DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

DOCUMENTOS


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
04/11/2022
RDR Nº 2168-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00057-2019-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 12 de enero de 2017, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 27 de diciembre de 2021, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 18 de julio de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. CACHIQUE PAREDES REIMERA
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04/11/2022
RDR Nº 2179-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la carta Nº 038-2022-GRSM-DRE-DO-OOUE.300/UGA/ARP, de fecha 20 de junio 2022, notificado con fecha 28 de junio de 2022, donde declara irnprocedente la solicitud de reintegro de devengados de la CTS, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolucion. DAR POR AGOTADA LA víA ADMINISTRATIVA TUESTA DIAZ EUSEBIO
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04/11/2022
RDR Nº 2169-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00122-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 15 de octubre de 1990 al 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 09 de fecha 04 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 18 de fecha 09 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. MESTANZA GARCIA DALIA MIRNA
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04/11/2022
RDR Nº 2180-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 1055-2022-GRSM-DRE-UGEL PICOTA de fecha 20 de junio de 2022, notificado con fecha 23 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago de reintegro de la remuneración básica. bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. CHOTA FASANANDO GUILLERMO
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04/11/2022
RDR Nº 2166-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00187-2019-0-2205-JR-CI-01, el reintegro-reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el mes de marzo de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2012; por la deducción de importes que han sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; la misma que fue declarada FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de Vista contenida en la Resolución N° 09 de fecha 26 de noviembre de 2021, emitida por la Sala Mixta Descentralizada - Sede Juanjui; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 10 de fecha 12 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio-Sede Juanjuí; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. SALVADOR ESTEBAN ELEUTERIA
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04/11/2022
RDR Nº 2181-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 0902-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 11 de agosto de 2022, notificada con fecha 16 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago de la bonificación por refrigerio y movilidad de S/5.00 nuevos soles diarios, más devengados e interés, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. ANGULO HIDALGO AUREA ELISBETH
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04/11/2022
RDR Nº 2167-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00098-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Casación N° 7385-2018 de fecha 30 de setiembre de 2021 , emitida por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 04 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 302 – Educación Huallaga Central, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. AMASIFUEN SANGAMA TORIBIO
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04/11/2022
RDR Nº 2150-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 783-2022-GRSM/DRE/DO- 00 de fecha 08 de julio del 2022, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 1,990.06, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo N°051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N°18, de fecha 01 de setiembre del 2022, asignada en el expediente judicial N° 00291-2020-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba y requiriendo su ejecución mediante resolución N° 19 de fecha 27 de setiembre del 2022, emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín, emitir la resolución con el cálculo correspondiente., ANTIALON BALDEON DAVID
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04/11/2022
RDR Nº 2156-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00089-2019-0-2208-JR-LA-01, el pago de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, tomando como base el 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 17 de abril de 2001 hasta el 25 noviembre de 2012; con la deducción de los montos que le han sido abonados en base a la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida la Resolución N° 03 de fecha 05 de junio de 2020, emitida por el Juzgado Mixto/Penal Unipersonal Picota; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 07 de fecha 12 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Mixto -Sede Picota; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 – Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. HIDALGO SATALAYA FREDY
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04/11/2022
RDR Nº 2183-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDAOO. el recurso de apelación interpuesto, en representación de su cónyuge quien en vida fue don Oscar Orlando Sánchez Ramírez, contra la Resolución Jefatural Nº 0350-2022-GRSM-DRE-DO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 25 julio de 2022: notificada con fecha 10 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago de la bonificación por refrigerio y movilidad de S/ 5.00 nuevos soles diarios, más devengados e interés, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. SHAPIAMA VDA DE SANCHEZ PALMIR BERNALES
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04/11/2022
RDR Nº 2170-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00230-2016-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 25 de setiembre de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 02 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. LOPEZ CORDOVA BISELTY
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04/11/2022
RDR Nº 2173-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00019-2018-0-2207-JM-LA-01, el pago del reintegro de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 17 de abril de 1995 hasta el 30 de marzo de teniendo en cuenta las fechas en que el causante efectivamente ha -laborado como docente y/o director y la remuneración a ser considerada será la percibida en cada momento de su afectación y no la última percibida; por la deducción de importes que han sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales laborales de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25920, los mismos que se liquidarán en ejecución de sentencia sin costas ni costos, siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 13 de fecha 03 de diciembre de 2020, emitida por la Sala Civil Permanente - Sede Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 14 de fecha 26 de mayo de 2021, emitida por el 1º Juzgado Civil - Sede MBJ Rioja; AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. FERNANDEZ BUSTAMANTE VDA DE VISALOT FLOR DE MARIA
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04/11/2022
RDR Nº 2162-2022-GRSM-DRE
RECTIFICAR el Cuarto Considerando y Artículo Primero de la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° 1998-2022-GRSM/DRE de fecha 13 de octubre de 2022, sobre cumplimiento de sentencia en el proceso judicial N° 00071-20160-2208-JR-CA-01, el pago del reintegro de la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5% de su remuneración total, debe decir: siendo así, mediante Resolución Nº 04 de fecha 09 de junio de 2017. Emitida por el juzgado de Trabajo Transitorio-Sede M. Compagñon Tarapoto, (…). RAMOS ACASIETE JORGE FIDEL
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04/11/2022
RDR Nº 2175-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00043-2016-0-2207-JM-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación. equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 199C hasta ei 27 de marzo de 1994, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia sin costas ni costos, siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 21 de fecha 07 de agosto de 2019, emitida por la Sala Mixta y Penal Liquidadora - Sede Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 22 de fecha 06 de marzo de 2020, emitida por el Primer Juzgado Civil - Sede MBJ Rioja; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente
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04/11/2022
RDR Nº 2164-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 2242-2018-GRSM/DRE/DO-OO.UE.301, de fecha 02 de octubre del 2018, que reconoce crédito devengado por la suma de S/. 11,317.10, por concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra) en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 8º inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 16 de fecha 15 de setiembre del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00357-2014-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba, emitir la resolución con el cálculo correspondiente.. USHIÑAHUA RENGIFO LINDEY
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04/11/2022
RDR Nº 2163-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00446-2017-0-2208-JR-LA-01, el pago del REINTEGRO POR CONCEPTO DE SUBSIDIO POR LUTO en base a dos remuneraciones totales o íntegras; por el fallecimiento de su progenitora María Alicia Saavedra Quintana, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en Resolución Nº 06 de fecha 30 de julio de 2018, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante resolución N° 17 de fecha 23 de marzo del 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 – Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. FLORES SAAVEDRA ANGEL RAMIRO
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04/11/2022
RDR Nº 2217-2022-GRSM-DRE
ABSOLVER a la Institución educativa "Albert Einstein" - AMAE, reprsentada por el profesor MIGUEL ALPINO MELENDEZ ROBALINO, por faltas administrativas imputadas mediante Resolución Directoral Nº 2078-2022-GRSM/DRE/UGEL-M, de fecha 10 de mayo de 2022, en merito a los fundamentos expuestos en la presente resolución. I.E. "ALBERT EINSTEIN" - AMAE
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04/11/2022
RDR Nº 2160-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00109-2021-0-2208-JR-LA-01, el pago del reintegro por concepto del beneficio por haber cumplido 25 años de servicios al Estado, la suma equivalente a tres gratificaciones, calculados en base a la remuneración total o íntegra, con la deducción de lo ya incorrectamente pagado, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en Resolución N° 03 de fecha 30 de diciembre de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución NO 09 de fecha 16 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 – Educación Bajo Mayo, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. GARCIA DE VILCA LITA REGINA
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04/11/2022
RDR Nº 2187-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, en representación de su señora Madre quien vida fue doña Margarita Ruiz Mideyros acaecido el 01 de agosto de 2017, contra la Resolución Directoral Nº 001811-2021 de fecha 31 de mayo de 2022, notificado con fecha 16 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de reconocimiento del pago de intereses de devengados generados de la incorrecta aplicación del Art. 480 de la Ley Nº 24029 - Modificada por la Ley 25212, sobre la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA. CABALLERO RUIZ JACK
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04/11/2022
RDR Nº 2165-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00137-2019-0-2205-JR-CI-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el año 1999 hasta el 25 de noviembre de 2012, con la deducción de los montos que se le ha venido cancelando, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 05 de fecha 09 de diciembre de 2021, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí; y REQUIRIENOSE su ejecución mediante; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 302 – Educación Huallaga Central, emitir la resolución con el cálculo correspondiente. CONTRETAS TOMAS ELISA JANET
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