DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

Resoluciones


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
02/02/2023
RJ N° 82-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO, a favor Del docente nombrada de la IEP.00491 Monseñor Martín Fulgencio Elorza Legaristi.Moyobamba por concepto de la bonificación por preparación de clasesy Evaluación por la suma S/. 59,724.19 soles. NEYRA GUERRERO CARMEN ROSA
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02/02/2023
RDR N° 231-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación, contra la Resolución Jefatural Nº 000421-2022-GRSM-DRESM-U.E.305-E.L de fecha 06 de setiembre de 2022, notificada con fecha 06 de diciembre de 2022, que declara improcedente el pago de reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, con el incremento regulado por el Decreto de Urgencia Nº 105-2001 , por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA, conforme al artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. PANDURO DE TORRES DORCAS GUIBIN
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02/02/2023
RJ N° 84-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVANGADO,a favor del profesor cesante por concepto de gratificación por haber cumplido 30 años de servicio. Por la suma S/.2697.72 soles. CABRERA VASQUEZ JUAN
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02/02/2023
RDR N° 222-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00201-2021-0-2208-JR-LA-01, el pago del REINTEGRO POR CONCEPTO DE SUBSIDIO POR LUTO, a razón de CUATRO remuneraciones totales o integras; por los fallecimientos de sus progenitores de que en vida fue Don Juan Moreno Renqifo y Doña Flora Fonseca De Moreno, ambos con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA la demanda mediante Resolución Nº 05 de fecha 29 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 23 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de San Martín - Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia mediante Resolución Nº 05. MORENO FOSECA FLORA
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02/02/2023
RDR N° 230-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 000517-2022-GRSM-DRESM-U.E.305-E.L de fecha 26 de octubre de 2022, notificada con fecha 06 de diciembre de 2022, que declara improcedente el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, conforme al artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. PANDURO DE TORRES DORCAS GUIBIN
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02/02/2023
RDR N° 224-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00186-2015-0-2206-JM-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación mensual por preparación de clases y evaluación; equivalente al 30% de su remuneración total o integra, y precisando que el funcionario es Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Picota, la cual se procederá conforme los artículos 45º , 46º y 47º del texto único ordenado de la ley 27584, por el periodo desde 19 de mayo de 1992 hasta el 25 de noviembre 2012; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 01 de diciembre de 2017, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 13 de fecha 04 de enero de 2023, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 06. JIMENEZ MESIA NEYSER
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02/02/2023
RDR N° 223-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00036-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por los periodos comprendidos desde el 01 de setiembre de 1995 hasta el 31 de diciembre de 1995, el 18 de marzo de 1996 hasta el 31 de diciembre de 1996, el 01 de abril de 1997 hasta el 31 de diciembre de 1997, el 16 de marzo de 1998 hasta el 31 de diciembre de 1998, el 16 de marzo de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999 y marzo de 2000, así como el 01 de abril de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de lo ya incorrectamente pagado, II) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 22 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 27 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 06. RAMIREZ BARDALES AGUSTIN
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02/02/2023
RJ N° 91-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO,a favor del docente nombrado en la IEP.00743 Blanca Rosa Andagua de Caro Calzada, por concepto de la bonificación por preparación de clases y evaluación de 30% calculado S/.55,960.20 soles. GONGORA PUSCAN JOEL
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02/02/2023
RDR N° 219-2023-GRSM-DRE
DEJAR SIN EFECTO lo dispuesto mediante Resolución Directoral Regional Nº 0116-2022-GRSM/DRE, de fecha 03 de febrero de 2022, que RECONOCE POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00624-2015-0-2201-JM-LA-01, el reintegro de la bonificación especial preparación de clases y evaluación equivalente al 35% de su remuneración total integra que incluye el 5% por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión, por el periodo comprendido desde 23 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre del 2012, la que se calculara sobre la base de su remuneración total (integra), con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales; ya que existe la Resolución Ejecutiva Regional Nº 582-2017-GRSM/GR de fecha 15 de setiembre de 2017, que reconoce la misma pretensión, asimismo en merito a los considerandos precedentes en la presente resolución.. RUIZ VASQUEZ MARIA ELENA
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02/02/2023
RDR N° 225-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00128-2016-0-2206-JM-LA-01, la liquidación de la bonificación por preparación de clases, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, más intereses legales; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 08 de enero de 2018, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 19 de fecha 05 de enero de 2023, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 08. SALES MORRIS ROBERTO
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02/02/2023
RJ N° 85-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO,a favor de los señores por concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio por el fallecimiento de su sr.padre. La suma 5,603.00 soles. DIAZ DEL AGUILA ERIK FERNANDO / DIAZ DEL AGUILA NEIL ANTONIO
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02/02/2023
RDR N° 226-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00097-2016-0-2206-JM-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o integra; por el periodo comprendido desde el 01 de junio de 1997 hasta el 30 de abril de 2011, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más los intereses legales sin costos ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Casación Nº 21350-2018 de fecha 11 de agosto de 2022, emitida por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 16 de fecha 04 de enero de 2023, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Casación Nº 21350-2018. HIDALGO VALLES MANUEL
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02/02/2023
RDR N° 227-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 0014-2023-GRSM-DRE-UGEL PICOTA de fecha 04 de enero de 2023, notificadas con fecha 11 de enero de 2023, que declara improcedente la solicitud de pago por bonificación personal 2%, compensación vacacional, zona rural, bonificación diferencial e incremento salariales remuneración básica en base al DU.-105-2001, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA víA ADMINISTRATIVA, conforme al artículo 2280 del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. MARRUFO VENTURA AIDAR GARY CUEVA RABANAL DELIA DEL CARMEN GALVEZ GARCIA GLADIS NOELI
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02/02/2023
RJ N° 80-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO, a favor de la trabajdora de servicios de la I.E.P. 00474 German Tejada Vela -moyobamba,por concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio, por el fallecimiento de supadre, por la suma S/ 2,340.12 Soles menos lo pagado po la suma dew S/. 513.36 solses. SANTA MARIA SERRANO CARMEN ROSA
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31/01/2023
RDR N° 210-2023-GRSM-DRE
EXPEDIR E INSCRIBIR, con fecha 31 de enero de 2023, el DUPLICADO DEL TITULO PROFESIONAL, obtenido en la ESCUELA DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICA PUBLICA "TARAPOTO", de la provincia de San Martín, departamento de San Martín, de acuerdo a lo que se indica: DEL AGUILA GARCIA GENY
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31/01/2023
RDR N° 211-2023-GRSM-DRE
EXPEDIR E INSCRIBIR, con fecha 31 de enero de 2023, el Título Profesional obtenido en el INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICO PÚBLICO "DE PICOTA" del distrito de Picota, provincia de Picota, departamento de San Martín, de acuerdo a lo que se indica: CHUJANDAMA UPIACHIHUA ERICK MARTIN DE LA FLOR PAIMA ANABEL YAJHAYRA
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30/01/2023
RDR N° 205-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00017-2021-0-2209-JM-LA-01, reconociendo y reintegrando el monto diferencial de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total, con la liquidación y pago de devengados e intereses legales por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de lo ya incorrectamente pagado; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 01 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 23 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 04. DAVILA PEREZ ORLANDO
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30/01/2023
RDR N° 207-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00237-2016-0-2205-SP-CI-01, reconociendo el pago del REINTEGRO POR SUBSIDIO POR LUTO, en base a dos remuneraciones totales o integras por el fallecimiento de su cónyuge Bernardino Córdova Saavedra, en ejecución de sentencia más intereses y descontarse lo ya percibido S/ 222.40 soles sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 10 de fecha 29 de marzo de 2019, emitida por el Juzgado Mixto de Tocache; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 21 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 — Educación Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 10. AVILA MORALES HILDA
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30/01/2023
RDR N° 204-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00055-2017-0-2209-JM-CI-01, reconocimiento y reintegro del monto diferencial de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total, con la liquidación y pago de devengados e intereses legales por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 30 de septiembre de 1990, el 01 de octubre hasta el 31 de diciembre de 1991 y el 16 de abril de 1992 hasta el 25 de noviembre de 2012; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 19 de fecha 26 de abril de 2022, emitida por la Sala Mixta Descentralizada - Sede Juanjui; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 20 de fecha 02 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado Mixto Sede Tocache. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 19. RIVERA RIOS TILMER
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30/01/2023
RDR N° 208-2023-GRSM-DRE
"RECTIFICAR el Considerando Quinto y Artículo Primero Y Segundo de la Resolución Directoral Regional Nº 1857-2021-GRSM/DRE de fecha 28 de diciembre de 2021, que reconoce por mandato judicial, recaído en el expediente Nº 00125-2013-02204-JR-LA-OI, la bonificación por preparación de clases y evaluación y bonificación adicional del 5%, de la siguiente manera: Que, los accionantes REMIGIA SANCHEZ CARDENAS DE GARCIA, SISLEY CORAL VELA, PLACIDO RIOS AREVALO y TERCERO CORAL VELA (...); la misma que fue apelada por la parte demandada ante la Sala Civil Permanente de Moyobamba, generándose la Resolución Nº 06 de fecha 05 de octubre de 2022 que resuelve CONFIRMAR la sentencia apelada de primera instancia; REFORMÁNDOLA la ordenaron que el abono del reintegro de la bonificación por preparación de clases y evaluación a REMIGIA SANCHEZ CARDENAS DE GARCIA por el periodo en el que ejerció el cargo de profesora de aula desde el 17 de junio de 1997 al 30 de junio de 1997; del 01 de abril de 1998 al 31 de diciembre de 1998; del 16 de abril de 1999 al 31 de diciembre de 1999; del 01 de marzo del 2000 al 31 de diciembre de 2000; del 09 de abril de 2001 al 31 de diciembre del 2001, del 25 de marzo del 2002 al 29 de febrero del 2004 y del 01 de marzo del 2004 al 25 de noviembre del 2012; a SISLEY CORAL VELA, por haber ejercido el cargo de profesora de aula desde el 16 de mayo de 1998 al 31 de diciembre de 1998; desde el 16 de marzo de 1999 al 31 de diciembre de 1999, del 01 de marzo de 2000 al 25 de noviembre del 2012; a PLACIDO Ríos AREVALO, por el ejercicio del cargo de profesor de aula desde el 25 de abril de 1991 y el 28 de febrero de 2002, teniendo en cuenta que el periodo de la demanda solicitada el reintegro de la mencionada bonificación desde el mes de febrero de 1991 y como director solo el reintegro de la bonificación adicional del 5% desde el 01 de marzo del 2002 al 25 de noviembre del 2012 y TERCERO CORAL VELA, por el ejercicio de cargo de profesor de aula desde el 17 de abril de 1995 al 31 de diciembre de 1995; del 15 de marzo de 1996 al 31 de diciembre de 1996; del 01 de marzo de 1998 al 31 de diciembre de 1998 y de manera simultánea al haber desempeñado el cargo de director con el cargo de profesor desde el 01 de marzo de 1999 al 28 de febrero del 2002 y como director solo el reintegro de la bonificación adicional de 5% de 01 de marzo del 2002 al 28 de febrero del 2005 y desde el 01 de marzo del 2005 al 25 de noviembre del 2012; RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 2013-125-ACA, (...) REMIGIA SANCHEZ CARDENAS DE GARCIA por el periodo en el que ejerció el cargo de profesora de aula desde el 17 de junio de 1997 al 30 de junio de 1997; del 01 de abril de 1998 al 31 de diciembre de 1998; del 16 de abril de 1999 al 31 de diciembre de 1999; del 01 de marzo del 2000 al 31 de diciembre de 2000; del 09 de abril de 2001 al 31 de diciembre del 2001, del 25 de marzo del 2002 al 29 de febrero del 2004 y del 01 de marzo del 2004 al 25 de noviembre del 2012; a SISLEY CORAL VELA, por haber ejercido el cargo de profesora de aula desde el 16 de mayo de 1998 al 31 de diciembre de 1998; desde el 16 de marzo de 1999 al 31 de diciembre de 1999, del 01 de marzo de 2000 al 25 de noviembre del 2012; a PLACIDO Ríos AREVALO, por el ejercicio del cargo de profesor de aula desde el 25 de abril de 1991 y el 28 de febrero de 2002, teniendo en cuenta que el periodo de la demanda solicitada el reintegro de la mencionada bonificación desde el mes de febrero de 1991 y como director solo el reintegro de la bonificación adicional del 5% desde el 01 de marzo del 2002 al 25 de noviembre del 2012y TERCERO CORAL VELA, por el ejercicio de cargo de profesor de aula desde el 17 de abril de 1995 al 31 de diciembre de 1995; del 15 de marzo de 1996 al 31 de diciembre de 1996; del 01 de marzo de 1998 al 31 de diciembre de 1998 y de manera simultánea al haber desempeñado el cargo de director con el cargo de profesor desde el 01 de marzo de 1999 al 28 de febrero del 2002 y como director solo el reintegro de la bonificación adicional de 5% de 01 de marzo del 2002 al 28 de febrero del 2005 y desde el 01 de marzo del 2005 al 25 de noviembre del 2012, (...) la misma que fue declara fundada en parte la demanda mediante Resolución Nº 24 de fecha 10 de octubre de 2016 : ( ...) 9 02 2023 AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a Io establecido en la sentencia de vista mediante Resolución Nº 24." SANCHEZ CARDENAS DE GARCIA REMIGIA CORAL VELA SISLEY RIOS AREVALO PLACIDO CORAL VELA TERCERO
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