DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
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27/10/2022
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RDR Nº 2088-2022-GRSM-DRE
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CONCEDER, con eficacia anticipada a partir de; 10 de octubre de 2022 al 09 de octubre de 2024, la Licencia Sindical a tiempo completo con goce de remuneraciones, a los dirigentes de la Federación Regional de los Trabajadores administrativos del Sector Educación (FENTASE-SM) San Martín, en la forma solicitada:
TUESTA VELA SEGUNDO
FLORES TOCTO YSAIAS
MONJA CAMPOVERDE EUGES
MOSILOT MASLUCAN NERY
CORAL IBERICO MARNITH
TUANAMA TUAMANA NILO
PINCHI FASANANDO GRODIL
SALDAÑA DE LA CRUZ TOMAS
PINCHI MONCADA BLANCA
SEIJAS HIDALGO GLADITH
CONCEDER, con eficacia anticipada a partir del IO de octubre de 2022 al 09 de octubre de 2024, la Licencia Sindical a tiempo parcial, por ei término de diez (10) días continuos al mes con goce de remuneraciones, a los dirigentes de la Federación Regional de Trabajadores Administrativos del Sector Educación (FENTASE-SM) en la forma solicitada:
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27/10/2022
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RDR Nº 2090-2022-GRSM-DRE
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RECTIFICAR el error material consignado en el visto de la Resolución Directoral Regional Nº 2073-2022-GRSM/DRE de fecha 19 de octubre de 2022, mediante la cual se declara infundado el recurso de apelación interpuesto; según los siguientes términos: VISTO: el expediente NO 0192022914212 que contiene el Informe Legal Nº 042-2022-GRSM-DRESM/AJ de fecha 14 de octubre de 2022, sobre el recurso de apelación interpuesto. MANTENER subsistentes los demás extremos de la Resolución Directoral Regional Nº 2073-2022GRSM/DRE de fecha 19 de octubre de 2022.
OLORTEGUI PINTO MIGUEL ANGEL
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27/10/2022
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RDR Nº 2089-2022-GRSM-DRE
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RECTIFICAR la Resolución Directoral Regional N° 1819-2022-GRSM/DRE de fecha 29 de setiembre de 2022, que reconocer por Resolución Ejecutiva Regional N° 234-2022-GRSM/GGR de fecha 06 de septiembre de 2022, el pago del reintegro de su bonificación especial por concepto de preparación de clases y evaluación, y demás documentos que obran en el expediente judicial N° 00729-2016-0-2201-JM-LA-01 CHUMBE CHUMBE OFELIA
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27/10/2022
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RDR Nº 2093-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00036-2022-0-2201-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total (íntegra); por el periodo comprendido desde el 11 de abril de 1994 al 31 de diciembre de 1994 del 20 de abril de 1995 al 31 de diciembre del 1995 del 04 de marzo de 1996 al 31 de diciembre 1996 del 17 de marzo del 1997 al 31 de diciembre de 1997: del 03 de marzo de 1998 al 31 de diciembre de 1998 V del 05 de abril de 1999 al 31 de diciembre de 1999 del 01 de marzo de 2000 al 31 de diciembre de 2000 y del 02 de abril de 2001 al 25 de noviembre de 2012, la que se calculará sobre la base de su remuneración total íntegra, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida la Resolución N° 09 de fecha 07 de julio de 2022, emitida ante la Sala Civil Permanente de Moyobamba; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 11 de fecha 25 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio-Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 300 – Educación San Martin.
CHUMBE TUANAMA JORGE
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27/10/2022
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RDR Nº 2129-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 2015-194-ACA, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra; por el periodo comprendido desde el 16 de abril de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado por la accionante y los cálculos establecidos por los regímenes de la ley del profesorado y la ley de la carrera magisterial, según corresponda en cada caso, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante Resolución N° 07 de fecha 27 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 16 de fecha 13 de junio de 2022, emitida por el Juzgado Civil Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Educación Lamas.
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27/10/2022
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RDR Nº 2127-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00099-2015-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde agosto de 1992 hasta el 25 de noviembre de 2012 , con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 10 de fecha 29 de mayo de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N°19 de fecha 08 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Educación Lamas.
REATEGUI REATEGUI ARELI
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27/10/2022
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RDR Nº 2122-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 2015-218-ACA, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 2004 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado por la accionante y los cálculos establecidos por los regímenes de la ley del profesorado y la ley de la carrera magisterial, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante Resolución N° 10 de fecha 28 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 19 de fecha 02 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Educación Lamas.
FLORES GONZALES JULIO
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27/10/2022
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RDR Nº 2121-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00205-2015-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde 01 de febrero de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 11 de fecha 25 de setiembre de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución NO 20 de fecha 16 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil — Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Educación Lamas.
FARGE DIAZ TEODORA
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27/10/2022
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RDR Nº 2120-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00014-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 09 de fecha 15 de agosto de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución NO 17 de fecha 10 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Educación Lamas.
HUAMAN TORREJON HUGO HERNAN
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27/10/2022
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RDR Nº 2123-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00323-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la remuneración personal equivalente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 04 de fecha 17 de agosto de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 23 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Educación Lamas.
PANDURO PANDURO EZEQUIEL
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27/10/2022
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RDR Nº 2115-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00286-2019-0-2205-JR-CI-01, el pago del reintegro-reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde octubre de 2002 hasta el mes de diciembre de 2012; con el reintegro de las remuneraciones devengadas, asimismo cumpla con disponer el pago de la compensación vacacional, dispuesta por el artículo 2180 del D.S.N° 19-90-ED, por el periodo comprendido desde octubre de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2012; y el pago de la bonificación diferencial, dispuesta en el Decreto Legislativo 276 comprendida desde octubre de 2002 hasta el mes de diciembre de 2012 por la deducción de importes que han sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; la misma que fue declarada FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de Vista en la Resolución Nº 05 de fecha 26 de noviembre de 2021, emitida por el Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Mariscal Cáceres-Juanjuí; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 09 de fecha 27 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio-Sede Juanjuí; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Huallaga Central.
SALCEDO SHUPINGAHUA FERNANDO
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27/10/2022
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RDR Nº 2116-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 2016-0305-1215-JX-OI-CA, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, asimismo el pago del reintegro devengado generado por la indebida aplicación del decreto supremo N° 051-91 -PCM, por los periodos comprendidos desde 21 de mayo de 1990 hasta el 01 de octubre de 2002, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 09 de fecha 28 de setiembre de 2018, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Mariscal Cáceres; y REQUIRIENOSE su ejecución mediante Resolución N° 11 de fecha 06 de mayo de 2019, emitida por el Juzgado Mixto de Tocache; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 303 – Alto Huallaga.
RIOS RIOS CARLOS
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27/10/2022
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RDR Nº 2117-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 2016-0155-1215-JXOI-CA, el pago de la bonificación por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30%, sobre la base de la remuneración total íntegra por el periodo comprendido desde el 03 de junio al 31 de diciembre de 1996: desde el 29 de mayo hasta el 24 de agosto de 1997: desde el 25 de agosto al 31 de diciembre de 1997' 03 de abril hasta el 31 de diciembre de 1998 desde el 18 de marzo al 31 de diciembre de 1999 desde el 06 de marzo al 31 de diciembre de 2000 desde el 01 de junio al 31 de diciembre de 2001: desde el 25 de marzo de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, Asimismo reconózcase el pago de los reintegros de devengados generados por la indebida aplicación del Decreto Supremo N°051-91-PCM, desde la fecha en que la ley le reconoce dicho beneficio hasta el 25 de noviembre de 2012, debiendo descontarse los montos pagados que ha percibido, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida la Resolución Nº 13 de fecha 16 de agosto de 2019, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Mariscal Cáceres; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 14 de fecha 06 de octubre de 2021, emitida por el Juzgado Mixto -Sede Tocache; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 303- Alto Huallaga.
CAMPANO SICHA JUDY VICTORIA
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27/10/2022
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RDR Nº 2114-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00203-2019-0-2205-JR-CI-01, el pago del REINTEGRO POR CONCEPTO DE SUBSIDIO POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO, en base a cuatro remuneraciones totales o íntegras; por el fallecimiento de su progenitora Asteria Casanova Galán de Mendoza, sin perjuicio del pago de los devengados más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en Resolución N° 04 de fecha 28 de febrero de 2020, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Mariscal Cáceres - Juanjuí; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 05 de fecha 19 de marzo de 2021 , emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Huallaga Central.
MALDONADO CASANOVA MARIVEL
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27/10/2022
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RDR Nº 2124-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00041-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 08 de fecha 07 de agosto de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 16 de fecha 10 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas.
PANDURO PANDURO EZEQUIEL
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27/10/2022
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RDR Nº 2118-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N O 00118-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución NO 08 de fecha 06 de julio de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución NO 15 de fecha 11 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Educación Lamas
SORIA VIENA CESAR HERNAN
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27/10/2022
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RDR Nº 2119-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00001-2019-0-2204-JR-LA-01, el pago del cálculo de la bonificación personal que determina el artículo 52, tercer párrafo de la ley 24049 modificado por el artículo 1 de la lay 25212, de acuerdo a la remuneración básica señalada en el Decreto de Urgencia 105-2001, a partir del 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre 2012; asimismo cumpla con el pago del beneficio adicional por vacaciones equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, en base a la remuneración que establece el indicado Decreto de Urgencia, a partir de 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con el reintegro de las remuneraciones devengadas, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida la Resolución N° 05 de fecha 30 de diciembre de 2021, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución NO 09 de fecha 18 de julio de 2022, emitida por el Juzgado Civil Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas
CRISTANCHO REÁTEGUI ROMER
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27/10/2022
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RDR Nº 2125-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00180-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 19 de febrero de 1996 hasta el 25 de noviembre de 2012, más el reintegro de pago sobre la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 19 de febrero de 1996 hasta el 26 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N O 06 de fecha 03 de agosto de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 16 de fecha 16 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas.
PEZO VELA GUIDO
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27/10/2022
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RDR Nº 2110-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00070-2016-0-2207-JM-LA-01, el pago del reintegro de la remuneración personal establecida en el artículo 520 de la Ley Nº 24029 y su modificatoria Ley N° 25212, de acuerdo a la remuneración básica establecida en el Decreto de Urgencia N° 105-2001, asimismo cumpla con disponer el pago de la compensación vacacional, dispuesta por el artículo 218° del D.S.N° 19-90ED, y el reintegro de las bonificaciones establecidas en los Decretos de Urgencia N° 090-96, 073-97 y 011-99; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución N° 11 de fecha 23 de enero de 2018 emitida por la Sala Mixta y Penal Liquidadora de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 13 de fecha 28 de junio de 2022, emitida por el Primer Juzgado Civil - Sede MBJ Rioja; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Rioja
ACUÑA REGALADO JUANA IDELSA
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27/10/2022
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RDR Nº 2128-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00037-2016-0-2204-JR-LA-01,, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 09 de abril de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 08 de agosto de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIENOSE su ejecución mediante Resolución Nº 14 de fecha 02 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Educación Lamas.
USHIÑAHUA MACAHUACHI WILQUES
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