DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

Resoluciones


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
23/08/2023
RDR Nº 2304-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la señora MARIE SANCHEZ GARCIA, identificada con DNI Nº 01116242, en representación de su señor padre del quien en vida fue EDGAR SANCHEZ ZUTA, identificado con DNI Nº 01061473, contra la Resolución Jefatura! Nº 1484- 2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 07 de noviembre de 2022, notificada con fecha 21 de noviembre de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal de 2% y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución. MARIE SANCHEZ GARCIA
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23/08/2023
RDR Nº 2303-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la señora DORIS LILIANA BECERRA MARCELO, identificada con DNI Nº 27750604, contra la Resolución Jefatural Nº 1466-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO, de fecha 07 de noviembre de 2022, notificada con fecha 05 de diciembre de 2022, que declara improcedente el pago de reintegro de bonificación mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, más los intereses legales. DORIS LILIANA BECERRA MARCELO
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23/08/2023
RDR Nº 2305-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor RAUL PEREA LINARES, identificado con DNI Nº 01109879, contra la Resolución Jefatura! Nº 1462-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE- 301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 07 de noviembre de 2022, notificado con fecha 14 de noviembre de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución. RAUL PEREA LINARES
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23/08/2023
RDR Nº 2301-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor CARLOS CORCUERA RODRIGUEZ, identificado con DNI Nº 01105117, contra la Resolución Jefatura! Nº 1518-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 15 de noviembre de 2022, notificado con fecha 01 de febrero de 2023, que declara improcedente el pago de reintegro de la bonificación mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, más la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5%, más los intereses legales, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. CARLOS CORCUERA RODRIGUEZ
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23/08/2023
RDR Nº 2298-2023-GRSM-DRE
APROBAR la modificación del Plan Anual de Contrataciones - PAC de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín del Ejercicio Fiscal 2023, aprobado con Resolución Jefatura! Nº 052-2023-GRSM/DRE/DO-OO.UE.300 de fecha 18 de enero 2023; e induir Uno (01) procedimiento de selección para la contratación de servicio que no se encuentra incluido en dicho acto resolutivo, según lo descrito en el Anexo adjunto y que forma parte integrante de la presente resolución
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23/08/2023
RDR Nº 2299-2023-GRSM-DRE
RECTIFICAR la Resolución Directora! Regional Nº 1768-2023-GRSM/DRE, de fecha 05 de julio de 2023, que se declara el archivo el archivo de la presunta falta administrativa atribuida a don MILTON AVIDON FLORES en su calidad de Director de la UGEL de San Martín, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 212 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, corresponde rectificar de oficio el error material incurrido en la parte Resolutiva de la Resolución Directora! Regional Nº 1768-2023-GRSM/DRE
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23/08/2023
RDR Nº 2306-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor OCTAVIO PEZO PANDURO, identificado con DNI Nº 01105936, contra la Resolución Jefatura! Nº 1485-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 07 de noviembre de 2022, notificado con fecha 17 de noviembre de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal de 2% y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución. OCTAVIO PEZO PANDURO
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23/08/2023
RDR Nº 2300-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor BLADIMIR SAURIN ISHUIZA, identificado con DNI Nº 01082288, contra la Resolución Directora! U.G.E.L.S.M.N Nº 2199 de fecha 09 de septiembre de 2011, notificado con fecha 15 de diciembre de 2022, que declara improcedente el pago de reintegro de la bonificación mensual; por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. BLADIMIR SAURIN ISHUIZA
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23/08/2023
RDR Nº 2302-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la señora MARIA MILAGROS LUNA FERIA, identificada con DNI Nº 40326373, contra la Resolución Jefatura! Nº 0134- 2015-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO, de fecha 11 de febrero de 2015, notificada con fecha 13 de abril de 2015, que declara improcedente el pago de reintegro de bonificación mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, más intereses. MARIA MILAGROS LUNA FERIA
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23/08/2023
RDR Nº 2307-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor NAPOLEON VILLACORTA HERNANDEZ, identificado con DNI. Nº 00802324, contra la Carta Nº 072- 2023-GRSM-DRESM-OA/GRH-RP de fecha 26 de mayo de 2023, que declara improcedente la solicitud de reintegro de subsidio por luto, por el fallecimiento de su madre quien en vida fue la señora María Josefa Hernández Soplin Vda de Vil/acorta, acaecida el 14 de mayo de 2023, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. NAPOLEON VILLACORTA HERNANDEZ
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23/08/2023
RDR Nº 2324-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00031-2017-0-2208-JR-CA-01, a favor de PEDRO RAMIREZ RAMIREZ, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por los periodos comprendidos desde el 01 de junio de 2001 hasta el 15 de octubre del 2001, el 19 de octubre de 2001 hasta el 31 de diciembre de 2001, el 01 de junio de 2002 hasta el 31 de agosto de 2002, el 01 de setiembre de 2002 hasta el 30 de noviembre de 2002, el 01 de mayo de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2003, el 01 de abril de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004, el 01 de abril de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2006 y el 12 de marzo de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, en los que ejerció como profesor de aula, conforme a la Ley Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente resolución, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 29 de noviembre de 2017, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 17 de fecha 24 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de San Martin -Tarapoto. PEDRO RAMIREZ RAMIREZ
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23/08/2023
RDR Nº 2325-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00545-2022-0-2201-JR-LA-01 a favor de ANTONIO PASHANASI AMASIFUEN, el pago, reintegro - reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplido, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012: con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 31 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 1 O de fecha 08 de junio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. ANTONIO PASHANASI AMASIFUEN
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23/08/2023
RDR Nº 2322-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00005-2023-0-2201-JR-LA-01, a favor de SOYDELITH VARGAS PANDURO, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total integra, por los periodos comprendidos desde el 19 de setiembre de 1995 hasta el 31 de diciembre de 1995, el 01 de julio de 1996 hasta el 31 de diciembre de 1996, el 16 de marzo de 1998 hasta el 31 de diciembre de 1998, el 16 de marzo de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999, el 01 de abril de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2000, el 09 de abril de 2001 hasta el 31 de diciembre de 2001 y el 16 de marzo de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, la que se calculara sobre la base de su remuneración total (Integra), con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente e INTEGRAR el pago de los intereses legales; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 1 O de mayo de 2023, emitida por la Sala Civil Permanente de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 15 de junio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. SOYDELITH VARGAS PANDURO
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23/08/2023
RDR Nº 2323-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00021-2023-0-2201-JR-LA-01, a favor de SEGUNDO ALEJANDRO CUBAS CHAVEZ, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total integra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 29 de abril de 1991 y el 01 de marzo de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, con todo lo demás que contiene y la bonificación adicional por el desempeño del cargo y por la preparación de documentos de gestión equivalente al 5% por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 1998 hasta el 28 de febrero del 2001, las que se calcularan sobre la base de su remuneración total (integra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia , con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos por remuneración total permanente, INTEGRAR el pago de intereses legales; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 03 de mayo de 2023, emitida por la Sala Permanente de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 07 de fecha 15 de junio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. SEGUNDO ALEJANDRO CUBAS CHAVEZ
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23/08/2023
RDR Nº 2318-2023-GRSM-DRE
RECTIFICAR la Resolución Di rectoral Regional Nº 1818-2023-GRSM/DRE, de fecha 11 de julio de 2023, que reconoce por mandato judicial, recaído en el expediente Nº00075-2019-0-2202-JM-Cl-01, 1) el reajuste del pago de la remuneración personal correspondiente al 2% de su remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, 11) el reajuste del pago del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED; la misma que no ha sido pagada conforme a Ley y 111) el pago de los intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia, a favor de HEYDEN RODRIGUEZ GOMEZ, AMAUA VELA OLLAGUEZ, JOSE LUIS TELLO CHUJANDAMA, DORA MOZOMBITE DE MORALES, JORGE DAVILA AMASIFUEN, ANTONIA LÓPEZ RIOS, CRONMBEL URQUIA FASANANDO BETTINA SHAPIAMA RENGIFO DE JESUS
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23/08/2023
RDR Nº 2319-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00046-2017-0-2205-JM-LA-01, a favor de CARLOS GUSTAVO CARDENAS TELLO, el pago de cinco remuneraciones totales o íntegras a razón de tres remuneraciones totales o íntegras por subsidio por luto y dos remuneraciones totales o íntegras por gastos de sepelio, por el fallecimiento de su cónyuge Dora Angélica Abanto Rodríguez; y PRECISANDO el reintegro de los montos que no percibió como consecuencia de haberse adoptado equivocadamente el parámetro de cálculo establecido sobre la base de la remuneración total permanente, teniendo en cuenta que por este concepto percibió una suma menor a la que le correspondía, con su respectiva liquidación y pago de devengados e intereses legales sin co􀀓tos ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 16 de abril de 2018, emitida por la Sala Mixta descentralizada de Liquidación y Apelaciones de Mariscal Cáceres - Juanjuí; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 1O de fecha 09 de enero de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Juanjuí. CARLOS GUSTAVO CARDENAS TELLO
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23/08/2023
RDR Nº 2322-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00687-2015-0-2208-JM-LA-02, a favor de NANCY AMPARO PEREZ GARCIA DE BARRERA, el pago del reintegro a favor de la actora el equivalente de 2 remuneraciones totales o integras, por haber cumplido 20 años de servicios oficiales y de 3 remuneraciones totales o integras, por haber cumplido 25 años de servicios oficiales, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 12 de fecha 22 de agosto de 2017, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 18 de fecha 13 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. NANCY AMPARO PEREZ GARCIA DE BARRERA
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23/08/2023
RDR Nº 2320-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00168-2017-0-2205-JM-LA-01, a favor de HILDA RAMIREZ CHAVEZ, el pago de seis remuneraciones totales por concepto de bonificación por haber cumplido 25 y 30 años de servicios, PRECISARON que solo le corresponde abonársele el reintegro de los montos que no percibió como consecuencia de haberse adoptado equivocadamente el parámetro de cálculo establecido sobre la base de la remuneración total permanente; teniéndose en cuenta que por estos conceptos percibió una suma menor a la que le correspondía, cumplir con liquidar y pagar los devengados e intereses legales, sin costos ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 27 de marzo de 2019, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Mariscal Cáceres; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 05 de junio de 2019, emitida por el Juzgado Mixto - Sub Sede Jüanjuí. HILDA RAMIREZ CHAVEZ
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22/08/2023
RDR Nº 2277-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la señora SULMITH VALERA MOZOMBITE, identificada con DNI Nº 00919447, contra la Resolución Jefatura! Nº 0076-2023-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 06 de febrero de 2023, notificada con fecha 01 de marzo de 2023, que declara improcedente el pago de reintegro de la bonificación mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, más los intereses legales, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. SULMITH VALERA MOZOMBITE
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22/08/2023
RDR Nº 2283-2023-GRSM-DRE
declarar INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor TITO DEL AGUILA GARCIA, identificado con DNI Nº 01123457, contra la Resolución Jefatura! Nº 1710-2022- GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 22 de diciembre del 2022, notificado con fecha 07 de febrero del 2023, que declara improcedente el pago de reintegro de la bonificación mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, más los intereses legales, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. TITO DEL AGUILA GARCIA
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