DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

DOCUMENTOS


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
04/11/2022
RDR Nº 2181-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 0902-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 11 de agosto de 2022, notificada con fecha 16 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago de la bonificación por refrigerio y movilidad de S/5.00 nuevos soles diarios, más devengados e interés, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. ANGULO HIDALGO AUREA ELISBETH
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04/11/2022
RJ N° 1487-2022-GRSM-DRE
CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE REMUNERACION POR INCAPACIDAD TEMPORAL A PARTIR DEL 11-10-2022 AL 30-10-2022 MONTOYA CRUZ MILENA
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04/11/2022
RDR Nº 2202-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la señora TULA RODRIGUEZ TANCHIVA identificada con DNI Nº 00980478, contra la Resolución Directoral Nº 002108-2022 de fecha 08 de setiembre de 2022, notificada con fecha 16 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre el pago de intereses de devengados generados de la incorrecta aplicación del artículo 48 0 de la Ley Nº 24029 - modificada por la Ley Nº 25212, sobre la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. RODRIGUEZ TANCHIVA TULA
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04/11/2022
RDR Nº 2160-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00109-2021-0-2208-JR-LA-01, el pago del reintegro por concepto del beneficio por haber cumplido 25 años de servicios al Estado, la suma equivalente a tres gratificaciones, calculados en base a la remuneración total o íntegra, con la deducción de lo ya incorrectamente pagado, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en Resolución N° 03 de fecha 30 de diciembre de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución NO 09 de fecha 16 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 – Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. GARCIA DE VILCA LITA REGINA
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04/11/2022
RDR Nº 2194-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 00478-2022 de fecha 28 de junio de 2022, notificado con fecha 05 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de reajuste de remuneración personal, bonificación diferencial y bonificaciones preceptuadas por los D.U Nº 090-95, 073-97 y 011-99 y compensación vacacional a partir de setiembre de 2001, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA. FASANANDO DEL CASTILLO GILMAR
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04/11/2022
RDR Nº 2195-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 001707-2022 de fecha 24 de mayo de 2022, notificada con fecha 05 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de reajuste de la remuneración personal, bonificación diferencial y bonificaciones preceptuadas por los D.U Nº 090-95, 073-97 y 011-99 y compensación vacacional a partir de setiembre de 2001, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. MAZA SANCHEZ MARIA DE LOS ANGELES
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04/11/2022
RDR Nº 2157-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00992-2015-0-2208-JM-LA-02, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 y por los periodos en que ha venido percibiendo, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Casación Nº 170582018 de fecha 19 de mayo de 2022, emitida por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 17 de fecha 18 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 – Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. GARCIA GARCIA CONSUELO
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04/11/2022
RDR Nº 2191-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 002061-2022 de fecha 19 de agosto de 2022, notificada con fecha 08 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago de intereses de devengados generados de la incorrecta aplicación del artículo 48º de la Ley Nº 24029 - modificada por la Ley Nº 25212, sobre la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA. GUZMAN CASANOVA EDNA
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04/11/2022
RDR Nº 2158-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00208-2019-0-2208-JR-LA-01, el pago del reintegro de la remuneración personal equivalente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 0 de la Ley Nº 24029 y su modificatoria Ley Nº 25212, por el periodo comprendido desde el 01 de noviembre 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; previa deducción de lo ya incorrectamente pagado; asimismo cumpla con disponer el pago del reintegro de la compensación vacacional, dispuesta por el artículo 218º del D.S.Nº 19-90-ED, por el periodo comprendido desde el 01 de noviembre 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; previa deducción de lo ya incorrectamente pagado; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 19 de agosto de 2019, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 01 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio de Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 – Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. BRUNO CASTRO EDITH ANGELICA
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04/11/2022
RDR Nº 2192-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 002042-2022 de fecha 12 de agosto de 2022, notificada con fecha 09 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de reajuste de la remuneración personal, bonificación diferencial y bonificaciones preceptuadas por los D.U Nº 090-95, 073-97 y 011-99 y compensación vacacional a partir de setiembre de 2001, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. GUZMAN CASANOVA EDNA
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04/11/2022
RDR Nº 2193-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 001816-2022, de fecha 31 de mayo de 2022, notificado con fecha 05 de agosto de 2022, que declara improcedente, la solicitud de otorgamiento de la bonificación por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de la remuneración total y el reajuste del pago de los D.U. 090-96, 073-97 y 011-99, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. HERNANDEZ TUESTA CESAR
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04/11/2022
RDR Nº 2161-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00252-2021-0-2208-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 31 de mayo de 1993; asimismo el recálculo de la pensión que percibe de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de junio de 1993 fecha de cese en adelante de manera continua, con deducción de los montos abonados a la actora por la indicada bonificación especial calculada en base a la remuneración total permanente; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 29 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 15 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 – Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. FUENTES DE FERNANDEZ OLGA VIOLETA
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04/11/2022
RDR Nº 2196-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 001382-2022, de fecha 08 de abril de 2022, notificado con fecha 31 de mayo de 2022, que declara improcedente, la solicitud de pago del reconocimiento de reintegros por devengados y la continua por concepto de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, previo recálculo de dichos beneficios, por los fundamentos expuestos en tos considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. PEREZ MEZA JOSE
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04/11/2022
RDR Nº 2175-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00043-2016-0-2207-JM-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación. equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 199C hasta ei 27 de marzo de 1994, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia sin costas ni costos, siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 21 de fecha 07 de agosto de 2019, emitida por la Sala Mixta y Penal Liquidadora - Sede Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 22 de fecha 06 de marzo de 2020, emitida por el Primer Juzgado Civil - Sede MBJ Rioja; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente
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04/11/2022
RDR Nº 2159-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00108-2021-0-2208-JR-LA-02, el pago del reintegro por concepto del beneficio por haber cumplido 20 años de servicios al Estado, la suma equivalente a dos gratificaciones, calculados en base a la remuneración total o íntegra, con la deducción de lo ya incorrectamente pagado, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en Resolución N° 06 de fecha 30 de diciembre de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 10 de fecha 20 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. GARCIA DE VILCA LITA REGINA
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04/11/2022
RJ N° 1492-2022-GRSM-DRE
CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE REMUNERACION POR MATERNIDAD A PARTIR DEL 29-10-2022 AL 31-12-2022 CORREA GUEVARA YADIRA SOLEDAD
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04/11/2022
RJ N° 1482-2022-GRSM-DRE
CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE REMUNERACION POR INCAPACIDAD TEMPORAL A PARTIR DEL 17-10-2022 AL 17-10-2022 HUIMAC VILCHEZ KAREN SANDY
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04/11/2022
RJ N° 1491-2022-GRSM-DRE
CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE REMUNERACION POR INCAPACIDAD TEMPORAL A PARTIR DEL 25-10-2022 AL 25-10-2022 ALFARO LUCERO CELIA GENOVEVA
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04/11/2022
RDR Nº 2153-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 4463-2019-GRSWDRE/DO-OO.UE.300 de fecha 09 de diciembre de 2019, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 785.28, por el concepto del reintegro del pago sobre la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5%, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 80 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 14 de fecha 01 de febrero de 2022 asignada en el expediente judicial N° 00031-2017-0-2201 -JR-LA-01 ; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba y asimismo confirmando mediante Resolución N° 03 de fecha 12 de mayo de 2022 emitido por la Sala Permanente de Moyobamba ; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 300 – Educación San Martin, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. SAAVEDRA HUAMAN ISABEL
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04/11/2022
RDR Nº 2188-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 001778-2022 de fecha 30 de mayo de 2022, notificada con fecha 05 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de reajuste de la remuneración personal, bonificación diferencial y bonificaciones preceptuadas por los D.U Nº 090-95, 073-97 y 011-99 y compensación vacacional a partir de setiembre de 2001 , por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. CAMPOS MENDOZA FELIPA
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