DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

Resoluciones


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
18/08/2023
RDR Nº 2228-2023-GRSM-DRE
"CONCEDER LICENCIA con Goce de Remuneración por Incapacidad Temporal, a la trabajadora que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín conforme se detalla a continuación:, Oficinista II (Nombrada) (40hrs) en la I.E N° 00594 María Encamación Dgt Águila Sánchez"", Exm 019-2023313566 (09) folios.10 DIAS 06/07/2023 al 15/07/2023, 05 DIAS 17/07/2023 al 21/07/2023. ALEGRIA DE CABRERA ELVA
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18/08/2023
RDR Nº 2236-2023-GRSM-DRE
"CONCEDER LICENCIA Sin Goce de Remuneraciones, a la trabajadora que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín, cómo se detalla a continuación:, Trab. serv III (Nombrada) LE, AT' -Soritor• Moyobamba Exp. N' 019-2023531471 con, (05) 1307/2023 Sin Goce (particulares) 01 dia 13/07/2023. MENA VELA ISABEL MARGARITA
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18/08/2023
RDR Nº 2259-2023-GRSM-DRE
CONCEDER LICENCIA con Goce de Remuneración por Incapacidad Temporal, a 1􀀰 trabajadora, que labora en la Jurisdjcción de la. Dirección Regional de Educación de San Martín. VELA DE CABALLERO GLADIS, LUCIA
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18/08/2023
RDR Nº 2215-2023-GRSM-DRE
"RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00172-2021-0-2208-JR-LA-01, a favor de, el pago del reintegro POR CONCEPTO DE SUBSIDIO DE LUTO, a razón de dos remuneraciones totales o íntegras por el fallecimiento de su hijo Jorge Paredes Owaki, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más eg pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N O 07 de fecha 25 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio — Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 13 de fecha 30 de mayo de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio — Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Administración de la Unidad de Gestión Educativa Local San Martin emitir la Resolución con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución N° 07. PAREDES PAREDES ROOSELVET
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18/08/2023
RDR Nº 2237-2023-GRSM-DRE
"CONCEDER LICENCIA con Goce de Remuneración por Incapacidad Temporal, al trabajador, que labora en la jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín, conforme se detalla a continuación: Profesor (Nombrado) (30hrs)' I.E.""Clemente López Montalván"" CALZADA, Exp, N' 019-2023782656, Exp. 019-2023730307, Exp.N'019-2023973607 con 18 foIios„ 20 dias 05/06/2023 al 24/06/2023 10 dias 25/06/2023 al 04/07/2023 30/06/07/2023 al 03/08/2024 Enfermedad común 60 dias 05/06/2023 al 04/07/2023, 05/07/2023 al 03/08/2023. ESPINOZA PANAIFO LUIS ENRIQUE
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18/08/2023
RDR Nº 2227-2023-GRSM-DRE
"CONCEDER LICENCIA con Goce de Remuneración por Maternidad a la trabajadora que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín, conforme se detalla a continuación:, profesora (Contratada) (30hrs) N° 00474 ""GTV"". Exp. 019-2023129200 (07)fó1ios 98 DIAS 19/07/2023 al 24/10/2023, MATERNIDAD 19/07/2023 al 24/10/2023, ALVARADO OSWALDO CESIA JEMIMA
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18/08/2023
RDR Nº 2238-2023-GRSM-DRE
"CONCEDER LICENCIA con Goce de Remuneración por Incapacidad Temporal, a la trabajadora, que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín, conforme se detalla a continuación;, Docente Establo I (Nombrada) (40 horas) IESPP'DE UCHIZA'-Tocache 2023013036 con. (04) folios 20 dias 14/07/2023 al 02/08/2023, por enfermedad, 14/07/2023 al 02/08/2023. COLINA POZO MYRIAM NANCY
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18/08/2023
RDR Nº 2217-2023-GRSM-DRE
"RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00244-2016-0-2209-JM-CI01, a favor de;, que la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 Educación emita nueva resolución, disponiendo se pague a JESUS MERLO ROMERO, la Bonificación por Preparación de clases y Evaluación, equivalente al treinta por ciento (30%) sobre la base de la Remuneración Integra o Total del accionante, el pago de los reintegros devengados generados por la indebida aplicación del Decreto Supremo número 051-91-PCM, solo por el periodo laboral del demandante que se dio dentro la vigencia del artículo 48 modificado por la ley No 25212, desde el 01 de marzo de 1998 hasta antes del 25 de noviembre de 2012, debiendo descontarse los montos pagados que ha percibido, asimismo, el pago de los intereses legales que corresponda y sin pago de costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución N° 10 de fecha 14 de mayo de 2018, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Liquidación y Apelaciones de Mariscal Cáceres — Juanjuí; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 11 de fecha 20 de agosto de 2018, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Tocache AUTORIZAR a la Oficina de Administración de la Unidad de Gestión Educativa Local Tocache emitir la Resolución con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia de vista contenida en la Resolución N° 10 de fecha 14 de mayo de 2018. MERLO ROMERO JESUS
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18/08/2023
RDR Nº 2218-2023-GRSM-DRE
"RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00006-2019-0-2204-JR-LA-01, a favor de:, el cálculo de la bonificación personal que determina el artículo 52, tercer párrafo de la ley 24049 modificado por el artículo 1 de la ley 25212, de acuerdo a la remuneración básica señalada e el Decreto de urgencia 1052001, a partir del 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, asimismo, pagar al accionante el beneficio adicional por vacaciones equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, en base a la remuneración básica que establece el indicado Decreto de Urgencia, a partir del 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con el reintegro de las remuneraciones devengadas, más los intereses legales que correspondan, que se liquidarán en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución N° 11 de fecha 14 de diciembre de 2021, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 17 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Civil — Sede Lamas.- AUTORIZAR a la Oficina de Administración de la Unidad de Gestión Educativa Local de Lamas emitir la Resolución Directoral con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución N° 11. ALVARADO CARDENAS HAYDEE
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18/08/2023
RDR Nº 2213-2023-GRSM-DRE
"DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de apelación formulada por el docente:, quien labora en calidad de docente en la institución Educativa N° 00482 ""Ciro Saldaña Giraldo"", del Distrito y Provincia de Bellavista, en contra de la Resolución N° 1125-2023-GRSM-DRE/UGEL-B por los argumentos expuestos en los considerandos de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa; RENGIFO TAPULLIMA JANY
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18/08/2023
RDR Nº 2216-2023-GRSM-DRE
"RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00143-2016-0-2209-JM-Cl-01 a favor de:, el pago de los reintegros por habérsele pagado de manera diminuta: cuatro remuneraciones totales permanentes por subsidio por luto y gastos de sepelio, cuando lo que le corresponde es que se le pague 4 remuneraciones totales o integras que es un concepto mayor, PRECISÁNDOSE, que a la indicada demandante solo corresponde abonársele el reintegro de los montos que no percibió como consecuencia de haberse adoptado equivocadamente el parámetro de cálculo; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución N° 11 de fecha 19 de marzo de 2018, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Liquidación y Apelaciones de Mariscal Cáceres - Juanjuí; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 1 1 de fecha 19 de marzo de 2018, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Liquidación y Apelaciones de Mariscal Cáceres - Juanjuí. AUTORIZAR a la Oficina de Administración de la Unidad de Gestión Educativa Local Tocache emitir la Resolución con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia de vista contenida en la Resolución N° 11 de fecha 19 de marzo de 2018. MAJIPO MACAHUACHI TELMA
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18/08/2023
RDR Nº 2219-2023-GRSM-DRE
"RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00123-2014-0-2207-JM-Cl-01, a favor de:, el reintegro de su bonificación por concepto de preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su REMUNERACIÓN TOTAL (ÍNTEGRA), desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más los intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 07 de fecha 01 de abril de 2016, emitida por el Juzgado Mixto -Sede MBJ Rioja; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 08 de fecha 03 de octubre de 2016, emitida por el Juzgado Mixto - Sede MBJ Rioja. AUTORIZAR a la Oficina de Administración de la Unidad de Gestión Educativa Local Rioja emitir la Resolución con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución N° 07. PADILLA CHOCLOTE PEDRO PADILLA CHOCLOTE ELIZABETH
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18/08/2023
RDR Nº 2220-2023-GRSM-DRE
"RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N O 00016-2018-0-2209-JM-CI01, a favor de:, que la que la Unidad de Gestión Educativa Local de Tocache, hoy Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 Educación, emita nueva resolución, disponiendo se pague a JOSÉ FLOIRAN HUAMÁN LÓPEZ, la Bonificación por Preparación de Clases y Evaluación, equivalente al treinta por ciento (30%), sobre la base de la remuneración Íntegra Total del accionante, y el pago de los reintegros devengados generados por la indebida aplicación del Decreto Supremo número 051-91-PCM, de los periodos: a) Del 12 de abril (al 19 de setiembre de 1993: b) Del 12 de mayo al 31 de diciembre de 1994: c) Del 10 de mayo al 31 de diciembre de 1995: d) Del 09 de abril hasta 31 de diciembre de 1996: e) Del 07 de abril al 31 de diciembre de 1997: f) Del 23 de marzo al 31 de diciembre de 1998: q) Del 29 de abril al 31 de diciembre de 1999: h)Del 10 de marzo al 31 de diciembre de 2000: i) Del 01 de junio al 31 de diciembre de 2001: i)Del 15 de abril al 31 de diciembre de 2002: k) Del 07 de abril al 31 de diciembre de 2003: 1) Del 05 de abril al 31 de diciembre de 2004: m) Del mes de julio hasta diciembre del 2005: n) Del 18 de abril al 31 de diciembre de 2006:0) Del 01 de mayo al 15 de junio del 2007, más los intereses legales, debiendo descontarse los montos pagados que ha percibido; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución N° 10 de fecha 14 de mayo de 2018, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Liquidación y Apelaciones de Mariscal Cáceres -Juanjuí; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 11 de fecha 20 de agosto de 2018, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Tocache AUTORIZAR a la Oficina de Administración de la Unidad de Gestión Educativa Local Tocache emitir la Resolución con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia de vista contenida en la Resolución N° 10 de fecha 14 de mayo de 2018. HUAMAN LOPEZ JOSE FROILAN
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18/08/2023
RDR Nº 2233-2023-GRSM-DRE
"CONCEDER LICENCIA con Goce de Remuneración por Incapacidad Temporal, a la trabajadora que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín, conforme se detalla a continuación:, Profesora (Nombrada) (30hrs) I.E N° 00479 JCVRE Moyobamba Exp. 019-2023639729 con (07) fólios 05 dias 07/07/2023 al 21/07/2023 Enfermedad común 05 dias 07/07/2023 al 21/07/2023 CÓRDOVA DIAZ EDITH
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18/08/2023
RDR Nº 2221-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00053-2021-0-2205-JM-LA-01, a favor de JULIAN RODRÍGUEZ CUEVA, el pago el monto diferencial de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30%, calculado sobre la base de la Remuneración Total o íntegra, con el correspondiente pago de devengados e intereses legales y con la deducción de los montos que se le ha venido cancelando, desde el 12 de junio de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, sin costos ni costas; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución N° 09 de fecha 28 de enero de 2019, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Liquidación y Apelaciones de Mariscal Cáceres - Juanjuí; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 10 de fecha 13 de mayo de 2019, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Juanjuí. AUTORIZAR a la Oficina de Administración de la Unidad de Gestión Educativa Local Mariscal Cáceres emitir Resolución con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia de vista contenida en la Resolución N° 09. RODRIGUEZ CUEVA JULIAN
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18/08/2023
RDR Nº 2231-2023-GRSM-DRE
"CONCEDER LICENCIA con Goce de Remuneración por Incapacidad Temporal, a la trabajadora que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín, conforme se detalla a continuación; profesora (Contratada) (30hrs) - I.E. N° 00021 ""Ricardo Palma* y Colegio Nacional Pueblo Libre, Exp. N• 019-200934954 con. (07) folios,98 dias 18/07/2023 al 23/10/2023 por maternidad 98 dias 18/07/2023 23/10/2023 SÁNCHEZ CASTILLO DAGNE KAREN
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18/08/2023
RDR Nº 2223-2023-GRSM-DRE
"CONCEDER LICENCIA con Goce de Remuneración por Incapacidad Temporal y al trabajador, que 'labora en la Jurisdicción de la dirección Regional de Educación de San Martín, conforme se detalla a continuación:, Profesor (Nombrado) (30hrs) IE 'SF"" Moyobamba, Expo N' 019. 2023900946 con (08) folios DICE 27/06/2023 11/07/2023 Enfermedad común 15 DIAS 27/06/2023 al 11/07/2023. RUIZ SANDOVAL JULIO CESAR
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18/08/2023
RDR Nº 2222-2023-GRSM-DRE
Declarar IMPROCEDENTE el reclamo efectuado por: de la I.E. N 00413 del distrito y provincia de Tocache, perteneciente a la UGEL Tocache, en la disciplina de Futsal Sub 14 Masculino, en contra del delegado ABEL VILLACORTA VELA identificado con DNI N° 00821057 perteneciente a la l.E.N° 00874 "San Juan de Maynas" del distrito y provincia de Moyobamba, respecto de un hecho que se habría suscitado el 14 de agosto del año en curso en el coliseo del distrito de Soritor el mismo que no cuenta con suficiencia probatoria en tanto lo informado por el Coordinador del JEDPA. RAMOS REATEGUI RETER
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18/08/2023
RDR Nº 2225-2023-GRSM-DRE
"CONCEDER LICENCIA con Goce de Remuneración por Incapacidad Temporal, al trabajador y que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín, conforme se detalla a continuación:, Profesor (Contratado) (30hrs) I.E N' 00531 Cesar Vallejo Mendoza- Moyobamba Exp, N° 019-2023074607 con 09 fólios.08 dias 20.04.2023' 27.04.2023 12 dias 28.04.2023 a! 09.09.2023 18 dias 10/05/2023 27/05/2023 al Enfermedad 38 dias 20/04/2023 27/04/2023 28/04/2023 al 27/05/2023 VÁSQUEZ VILLACORTA ENRIQUE
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18/08/2023
RDR Nº 2242-2023-GRSM-DRE
"LICENCIA con Goce de Remuneración por incapacidad Temporal, a la trabajadora y que labora en la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de San Martín, conforme se detalla a continuación; , Profesora (Contratado) (30hrs) I.E N° 0638-SJP Moyobamba Expe N° 019, 2023847922 con (07) folios 17 dias 15/07/2023 ai 29/07/2023 por enfermedad 17 dias 15/07/2023 al 29/07/2023. MERINO CÁRDENAS PATRICIA DE JESUS
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