DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

DOCUMENTOS


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
22/03/2023
RDR N° 484-2023-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatura! N º 000494-2022-GRSM­DRESM-U. E.305-E-L, de fecha 14 de octubre del 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 13,104.91 a favor de LLENY DIAZ RAMIREZ, por concepto de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM
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21/03/2023
RDR N° 475-2023-GRSM-DRE
RECTIFICAR, lo dispuesto en el Artículo Primero de la Resolución Directora! Regional Nº 0332-2023- GRSM/DRE que aprueba las metas de admisión para el año 2023 de los Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos, en cuanto a las metas de admisión del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público "Francisco Vigo Caballero" de la ciudad de Uchiza.
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21/03/2023
RDR N° 413-2023-GRSM-DRE
APROBAR, la DIRECTIVA Nº 005-2023-GRSM-DRE-D "NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIOS, CAPACITACIÓN E INSTALACIÓN QUE GENEREN LOS FUNCIONARIOS, PERSONAL NOMBRADO Y CONTRATADO EN EL ÁMBITO JURISDICCIONAL DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN SAN MARTÍN", la misma que forma parte de la presente resolución.
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21/03/2023
RDR N° 474-2023-GRSM-DRE
APROBAR, la renovación del convenio con vigencia del 01 de marzo 2023 hasta el 31 de marzo del año 2028, el convenio que suscriben la Oirección Regional de Educación de San Martin y la "Congregación de Hermanas Mercedarias de la Caridad", para la administración y dirección del CETPRO "San Martin de Porres", del Distrito de San José de Sisa, Provincia de "El Dorado".
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20/03/2023
RDR N° 417-2023-GRSM-DRE
DAR POR CONCLUIDO, con efectividad al 28 de febrero del 2023, el encargo de funciones de don JUAN EVANGELISTA HUARCA CARRANZA, Identificado con DNI Nº 06935864, como Director General del IESTP "Alto Mayo"; acción realizada mediante RDR N,º 0028-2023-GRSM/DRE. JUAN EVANGELISTA HUARCA CARRANZ
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20/03/2023
RDR N° 427-2023-GRSM-DRE
APROBAR LA ENCARGA TURA TEMPORAL con eficacia anticipada en el puesto de Director General al personal docente contratado, que a continuación se indica: HUAMÁN MENA, JESUS DE JESUS
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20/03/2023
RDR N° 428-2023-GRSM-DRE
DECLARAR la nulidad de oficio del acto administrativo contenido en la Resolución Directora! Nº002-2023, de fecha 03 de enero de 2023; que aprueba el contrato y encarga funciones de la Oficina de Recursos Humanos ROSSANA GONZALES SANCHEZ, debido a que está inmersa en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 1 Oº de la LPAG, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente. ROSSANA GONZALES SANCHEZ,
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20/03/2023
RDR N° 429-2023-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatura! Nº 786-2022-GRSM/DRE/DO­OO, de fecha 08 de julio del 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 9,645.28, a favor de ROSA VICTORIA LOPEZ RUIZ, por concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b) y del Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 18 de fecha 13 de setiembre del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00329-2020-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. ROSA VICTORIA LOPEZ RUIZ
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20/03/2023
RDR N° 416-2023-GRSM-DRE
DAR POR CONCLUIDO, con efectividad al 28 de febrero del 2023, el encargo de funciones de don JOSÉ SANTOS BALDERA SUYÓN, Identificado con DNI Nº 17524900, como Director General del IESTP "Francisco Vigo Caballero"; acción realizada mediante· RDR Nº 0023-2023-GRSM/DRE. JOSÉ SANTOS BALDERA SUYÓN
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20/03/2023
RDR N° 430-2023-GRSM-DRE
RECTIFICAR la Resolución Directora! Regional Nº 2318-2022-GRSM/DRE, de fecha 14 de noviembre de 2022, que reconoce por mandato judicial recaído en el expediente N° 00153-2022-0- 2201-JR-LA-01, a favor de HADY RENGIFO GARA TE, el pago del reintegro de la bonificación especlal por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra. HADY RENGIFO GARA TE
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20/03/2023
RDR N° 415-2023-GRSM-DRE
DAR POR CONCLUIDO, con vigencia al 28 de febrero del 2023, el encargo de funciones de don ALFONSO MANUEL MEDINA TEJADA, Identificado con DNI Nº 01033987, como Directora General del IESTP "Rioja"; acción realizada mediante RDR Nº 0O27-2023- GRSM/DRE. ALFONSO MANUEL MEDINA TEJADA
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20/03/2023
RDR N° 461-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00550-2015-0-2208-JM-LA-01, a _favor de FELICIA PEPITA ALVAREZ LOPEZ, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el mes de mayo de__ 1990 hasta el mes de abril del 2004, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente resolución, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales, que se liquidaran en ejecución de sentencia, siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Resolución N º 05 de fecha 28 de octubre de 2015 emitida por el Primer Juzgado Mixto de Tarapoto; y REQl 1 1RIENDO su ejecuc1on mediante Resolución Nº 22 de fecha 25 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de San Martín - Tarapoto. FELICIA PEPITA ALVAREZ LOPEZ,
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20/03/2023
RDR N° 462-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de ape!ación interpuesto por el señor SAUL DÁVILA IZQUIERDO, identificado con DNI Nº 28114438, contra la Resolución Jefatura! N º 0006- 2023-GRSM/DRE/DO-OO.UE.307, de fecha 19 de enero de 2023, notificada con fecha 23 de enero de 2023, que declara improcedente la solicitud de pago de beneficio por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% y 5% de la remuneración total o integra , por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución. SAUL DÁVILA IZQUIERDO
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20/03/2023
RDR N° 463-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor JOSE ANTONIO RIOS ARAUJO, identificado con DNI Nº 00850875, contra la Resolución Directora! Nº 001407- 2021 de fecha 03 de agosto de 2021, notificada con fecha 25 de enero de 2023, que declara improcedente, la solicitud sobre el reconocimiento del pago de intereses de devengados generados de la incorrecta apEcación de_ artículo 48º de la Ley Nº 24029 - Modificada por la Ley Nº 25212, sobre la bonifi9ación por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. JOSE ANTONIO RIOS ARAUJO
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20/03/2023
RDR N° 464-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la señora ELIZABETH VÁSQUEZ MENDOZA identificada con DNI Nº 40920139, contra la Resolución Directora! Nº 002563-2022-GRSM/DRE/UGEL-MCJ.OAJ/DIR de fecha 07 de diciembre de 2022, notificada con fecha 27 de enero de 2023, que declara improcedente, la solicitud sobre pago de reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. ELIZABETH VÁSQUEZ MENDOZA
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20/03/2023
RDR N° 465-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor OLIVIO AMACIFUEN USHIÑAHUA identificado con DNI N º 80459811, contra la Resolución Jefatura! N º 0020-2023-GRSM-DRE/DO-OO-UE.307, de fecha 27 de enero de 2023, que declara improcedente, la solicitud sobre pago de reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución OLIVIO AMACIFUEN USHIÑAHUA
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20/03/2023
RDR N° 431-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00065-2017-0-2202-JM-Cl-01, a favor de BUENAVENTURA SALAS FACHIN, el pago .del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 1992 hasta el 25 de noviembre de 2012, en el que- ha ejercido el cargo de profesor de aula, conforme a ta Ley Nº 24029, modificada por la Ley N° 25212, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente resolución, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales, que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 12 de fecha 01 de abril de 2022, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Bellavista; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 17 de fecha 27 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Bellavista. BUENAVENTURA SALAS FACHIN,
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20/03/2023
RDR N° 458-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 820-2013-ACA- Laboral, a favor de FLORA LILIANA MORALES ALEGRÍA en calidad de sucesora del extinto Alexi Rengifo lsuiza, el reintegro y el pago a Flora Liliana Morales Alegría, Maricielo Rengifo Morales, Alexis Domingo Rengifo Morales, Fátima Florita Rengifo Morales y Paolo Cristian Rengifo Morales, en calidad de herederos del extinto Alexi Rengifo lsuiza, el monto diferencial de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, calculado sobre la base de la remuneración total o integra, con el pago de devengados e intereses legales por el periodo comprendido desde el 21 de abril de 1995 hasta el 31 de diciembre de 1995, el 01 de marzo de 1996 hasta el 31 de diciembre de 1996, el 19 de marzo de 1997 hasta el 31 de diciembre de 1998, el 09 de marzo de 1998 hasta el 31 de diciembre de 1998 y el 01 de marzo de 1999 hasta el 27 de febrero de 2010; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 10 de fecha 18 de agosto de 2017, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Mariscal Cáceres; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 09 de octubre de 2017, emitida por el Juzgado Mixto Sub Sede Juanjui. FLORA LILIANA MORALES ALEGRÍA
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20/03/2023
RDR N° 459-2023-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatura! N º 0329-2022- GRSM/DRE/DO-OO.UE.306, de fecha 21 de abril del 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 812.80, a favor de FLORINDA LOPEZ DE ALVA, por concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio, por el fallecimiento de su conyugue de quien en vida fue Amner Gustavo Alva Vela, calculado sobre la base de su remuneración total o integ.ra en aplicación del Decreto Supremo N º 051-91-PCM artículo 8 º inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N º 17 de fecha 27 de enero del 2023, asignada en el expediente judicial N º 00262-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. FLORINDA LOPEZ DE ALVA,
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20/03/2023
RDR N° 457-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00146-2019-0-2208-JR-LA-01, a favor de BLANCA ACUÑA GRANDEZ, 1) el pago del reintegro de la remuneración personal, correspondiente al 2% de la -remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la ley N º 24029, y su modificatoria ley N º 25212, la misma que no ha sido cancelada co::iforme a ley por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, 11) el pago del reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo N º 019-90-ED, la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, 111) el pago de los intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con el considerando séptimo de la presente sentencia, los mismos que se liquidaran en ejecución de la sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N º 03 de fecha 13 de mayo de 2019, emitida por el Juzgado Civil Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 27 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. BLANCA ACUÑA GRANDEZ
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