DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
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24/01/2023
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RDR N° 141-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesta, contra la Resolución Directoral N° 1475-2022-GRSM-DRE-UGL PICOTA e fecha 15 de noviembre de 2022, notificada con fecha 22 noviembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago e incremento de la remuneración básica de acuerdo al D.U N° 105-2001, a partir del 01 de setiembre de 2001, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA, conforme al articulo 228° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. PINCHI PINCHI JUANITA
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24/01/2023
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RDR N° 140-2023-GRSM-DRE
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APROBAR la Directiva N° 01-2023-GRSM/DRESM/D, denominada “Disposiciones complementarias y precisiones para el desarrollo del año escolar 2023 en las Instituciones Educativas de la Educación Básica en la Región San Martin”, la misma que, como anexo forma parte e la presente resolución. DISPONER que la secretaria general de la Dirección Regional de Educación de San Martin, notifique a la Dirección de Gestión Pedagógica y Unidades de Gestión Educativa Local, a fin de que las instituciones educativas en general y programas educativos realicen las acciones correspondientes para el cumplimiento de la Directiva DIRECCION GESTION PEDAGOGICA UNIDADES DE GESTION EDUCATIVA LOCAL
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24/01/2023
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RDR N° 145-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 00434-2022, de fecha 20 de junio de 2022, notificada con fecha 05 de enero de 2023, que declara improcedente, la solicitud sobre pago de reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA, conforme al artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. MENDOZA GALICIA MIRTHA ELIZABETH
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23/01/2023
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RDR N° 113-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00140-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro-reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, asimismo el reintegro de la compensación vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, por el periodo comprendido a enero 2006; más los intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 29 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 29 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 -Educación San Martín emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 04. PAREDES GONZALES CATALINA
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23/01/2023
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RDR N° 138-2023-GRSM-DRE
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DEJAR SIN EFECTO Io dispuesto mediante Resolución Directoral Regional Nº 2720-2022-GRSM/DRE, de fecha 19 de diciembre de 2022, que RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL recaído en el expediente Nº 00092-2022-0-2201-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total integra, por el periodo comprendido desde 01 de febrero de 1991 hasta el 25 de noviembre del 2012, la que se calculara sobre la base de su remuneración total (integra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; al existir duplicidad con la Resolución Directoral Regional Nº 2645-2022-GRSM/DRE de fecha 15 de diciembre de 2022, en merito a los considerandos precedentes en la presente. NOTIFICAR a través de Secretaría General de la Dirección Regional de Educación San Martín la presente resolución a la administrada, a la Procuraduría Pública Regional del Gobierno Regional de San Martín y Oficina de Operaciones - Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas. TENAZOA CHUMBE PATRICIA
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23/01/2023
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RDR N° 137-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00089-2022-0-2201-JR-LA-01, el reintegro de su bonificación por concepto de preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total integra por el periodo comprendido desde el 01 de febrero de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012; la que calcularan sobre la base de la remuneración total (íntegra), con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, sin costas ni costos; la misma que fue declara FUNDADA la demanda mediante sentencia en la Resolución Nº 04 de fecha 04 de Mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 05 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado De Trabajo Transitorio - Sub Sede De Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas; emitir la Resolución Jefatural con el calculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 04. MORI SIFUENTES MARINO
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23/01/2023
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RDR N° 135-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00089-2022-0-2201-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de febrero de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 04 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 05 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 04. MORI SIFUENTES MARINO
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23/01/2023
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RDR N° 124-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00170-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 29 de abril de 1993 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de lo ya incorrectamente pagado, II) pago de intereses legales y devengados de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 22 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 13 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. GUERRA FASANANDO PATRICIA DEL CARMEN
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23/01/2023
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RDR N° 134-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00015-2021-0-2204-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el mes de mayo de 1990 hasta el 31 de mayo de 2003, asimismo el 5% de su remuneración total por el cargo de directora, por el periodo comprendido desde el mes de mayo de 1990 hasta el 31 de mayo de 2003, ambos con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 15 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 16 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 05. GONZALES HERVACHE ANGELA
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23/01/2023
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RDR N° 133-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00281-2017-0-2205-SP-Cl-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde a) del 15 de abril al 31 de diciembre de 2002; b) del 03 de abril al 31 de diciembre del 2003 c) 01 de abril al 31 de diciembre de 2004; d) del 15 de marzo al 31 de diciembre del 2005; e) del 18 de abril al 30 de junio de 2006 del 12 de marzo al 31 de diciembre del 2007; debiendo descontarse los montos pagados que ha percibido , más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 08 de noviembre de 2019, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Mariscal Cáceres - Juanjuí y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 06 de agosto de 2021, por el Juzgado Mixto - sede Tocache. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Resolución Nº 08 que contiene la Sentencia de Vista. ROSALES MARAVI JOMERS
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23/01/2023
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RDR N° 132-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00341-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro-reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 16 de marzo de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 28 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante. AUTORIZAR a la Oficna de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 04. TANANTA ARMAS CAROLINA
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23/01/2023
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RDR N° 131-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00052-2017-0-2208-JR-LA-01, el reintegro de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o integra, por los periodos comprendidos desde el 01 de marzo de 2000 al 25 de noviembre de 2012; en los que ejerció como profesor de aula, por la deducción de importes que han sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA mediante sentencia en la Resolución Nº 05 de fecha 23 de febrero de 2018, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 13 de fecha 21 de noviembre de 2022, emitida por el Primer Juzgado Civil-S.Maynas.Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora - Educación Bajo Mayo, emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 05. MOZOMBITE SALAS MARISOL
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23/01/2023
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RDR N° 130-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00204-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el reajuste de la bonificación personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, más el pago de devengados de forma retroactiva, por el periodo comprendido desde el 01 de octubre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo incorrectamente pagado, ll) pago de la compensación vacacional; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, más el pago de devengados de forma retroactiva, por el periodo comprendido desde el 01 de octubre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo incorrectamente pagado, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con -los artículos 1242 y 1246 del Código Civil de la presente sentencia, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; Sendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 27 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 23 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. MOREY BARTRA HERMAN AGUSTIN
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23/01/2023
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RDR N° 136-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 2824-2018-GRSM/DRE/DO-OO.UE.306-R, de fecha 07 de noviembre del 2018, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 9,489.64, por concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91 -PCM artículo 8º inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 16 de fecha 02 de diciembre de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00354-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y e requiriendo su ejecución mediante Resolución Nº 17 de fecha 05 de enero del 2023, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a, la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja, emitir la Resolución con el cálculo correspondiente y que la liquidación se realice dando cumplimento al Tercer considerando de la Resolución Judicial Nº 16 de fecha 02 de diciembre de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00354-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. LLANCA CHICANA FREDDY
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23/01/2023
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RDR N° 129-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00327-2022-0-2208-JR-LA-01, el pago del reintegro-reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 fecha desde la cual se ha acreditado que la actora percibe la remuneración básica conforme al D.U. Nº 105-2001 y fecha en que estuvo en vigencia los efectos de la ley Nº 24029, asimismo el pago del reintegro de la compensación vacacional, dispuesta por el artículo 218º del D.S. Nº 19-90ED, por el periodo desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo incorrectamente pagado; sin perjuicio del pago de los devengados más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; la misma que fue declara FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia y confirmada en parte mediante sentencia de vista en la Resolución Nº 07 de fecha 04 de noviembre de 2022, emitida ante la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 05 de diciembre de 2022, Juzgado de Trabajo Transitorio Sede M.Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 07. REATEGUI RUESTA NANCY MEDALY
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23/01/2023
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RDR N° 128-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00247-2022-0-2201-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 25 de marzo de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 20 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 21 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Ofician de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. RODRIGUEZ MINCHOLA DEYSI ANALI
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23/01/2023
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RDR N° 127-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00145-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012: con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, asimismo el reintegro de la compensación vacacional, de conformidad al artículo 218 0 del Decreto Supremo N O 019-90-ED, por el periodo comprendido a enero 2012, más los intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 03 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 12 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 04. GONZALES GRANDES ROSA AUGUSTA
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23/01/2023
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RDR N° 122-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00484-2017-0-2208-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1993 hasta el 25 de noviembre de 2012; en el que ejerció como profesora de aula, conforme a las consideraciones expuestas en la presente resolución, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales, que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 23 de enero de 2018, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 23 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 04. TORRES PAREDES ENITH
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23/01/2023
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RDR N° 121-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00215-2021-0-2208-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por concepto de preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por los siguientes periodos comprendidos desde el: a) 01 de setiembre del 2001 hasta el 31 de diciembre de 2001, así como en el periodo en que laboro como docente nombrado desde el 01 de setiembre del 2002 (desde que se acredito que percibió la bonificación especial) hasta el 25 de noviembre de 2012 (en que rigió la Ley Nº 24029 modificada por la Ley 25212); con la sola deducción de los pagos que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; la misma que fue declara FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Resolución Nº 04 de fecha 26 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede Martínez de Compagñon Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 30 de noviembre de 2022 emitida pofel Juzgado de trabajo transitorio - SEDE M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 04. TRIGOZO HIDALGO MOISES
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23/01/2023
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RDR N° 120-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00213-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52º de la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, la misma que no ha sido cancelada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012: previa deducción de lo ya incorrectamente pagado; precisando que dicho reintegro será por cada año de servicio cumplido, ll) pago de reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad de los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 23 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 17 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. MARCATINCO MENDOZA JOSE ENRIQUE
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