DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
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04/11/2022
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RDR Nº 2180-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 1055-2022-GRSM-DRE-UGEL PICOTA de fecha 20 de junio de 2022, notificado con fecha 23 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago de reintegro de la remuneración básica. bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA.
CHOTA FASANANDO GUILLERMO
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04/11/2022
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RJ N° 1487-2022-GRSM-DRE
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CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE REMUNERACION POR INCAPACIDAD TEMPORAL A PARTIR DEL 11-10-2022 AL 30-10-2022 MONTOYA CRUZ MILENA
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04/11/2022
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RDR Nº 2174-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 0913-2021-GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 03 de noviembre del 2021, la que reconoce créditos devengados por la suma de S/. 2,576.54, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 14, de fecha 12 de agosto del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00364-2019-0 2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja, emitir la Resolución con el cálculo correspondiente TINEO TINEO TEOFILO
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04/11/2022
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RDR Nº 2202-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la señora TULA RODRIGUEZ TANCHIVA identificada con DNI Nº 00980478, contra la Resolución Directoral Nº 002108-2022 de fecha 08 de setiembre de 2022, notificada con fecha 16 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre el pago de intereses de devengados generados de la incorrecta aplicación del artículo 48 0 de la Ley Nº 24029 - modificada por la Ley Nº 25212, sobre la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA.
RODRIGUEZ TANCHIVA TULA
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04/11/2022
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RDR Nº 2159-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00108-2021-0-2208-JR-LA-02, el pago del reintegro por concepto del beneficio por haber cumplido 20 años de servicios al Estado, la suma equivalente a dos gratificaciones, calculados en base a la remuneración total o íntegra, con la deducción de lo ya incorrectamente pagado, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en Resolución N° 06 de fecha 30 de diciembre de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 10 de fecha 20 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. GARCIA DE VILCA LITA REGINA
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04/11/2022
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RDR Nº 2172-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial NO 00085-2018-0-2204-JR-LA-01, el reintegro-reajuste de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; con el reintegro de las remuneraciones devengadas, así como cumpla con disponer el pago de la compensación vacacional, dispuesta por el artículo 2180 del D.S. Nº 19-90-ED, por el periodo comprendido desde 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con el reintegro de las remuneraciones devengadas, y con la deducción de importes que han sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; la misma que fue declarada FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista recaído en la Resolución Nº 12 de fecha 10 de diciembre de 2019, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 29 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. NINA PANDURO LELITH
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04/11/2022
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RDR Nº 2173-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00019-2018-0-2207-JM-LA-01, el pago del reintegro de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 17 de abril de 1995 hasta el 30 de marzo de teniendo en cuenta las fechas en que el causante efectivamente ha -laborado como docente y/o director y la remuneración a ser considerada será la percibida en cada momento de su afectación y no la última percibida; por la deducción de importes que han sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales laborales de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25920, los mismos que se liquidarán en ejecución de sentencia sin costas ni costos, siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 13 de fecha 03 de diciembre de 2020, emitida por la Sala Civil Permanente - Sede Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 14 de fecha 26 de mayo de 2021, emitida por el 1º Juzgado Civil - Sede MBJ Rioja; AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. FERNANDEZ BUSTAMANTE VDA DE VISALOT FLOR DE MARIA
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04/11/2022
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RDR Nº 2203-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 002058-2022 de fecha 19 de agosto de 2022, notificada con fecha 22 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de reconocimiento de pago de reintegro por devengados y la continua por concepto de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación previo recalculo de dichos beneficios, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA.
VELA CARDENAS ROSA ESTELA
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04/11/2022
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RDR Nº 2151-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0896-2021-GRSM/DRE/DO-OO de fecha 04 de agosto del 2021, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 9, 109.67, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación y la bonificación por desempeño de cargo y por la preparación de documentos de gestión que incluye el 5%, calculados sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo N°051-91 -PCM artículo 8° inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 20, de fecha 10 de junio del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00709-2017-0-2201 -JR-LA-01 ; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba y consentida y requiriendo su ejecución mediante resolución N° 21 de fecha 01 de setiembre del 2022, emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba.; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martin, emitir la resolución con el cálculo correspondiente..
DIAZ VISITACION OLGA TERESA
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04/11/2022
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RDR Nº 2152-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 745-2022-GRSM/DRE/DO-OO de fecha 23 de junio de 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 1,432.59, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación y el reintegro de pago sobre la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5%, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 18 de fecha 15 de agosto de 2022 asignada en el expediente judicial Nº 00423-2019-02201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 300 – Educación San Martin, emitir la resolución con el cálculo correspondiente.
LUCANA RENGIFO LOURDES
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04/11/2022
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RDR Nº 2193-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 001816-2022, de fecha 31 de mayo de 2022, notificado con fecha 05 de agosto de 2022, que declara improcedente, la solicitud de otorgamiento de la bonificación por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de la remuneración total y el reajuste del pago de los D.U. 090-96, 073-97 y 011-99, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA.
HERNANDEZ TUESTA CESAR
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04/11/2022
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RDR Nº 2153-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 4463-2019-GRSWDRE/DO-OO.UE.300 de fecha 09 de diciembre de 2019, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 785.28, por el concepto del reintegro del pago sobre la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5%, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 80 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 14 de fecha 01 de febrero de 2022 asignada en el expediente judicial N° 00031-2017-0-2201 -JR-LA-01 ; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba y asimismo confirmando mediante Resolución N° 03 de fecha 12 de mayo de 2022 emitido por la Sala Permanente de Moyobamba ; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 300 – Educación San Martin, emitir la resolución con el cálculo correspondiente.
SAAVEDRA HUAMAN ISABEL
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04/11/2022
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RDR Nº 2196-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 001382-2022, de fecha 08 de abril de 2022, notificado con fecha 31 de mayo de 2022, que declara improcedente, la solicitud de pago del reconocimiento de reintegros por devengados y la continua por concepto de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, previo recálculo de dichos beneficios, por los fundamentos expuestos en tos considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA.
PEREZ MEZA JOSE
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04/11/2022
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RDR Nº 2168-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00057-2019-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 12 de enero de 2017, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 27 de diciembre de 2021, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 18 de julio de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. CACHIQUE PAREDES REIMERA
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04/11/2022
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RDR Nº 2154-2022-GRSM-DRE
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RDR. 2154-2022-GRSM/DRE de fecha 04 de noviembre de 2022, que resuelve DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 3708-2018-GRSM/DRE/DO-OO.UE.300 de fecha 04 de octubre del 2022, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 279.48, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo NO 051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 14, de fecha 25 de febrero del 2022, asignada en el expediente judicial N° 00327-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba y consentida y requiriendo su ejecución mediante resolución Nº 15 de fecha 01 de setiembre del 2022, emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martin, emitir la resolución con el cálculo correspondiente.
SILVA PIZANGO JOSE FERNANDO
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04/11/2022
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RDR Nº 2170-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00230-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 25 de setiembre de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 02 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. LOPEZ CORDOVA BISELTY
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04/11/2022
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RDR Nº 2169-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00122-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 15 de octubre de 1990 al 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 09 de fecha 04 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 18 de fecha 09 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. MESTANZA GARCIA DALIA MIRNA
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04/11/2022
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RDR Nº 2194-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 00478-2022 de fecha 28 de junio de 2022, notificado con fecha 05 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de reajuste de remuneración personal, bonificación diferencial y bonificaciones preceptuadas por los D.U Nº 090-95, 073-97 y 011-99 y compensación vacacional a partir de setiembre de 2001, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA.
FASANANDO DEL CASTILLO GILMAR
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04/11/2022
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RDR Nº 2166-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00187-2019-0-2205-JR-CI-01, el reintegro-reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el mes de marzo de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2012; por la deducción de importes que han sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; la misma que fue declarada FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de Vista contenida en la Resolución N° 09 de fecha 26 de noviembre de 2021, emitida por la Sala Mixta Descentralizada - Sede Juanjui; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 10 de fecha 12 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio-Sede Juanjuí; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. SALVADOR ESTEBAN ELEUTERIA
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04/11/2022
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RDR Nº 2167-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00098-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Casación N° 7385-2018 de fecha 30 de setiembre de 2021 , emitida por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 04 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 302 – Educación Huallaga Central, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. AMASIFUEN SANGAMA TORIBIO
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