DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

Resoluciones


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
20/03/2023
RDR N° 462-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de ape!ación interpuesto por el señor SAUL DÁVILA IZQUIERDO, identificado con DNI Nº 28114438, contra la Resolución Jefatura! N º 0006- 2023-GRSM/DRE/DO-OO.UE.307, de fecha 19 de enero de 2023, notificada con fecha 23 de enero de 2023, que declara improcedente la solicitud de pago de beneficio por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% y 5% de la remuneración total o integra , por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución. SAUL DÁVILA IZQUIERDO
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20/03/2023
RDR N° 463-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor JOSE ANTONIO RIOS ARAUJO, identificado con DNI Nº 00850875, contra la Resolución Directora! Nº 001407- 2021 de fecha 03 de agosto de 2021, notificada con fecha 25 de enero de 2023, que declara improcedente, la solicitud sobre el reconocimiento del pago de intereses de devengados generados de la incorrecta apEcación de_ artículo 48º de la Ley Nº 24029 - Modificada por la Ley Nº 25212, sobre la bonifi9ación por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. JOSE ANTONIO RIOS ARAUJO
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20/03/2023
RDR N° 469-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la señora LILEY CABALLERO MENDOZA identificada con DNI Nº 18094159, contra la Resolución Jefatura! N º 0236- 2022-GRSM-DRE/DO-OO-UE.307, de fecha 25 de julio de 2022, notificada con 08 de noviembre de 2022, que declara improcedente, la solicitud sobre pago de reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. LILEY CABALLERO MENDOZA
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20/03/2023
RDR N° 459-2023-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatura! N º 0329-2022- GRSM/DRE/DO-OO.UE.306, de fecha 21 de abril del 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 812.80, a favor de FLORINDA LOPEZ DE ALVA, por concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio, por el fallecimiento de su conyugue de quien en vida fue Amner Gustavo Alva Vela, calculado sobre la base de su remuneración total o integ.ra en aplicación del Decreto Supremo N º 051-91-PCM artículo 8 º inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N º 17 de fecha 27 de enero del 2023, asignada en el expediente judicial N º 00262-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. FLORINDA LOPEZ DE ALVA,
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20/03/2023
RDR N° 470-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la señora ZOHY OLIVERA RAMOS, identificada con DNI Nº 16541120, contra la Resolución Directora! Nº 002652-2022-GRSM/DRE/UGEL-MCJ.ONDIR de fecha 22 de diciembre de 2022, notificada de fecha 23 de enero de 2023, que declara improcedente la solicitud de pago de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% más la bonificación adicional por desempeño al cargo de la remi:¡neración total o integra mensual, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución. OHY OLIVERA RAMOS,
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20/03/2023
RDR N° 452-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N º 00130-2019-0-2208-JR-LA-01, a favor de MAX FREDDY DEL ÁGUILA VELA, 1) el pago del reintegro de la remuneración personal, correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la ley N º 24029, y su modificatoria ley N º 25212, la misma que no ha sido cancelada conforme a ley por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, debiéndose de precisar que el reintegro será realizado por cada año de servicio cumplido, 11) el pago del reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo N º 019-90-ED, la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, 111) el pago de los intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con el considerando séptimo de la presente sentencia, los mismos que se liquidaran en ejecución de la sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución N º 09 de fecha 30 de octubre de 2019, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 14 de fecha 21 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. MAX FREDDY DEL ÁGUILA VELA
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20/03/2023
RDR N° 445-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00430-2022-0·-2201-JR-LA-01, a favor eje ARMELO LOPEZ PEÑA, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo del 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007; la que se calculara sobre la base de su remuneración total integra, conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remune.ración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 04 de fecha 26 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 05 de enero de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. ARMELO LOPEZ PEÑA,
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20/03/2023
RJ N° 334-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CRÉDITO DEVENGADO, a favor de doña MARIA GESSEHEL SILVA SUAREZ, con DNI Nº 00819784, encargada de puesto como sub directora de la IEP Nº 00659 "Francisco Tejada Rojas" - Moyobamba, por concepto de preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración Total (Integra) de los siguientes periodos: a) 01.08.1991 al 01.03.2008 y b)' 03.03.201 O al 31.12.201 O, la que se calculó a base de la remuneración total (integra), con deducción a los importes que hayan sido abonados por dicho concepto en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8° Inciso b) y del Informe Legal Nº 524-2012- SERVIR/GPGS, reconociendo la suma de OCHO MIL SETECIENTOS TRE-INTA Y DOS CON 57/100 SOLES (S/ 8,732.57), en cumplimiento al mandato judicial contenida en la Resolución . Nº 05 (sentencia) de fecha 26 de agosto del 2019, confirmada mediante Resolución Nº 09 (sentencia de vista)' de fecha 09 de marzo del 2019, consentida y ordenan su ejecución mediante Resolución Nº 1 O de fecha 29 de diciembre de 2020, obrante en el Expedient·e Nº 00252-2019-0-2201-JR-LA-01.
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20/03/2023
RJ N° 331-2023-GRSM-DRE
RECON'OCER COMO CRÉDITO DEVENGADO a favor de don FRANCISCO DIAZ DEL AGUILA, con DNI Nº 00813202,. docente cesante de la jurisd icción, por concepto de la bonificación por preparación de clases y evaluación 30%, calculado sobre la base de su remuneración total integra. en aplica􀁛iqn al artículo 48° de la Ley N º 24029 y su modificatoria por la Ley Nº 25212, en cumplimento a la Resolución Nº 07 (sentencia) de fecha 25 de junio de 2018 y confirmada mediante Resolución N º 11 (sentencia de vista) de fecha 09 de enero de 2019 y requiriendo su cumplimiento mediante Resolución Judicial N º 16 de fecha 03 . de enero de 2020, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede MoyÓbamba,
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20/03/2023
RJ N° 329-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CRÉDITO DEVENGADO a favor de don HONORIO EDWIN LEON CRUZ, con DNI Nº 00803209, docente cesante de la jurisdicción, por concepto de la bonificación por preparación de clases y evaluación 30%, calculado sobre la base de .su remuneración total integra en aplicación al artículo 48° de la Ley Nº 24029 y su modificatoria por la Ley Nº 25212, en cumplimento a la Resolución Nº 06 (sentencia) de fecha 18 de agosto de 2017, consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N º 11 (sentencia de ·vista) de fecha 30 de octubre de 2017 y requiriendo su cumplimiento mediante Resolución Judicial Nº 21 de fecha 11 de noviembre de 2020, emitida por el Juzgado ·de Trabajo Transitorio-. Sub Sede Moyobamba,
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20/03/2023
RDR N° 471-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la señora NOILY DEL AGUILA FONSECA identificada con DNI Nº 00973280, contra la Resolución Directora! N º 002448-2022-GRSM/DRE/UGEL-MCJ.OAJ/DIR, de fecha 18 de noviembre de 2022, notificada con fecha 07 de febrero de 2023, que declara improcedente, la solicitud sobre pago de reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. NOILY DEL AGUILA FONSECA
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20/03/2023
RDR N° 451-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00363-2022-0-2201-JR-LA-01, a favor de LEONIDAS SAAVEDRA SAAVEDRA, el pago, reintegro -reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012-con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, asimismo el reintegro de la compensación ·vacacional, dispuesta por el artículo 218º del D.S. Nº 19-90ED, por el periodo comprendido a enero 2002, enero 2003, enero 2004, enero 2005, enero 2006, enero 2007, enero 2008, enero 2009, enero 2010, enero 2011 y enero 2012, más los intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 04 de fecha 26 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 27 de enero de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. LEONIDAS SAAVEDRA SAAVEDRA
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17/03/2023
RDR N° 406-2023-GRSM-DRE
APROBAR LA CONFORMACIÓN, del Comité de Evaluación para Contratación de Personal Administrativo bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276. de la Institución Educativa Nº 00512 "Jerillo", para el periodo 2023, el mismo que estará integrado por los siguientes responsables: JUANITA ISABEL VELA ANGULO FLORENTINA VELA CARRIÓN YSAIAS FLORES TOCTO
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17/03/2023
RJ N° 322-2023-GRSM-DRE
CONCEDER LICENCIA Sin Goce de Remuneraciones a la trabajadora, que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín,
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17/03/2023
RJ N° 320-2023-GRSM-DRE
CONCEDER LICENCIA Sin Goce de Remuneraciones a la trabajadora, que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín
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17/03/2023
RJ N° 323-2023-GRSM-DRE
CONCEDER LICENCIA Sin Goce de Remuneraciones, al profesor que labora en la Jurisdicción de la Dirección Re gional de Educación de San Martín,
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17/03/2023
RJ N° 321-2023-GRSM-DRE
CONCEDER LICENCIA Sin Goce de Remuneraciones a la trabajadora, que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín,
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17/03/2023
RJ N° 324-2023-GRSM-DRE
CONCEDER LICENCIA con Goce de Remuneración por fallecimiento de su mamá, al trabajador, que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación San Martín,
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17/03/2023
RJ N° 319-2023-GRSM-DRE
CONCEDER LICENCIA con Goce de Remuneración por fallecimiento de familiar directo (mamá), al profesor, que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación San Martín
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17/03/2023
RJ N° 325-2023-GRSM-DRE
CONCEDER LICENCIA Sin Goce de Remuneraciones, al profesor que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín,
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