O 24029, y su modificatoria Ley Nº 25212, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de la ya incorrectamente pagado, debiéndose de precisar que el reintegro será realizado por cada año de servicio cumplido, II) el pago del reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del D.S.Nº 19-90ED, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) el pago de los intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 18 de setiembre de 2019, emitida por el 20 Juzgado Civil Sede Maynas- Tarapoto; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 06 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la Resolución Jefatural.
CUESTA FALCON CALEB
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10/11/2022
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RDR Nº 2252-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00060-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, por e) periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de la ya incorrectamente pagado, debiéndose de precisar que el reintegro será realizado por cada año de servicio cumplido, ll) el pago del reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) el pago de los intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 31 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 05 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la Resolución Jefatural.
HUAMAN JIMENEZ MARILU
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