DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
---|---|---|---|---|
02/05/2023
|
RDR N° 870-2023-GRSM-DRE
|
DECLARAR
INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la señora NELLY RUIZ DE
REATEGUI, identificada con DNI N° 01077122, contra la Resolución Jefatura! N° 1123-
2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 13 de
setiembre de 2002, notificada con fecha 22 setiembre de 2022, que declara
improcedente el pago de reintegro de la bonificación mensual por preparación de clases
y evaluación equivalente al 30%, más la bonificación adicional por desempeño de cargo
y preparación de documentos de gestión equivalente al 5% a partir del 01 de febrero de
2002 de manera continua hasta la actualidad, más intereses legales;
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 863-2023-GRSM-DRE
|
DECLARAR
INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la set'\ora LILIA ORIETA
AREVALO BARTRA, identificada con DNI N º 01066357, contra la Resolución Jefatura!
N ° 1350-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 11 de
octubre de 2022, notificada con fecha 19 de octubre de 2022, que declara Improcedente
el pago de reintegro de la bonificación adicionar por desempet'\o de cargo por el periodo
del 21 de mayo de 1990 hasta la actualidad equivalente al 5% de la remuneración total,
más intereses legales, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la
presente resolución.
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 866-2023-GRSM-DRE
|
DECLARAR
INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor JORGE LISBETH
MESTANZA FLORES, Identificado con DNI Nº 42748928, contra la Resolución Jefatura!
N° 1124-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 13 de
setiembre de 2022, notificado con fecha 03 de octubre de 2022, que declara
improcedente el pago de reintegro dela bonificación mensual por preparación de clases
y evaluación equivalente al 30%, más los intereses legales solicitados, por los
fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 871-2023-GRSM-DRE
|
DECLARAR
INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la ser'lora PEGGY TUANAMA
CARDENAS, identificada con DNI Nº 01062753, contra la Resolución Jefatura! Nº 0918-
2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 11 de agosto
de 2022, notificada con fecha 26 de setiembre de 2022, que declara improcedente la
solicitud por el pago de bonificación mensual por preparación de clases y evaluación
equivalente al 30%, más la bonificación adicional por desemper'lo de cargo y preparación
de documentos de gestión equivalente al 5%, más la continua hasta la actualidad, más
los intereses;
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 864-2023-GRSM-DRE
|
DECLARAR
INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por LUIS MAXIMO GARCIA
MARINA1 identificado con DNI Nº 01144782, contra la Resolución Jefatura! Nº 1005-
2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 24 de agosto
de 2022, notificado con fecha 15 de setiembre de 2022, que declara improcedente la
solicitud de pago de la bonificación mensual por preparación de clases y evaluación
30%, más la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de
documentos de gestión equivalente al 5%, mas la continua hasta la actualidad, mas
intereses.
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 865-2023-GRSM-DRE
|
DECLARAR
INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por los sel'lores JOSE ALFONSO
FLORES GONZALES, identificado con- DNI N "' 01073395 y VICTOR ANTONIO
CACHIQUE YSHUIZA identificado con DNI N º 01106106, contra la Resolución Jefatura!
N ° 1082-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 06 de
setiembre de 2022, notificados con fecha 11 de octubre de 2022, que declara
improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación
personal 2% y' compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los
considerados de la presente resolución
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 862-2023-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 753-2012-ACA-Laboral, a favor de RAYMUNDO PEREIRA AGUILAR, el reconocimiento de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% calculado sobre la base de la remuneración total o integra y pago de reintegros de devengados e intereses legales por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos que se le ha venido cancelando sin costos ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 28 de setiembre de 2016, emitida por el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de la Provincia de Mariscal Cáceres - Juanjui; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 31 de julio de 2017, emitida por el Juzgado Mixto Sub Sede Juanjui.
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 861-2023-GRSM-DRE
|
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatura! Nº 903-2022-GRSM/DRE/DOOO.UE.306, de fecha 29 de diciembre del 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 896.05 a favor de FIDEL SEGUNDO TUANAMA TUANAMA, por concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8° inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 1 O de fecha 03 de marzo del 2023, asignada en el expediente judicial Nº 00377-2022-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y requiriemdo su ejecudón mediante Resolución Nº 11 de fecha 1 O de abril del 2023, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba.
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 885-2023-GRSM-DRE
|
DENOMINAR, a
partir de la vigencia de la presente Resolución, a la Institución Educativa Nº
0292, que oferta el servicio de Educación Primaria (Código Modular 0303727) y
Educación Secundaria (Código Modular 1093320), ubicado el distrito
Tabalosos, provincia de Lamas del departamento de San Martín como:
Institución Educativa Nº 0292 "Juan Antonio Ruiz Ayllón".
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 883-2023-GRSM-DRE
|
DENOMINAR, a
partir de la vigencia de la presente Resolución, a la Institución Educativa Nº
100, con Código Modular 0274266, ubicada en el distrito de Piscoyacu,
provincia de Huallaga del departamento de San Martín como: Institución
Educativa Nº 100 "Zoila del Castillo Ruiz".
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 872-2023-GRSM-DRE
|
DECLARAR
INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor JULIO CESAR
SEGUNDO TAFUR GARCIA, Identificado con DNI Nº 01149132, en condición de
Curador de su señor Padre don Ju/lo Cesar Tafur Palma, contra la Resolución Jefatura!
Nº 1285-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 30 de
setiembre de 2022, notificado con fecha 12 de octubre de 2022, que declara
improcedente el pago del reintegro de la bonificación mensual por preparación de clases
y evaluación equivalente al 30%, y la bonificación adicional por desempeño de cargo y
preparación de documentos ·de gestión equivalente al 5,% más los intereses legales, por
los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución,
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 874-2023-GRSM-DRE
|
DECLARAR
INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la señora PILAR VERGARA
FASANANDO, identificada con DNI Nº 01090717 en representación de su cónyuge
quien en vida fue don Winiston Pinchi Guerra acaecido el 28 de noviembre de 2016,
contra la Resolución Jefatura( Nº 1054-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-
EDUCACION BAJO MAYO de fect,a 02 de setiembre de 2022, notificada con fecha 18
de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la
remuneración básica, bonificación personal 2% y compensación vacacional, por los
fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución.
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 858-2023-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00581-2022-0-2208-JR-LA-01, a favor de JORGE ANTONIO SANCHEZ RODRIGUEZ, 1) el reajuste de la bonificación personal, correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, más el pago de devengados por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, 11) pago de la compensación vacacional; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, más el pago de devengados de forma retroactiva por el periodo comprendido desde el 01 demarzo de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012. 111) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados. los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 30 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 09 de marzo de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto.
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 859-2023-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N 00677·2016·0·2208•JM-LA-01, a favor de ALEJANDRO VILLANUEVA TUESTA, el pago del reintegro de bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, así como la bonificación dicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente
al 30% y 5% de la remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde la fecha en que se generó su derecho, con deducción de los importes que hayan sido
abonados por dichos conceptos sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos,
siendo FUNDADA la demanda mMiante Casación Nº 27150-2018 de fecha 22 de
setiembre de 2022, emitida por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social
Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y REQUIRIENDO su
ejecución mediante Resolución Nº' 16 de fecha 16 de enero de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio -Sede M. Compagñon Tarapoto;
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 860-2023-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR
MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00088·2018·0·2204·JR·LA-01, a
favor de JAQUELINE PAREDES GARCIA, el cálculo de la bonificación personal que
determina el artículo 52, tercer párrafo de la ley 24049 modificado por el artículo 1 de la
ley 25212, de acuerdo a la remuneración básica señalada en el Decreto de Urgencia
105-2001, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 855-2023-GRSM-DRE
|
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatura! Nº 577-2022-GRSM/DRE/DOOO, de fecha 1 O de mayo del 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 1,830.06, a favor de RAFAEL VÁSQUEZ VILLACORTA, por concepto de gratificación por haber cumplido 30 años de servicio; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 28 de fecha 09 de enero del 2023, asignada en el expediente judicial Nº 00358-2018-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba y corregida, consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución Nº 29 de fecha 03 de marzo de 2023.
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 854-2023-GRSM-DRE
|
DECLARAR LA
NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatura! Nº 1045-2022-
GRSM/DRE/DO-OO, de fecha 25 de agosto del 2022, que reconoce como créditos
devengados por la suma de S/ 8,108.48 a favor de JANETH TUESTA MENDOZA, por
concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su
remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo
8 º inciso b) y el Informe LegI N º 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra
contenido en la Resolución Judicial N º 18 de fecha 23 de noviembre del 2022, asignada
en el expediente judicial N° 00073-2020-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de
Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y requiriendo
su ejecución mediante Resolución N º 19 de fecha 20 de diciembre del 2022, emitido por
el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba.
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 857-2023-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00239-2021-0-2208-JR-LA-01, a favor de GUMER JAUREGUI LANDA, el pago del reintegro de la bonificación por preparación de clases por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 13 de setiembre de 1995 y de manera continua como parte de la pensión que viene percibiendo en condición de docente cesante, más el pago de intereses legales devengados por el concepto antes mencionado, el mismo que se liquidara en ejecución de sentencia, siendo FUNDADA l:N PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 1 O de fecha 07 de junio de 2022, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 11 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto;
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 856-2023-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR
MANDATO JUDICIAL recaído en el expediente Nº 00242-2022-0-2208-JR-LA-01, a
favor de PIEDAD GARCÍA ANGULO DE DIAZ, 1) el pago del reintegro de la bonificación
especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su
remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 16 de marzo de 2002
hasta el 31 de diciembre de 201 O, con deducción de lo ya incorrectamente pagado, 11)
pago de intereses legales de los conceptos antes mencionados, los mismos que se
liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos, siendo FUNDADA la demanda
mediante sentencia contenida en la Resolución N° 05 de fecha 26 de setiembre de 2022,
emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto;
|
Ver | |
02/05/2023
|
RDR N° 848-2023-GRSM-DRE
|
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00465-2022-0-2201-JR-LA-01, a favor de EULOGIO CIFUENTES DEL AGUILA, el pago, reintegro - reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 31 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba
|
Ver |