DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

Resoluciones


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
09/11/2022
RJ N° 1510-2022-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION EQUIVALENTE AL 30% DE SU REMUNERACION TOTAL TUESTA BARDALES MARITZA
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08/11/2022
RDR Nº 2226-2022-GRSM-DRE
RECTIFICAR el Artículo Primero y Segundo de la Resolución Directoral Regional Nº 2088-2022-GRSM/DRE de fecha 27 de octubre de 2022, sobre la Licencia Sindical a tiempo completo y a tiempo parcial con goce de remuneraciones, a favor de los dirigentes de la Federación Regional de los Trabajadores Administrativos del Sector Educación (FENTASE-SM) San Martín de la siguiente manera: debe decir Secretario de Organización, Monja campoverde Eudes, Secretario de Prensa y Propaganda, Secretario de Disciplina, Secretario de Asuntos Sindicales y Blanca Lily. FLORES TOCTO YSAIAS MONJA CAMPOVERDE EUDES TUANAMA TUANAMA NILO PINCHI FASANANDO GRODIL SALDAÑA DE LA CRUZ TOMAS PINCHI MONCADA BLANCA LILY
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08/11/2022
RDR Nº 2224-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 1021-2021GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 30 de diciembre del 2021, la que reconoce créditos devengados por la suma de S/.9,703.36, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 80 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 19, de fecha 12 de agosto del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00643-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja, emitir la Resolución. OLIVA GARCIA OMAR CARMELO
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08/11/2022
RDR Nº 2225-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00313-2017-0-2201-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los periodos comprendidos desde: a) del 20 de abril al 31 de julio de 1993, b) 01 de agosto al 31 de diciembre de 1993; c) 24 de mayo al 31 de diciembre de 1994, d) 08 de mayo al 31 de diciembre de 1995; e) 01 de abril al 31 de diciembre de 1996; f) 17 de marzo al 31 de diciembre de 1997; g) 15 de abril al 15 de mayo de 1998; h) 01 de julio al 31 de diciembre de 1998; i) 07 de junio al 31 de diciembre de 2000; j) 07 de mayo al 31 de diciembre de 2001; k) 01 de abril al 31 de diciembre de 2002; l) 28 de mayo al 26 de junio de 2003; m) 27 de junio al 30 de agosto de 2003; n) 01 de setiembre al 04 de octubre de 2003;ñ) 05 de octubre al 23 de octubre de 2003; o) 24 de octubre al 22 de noviembre de 2003; p) 05 de abril al 31 de diciembre de 2004; q) 28 de marzo al 31 de diciembre de 2005; r) 07 de abril al 31 de diciembre de 2006; s) 12 de marzo al 31 de diciembre de 2007; t) 01 de abril al 31 de diciembre de 2008, la que se calculará sobre la base de su remuneración total (íntegra), con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia y confirmada en parte mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 13 de fecha 10 de enero de 2019, emitida ante la Sala Mixta y Penal Liquidadora de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 14 de fecha 25 de marzo de 2019, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural. NUÑEZ ALVAREZ WILTER
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08/11/2022
RDR Nº 2218-2022-GRSM-DRE
RECONOCER MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00287-2019-0-2205-JR-CI-01, sucesor procesal de la señora Consuelo Marquillo de Ruiz, mediante Resolución Nº 11 de fecha 14 de julio de 2022 disponiendo el pago del reintegro de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos; asimismo cumpla con disponer el pago de la bonificación diferencial, de acuerdo al Decreto Legislativo 276, por el periodo comprendido desde enero 2002 hasta el 31 de diciembre 2012; con la deducción de los montos que se le ha venido cancelando, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en .la Resolución Nº 09 de fecha 26 de noviembre de 2021 emitida por la Sala Mixta Descentralizada - Sede Juanjuí; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 12' de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central, emitir la Resolución Jefatural. RUIZ MARQUILLO JAVIER
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08/11/2022
RDR Nº 2219-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00020-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del REINTEGRO POR CONCEPTO DE SUBSIDIO POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO, en base a cuatro remuneraciones totales o íntegras; por el fallecimiento de su progenitora Julia Aurora Guerra Puerta Vda de Vargas, e con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en Resolución Nº 05 de fecha 31 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 15 de setiembre de 2022, emitida por et Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín emitir la Resolución Jefatural. VARGAS GUERRA JUAN MANUEL
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08/11/2022
RDR Nº 2220-2022-GRSM-DRE
DECLARAR FUNDADA LA OBSERVACIÓN por mandato judicial de la Resolución Jefatural N O 1592-2020-GRSM/DRE/DO-OO.UE 206 de fecha 20 de julio del 2020, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 4,925.00, por el reintegro del reajuste de la remuneración personal conforme lo establece el Decreto de Urgencia Nº 105-2001, calculado sobre la base de su remuneración total o integra; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 23, de fecha 22 de febrero del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00088-2016-0-2207-JM-LA-01; emitida ante el 1º Juzgado Civil -SEDE MBJ Rioja, AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja, emitir la Resolución. VELA VELA WITMER
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08/11/2022
RDR Nº 2221-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 2523-2019GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 17 de septiembre del 2019, la que reconoce créditos devengados por la suma de S/. 4,466.94r, en representación del causante PEDRO ANTONIO ALAMO ARICOCHA, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo N O 051-91 -PCM artículo 80 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N O 09, de fecha 01 de setiembre al 2022, asignada en el expediente judicial N O 001072018-0-2201-JR-LA-OI; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba, declarada consentida y requerida mediante Resolución Judicial asimismo, requerida mediante Resolución Judicial Nº 10 de fecha 05 de octubre del 2021 emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja, emitir la Resolución. MENDOZA TORREJON NELY
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08/11/2022
RDR Nº 2222-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 2860-2019-GRSM/DRE/DO-OO-UE.306, de fecha de 12 de noviembre de 2019, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 581.45, , por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial NO 11, de fecha 22 de setiembre del 2020, asignada en el expediente judicial Nº 00711-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba, asimismo confirmando y requiriendo mediante Resolución Judicial Nº 02 de fecha 19 de octubre del 2022, emitido por Sala Civil Permanente de Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja, emitir la Resolución. VILLACORTA MELENDEZ CLAIDE LLANELLY
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08/11/2022
RDR Nº 2223-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 0507-2022-GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 02 de junio del 2022, la que reconoce créditos devengados por la suma de S/.3,325.37, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS, mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 22, de fecha 31 de agosto del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00024-2018-0-2201-JR-LA-02; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja, emitir la Resolución. LOPEZ MALDONADO HERNAN
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08/11/2022
RJ N° 1501-2022-GRSM-DRE
RECTIFICAR LO CONSIGANO EN EL ARTIC. QUINTO DE LA R.J. Nº 1281-2022-GRSM/DRE/DO-OO, REFERENTE A LOS APELLIDOS , DICE: HOYOS VILCA DEBIENDO VILCA HOYOS VILCA HOYOS ZADITH YSABEL
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08/11/2022
RJ N° 1500-2022-GRSM-DRE
RECTIFICAR LO CONSIGANO EN EL ARTIC. QUINTO DE LA R.J. Nº 1281-2022-GRSM/DRE/DO-OO, REFERENTE AL APELLIDO PATERNO, DICE: TERRONES DEBIENDO DECIR TORRES TORRES HERNANDEZ ELSA PETRONILA
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08/11/2022
RJ N° 1502-2022-GRSM-DRE
APROBAR PLAN DE TRABAJO DE ALMACEN 2023 DE LA UNIDAD EJECUTORA 300 DE LA DRESM SEGUNDO HIPOLITO SALDAÑA PEREZ
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04/11/2022
RDR Nº 2163-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00446-2017-0-2208-JR-LA-01, el pago del REINTEGRO POR CONCEPTO DE SUBSIDIO POR LUTO en base a dos remuneraciones totales o íntegras; por el fallecimiento de su progenitora María Alicia Saavedra Quintana, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en Resolución Nº 06 de fecha 30 de julio de 2018, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante resolución N° 17 de fecha 23 de marzo del 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 – Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. FLORES SAAVEDRA ANGEL RAMIRO
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04/11/2022
RDR Nº 2164-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 2242-2018-GRSM/DRE/DO-OO.UE.301, de fecha 02 de octubre del 2018, que reconoce crédito devengado por la suma de S/. 11,317.10, por concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra) en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 8º inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 16 de fecha 15 de setiembre del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00357-2014-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba, emitir la resolución con el cálculo correspondiente.. USHIÑAHUA RENGIFO LINDEY
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04/11/2022
RDR Nº 2160-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00109-2021-0-2208-JR-LA-01, el pago del reintegro por concepto del beneficio por haber cumplido 25 años de servicios al Estado, la suma equivalente a tres gratificaciones, calculados en base a la remuneración total o íntegra, con la deducción de lo ya incorrectamente pagado, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en Resolución N° 03 de fecha 30 de diciembre de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución NO 09 de fecha 16 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 – Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. GARCIA DE VILCA LITA REGINA
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04/11/2022
RDR Nº 2159-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00108-2021-0-2208-JR-LA-02, el pago del reintegro por concepto del beneficio por haber cumplido 20 años de servicios al Estado, la suma equivalente a dos gratificaciones, calculados en base a la remuneración total o íntegra, con la deducción de lo ya incorrectamente pagado, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en Resolución N° 06 de fecha 30 de diciembre de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 10 de fecha 20 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. GARCIA DE VILCA LITA REGINA
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04/11/2022
RDR Nº 2200-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 00431-2022, de fecha 20 de junio de 2022, notificado con fecha 31 de agosto de 2022, que declara improcedente, la solicitud de pago de reintegros de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. RENGIFO DEL CASTILLO MOSOLINE
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04/11/2022
RDR Nº 2201-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 002141-2022 notificada con fecha 15 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de reajuste de la remuneración personal, bonificación diferencial y bonificaciones preceptuadas por los D.U N O 090-951 073-97 y 011-99 y compensación vacacional a partir de setiembre de 2001 , por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. RODRIGUEZ TANCHIVA TULA
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04/11/2022
RDR Nº 2161-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00252-2021-0-2208-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 31 de mayo de 1993; asimismo el recálculo de la pensión que percibe de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de junio de 1993 fecha de cese en adelante de manera continua, con deducción de los montos abonados a la actora por la indicada bonificación especial calculada en base a la remuneración total permanente; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 29 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 15 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 – Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. FUENTES DE FERNANDEZ OLGA VIOLETA
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