DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

DOCUMENTOS


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
21/02/2023
RDR N° 342-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 601-2013-ACA-Laboral, el reconocimiento y reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o integra, con el correspondiente pago de devengados e intereses legales por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 1992 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos que se les ha venido cancelando sin costos ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 12 de fecha 19 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de la Provincia de Mariscal Cáceres - Juanjuí; Y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 18 de fecha 17 de enero de 2018, emitida por el Juzgado Mixto de Mariscal Cáceres - Juanjuí. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Huallaga Central emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 12. GONZALES SANGAMA WALTER
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21/02/2023
RDR N° 337-2023-GRSM-DRE
RESUELVE: RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00096-2022-0-2201-JR-LA-01, disponiendo el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total integra, por los periodos comprendidos desde el 12 de abril de 1996 al 31 de mayo de 1996: del 28 de agosto de 2003 al 26 de setiembre de 2003: del 27 de setiembre del 2003 al 03 de octubre de 2003: del 14 julio de 2004 al 1 1 de setiembre de 2004: del 28 de setiembre de 2004 al 29 de octubre de 2004: del 02 de noviembre de 2004 al 19 de noviembre de 2004: del 14 de junio de 2005 al 13 de julio de 2005: del 16 de setiembre de 2005 al 31 de diciembre de 2005• del 01 de setiembre de 2006 al 30 de setiembre de 2006: y del 06 de marzo de 2007 al 31 de diciembre de 2007, la que calcula sobre la base de la remuneración total integra, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia y confirmada y reformada mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 10 de fecha 07 de setiembre de 2022, emitida por la Sala Civil Permanente de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 15 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 10. VASQUEZ RUIZ ALICIA DE JESUS
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21/02/2023
RDR N° 334-2023-GRSM-DRE
DISPONER el inicio del procedimiento administrativo de nulidad de oficio del acto administrativo contenido en {a Resolución Directoral Nº 0002-2023-GRSM-DRE-UGEL SAN MARTÍN de fecha 03 de enero de 2023, que aprueba el contrato y encarga las funciones de la Oficina de Recursos Humanos, la misma que fue expedida por el director de la Unidad de Gestión Educativa Local de San Martin; debido a que estarían inmersas en la causal de nulidad prevista en el inciso 1, 2 y 4 del artículo 10º del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y según los fundamentos expuestos en la parte considerativa. NOTIFICAR copia de la presente resolución a la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local - San Martin - Unidad Ejecutora 301- Educación Bajo Mayo, a fin de que realice la notificación a los administrados comprendidos en las citadas Resolución Directoral, otorgándoles un plazo de cinco (05) días hábiles para ejercer su derecho de defensa, alegando y presentando las pruebas que consideren pertinentes; de presentar sus descargos deberán hacerlo en mesa de partes de la Dirección Regional de Educación de San Martín (física o virtual), indicándoles que con o sin ellos, se procederá a resolver el presente caso. UGEL SAN MARTIN GONZALES SANCHEZ ROSSANA
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21/02/2023
RDR N° 336-2023-GRSM-DRE
ENCARGAR EL PUESTO, a la docente nombrada en la IES. “Abilia Ocampo” de Rioja; en el cargo de Especialista en Educación de la Dirección Regional de Educación de San Martín, con Código de plaza Nº 1121111241R5, Jornada Laboral de 40 horas cronológicas, en plaza vacante por la Licencia sin goce de haber de Julio César Torres Diaz, con vigencia desde el 16/02/2023 hasta el 31/12/2023. VILLALOBOS PILCO VILAURA
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21/02/2023
RDR N° 338-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00558-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el Pago de la bonificación personal, correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52º de la Ley Nº 24029 Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, considerando la remuneración básica incrementada en S/. 50.00 soles, por el periodo comprendido desde el 01 de octubre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, ll) pago del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de octubre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 07 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 28 de enero de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. GARATE FLORES GEUBITH
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21/02/2023
RDR N° 339-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00254-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por los periodos comprendidos desde el 16 de marzo hasta el 31 de diciembre de 1998, el 16 de marzo hasta el 31 de diciembre de 1999, el 01 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2000 y el 01 de abril de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con la deducción de lo ya incorrectamente pagado, ll) pago del recalculo de la bonificación adicional por desempeño de cargo y documentos de gestión, equivalente al 5% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 2002 hasta el 31 de enero de 2005, con deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) pago de intereses legales de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil de la presente sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 18 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 28 de enero de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. GARCÍA VILLACORTA PATRICIA PILAR
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21/02/2023
RDR N° 335-2023-GRSM-DRE
DAR POR CONCLUIDO, con eficacia anticipada a partir del 01 de enero de 2023, la designación de , el primero como presidente suplente, el segundo como Secretario Técnico suplente, y el tercero como miembro suplente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes de la Dirección Regional de Educación de San Martín; SANTANA MEZA EDWIN ÁNGEL JOPA RICHARTE JACKELIN VELA CARO MARÍA JULIA
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20/02/2023
RDR N° 333-2023-GRSM-DRE
APROBAR, las metas de admisión para el año 2023 de las Escuela e Institutos de Educación Superior Pedagógicos Públicos de acuerdo al siguiente detalle: GENERALISIMO JOSE DE SAN MARTIN TARAPOTO LAMAS DE PICOTA GRAN PAJATEN DE UCHIZA
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20/02/2023
RDR N° 332-2023-GRSM-DRE
APROBAR, las metas de admisión para el año 2023 de los Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos de acuerdo al siguiente detalle: IESTP "RIOJA" IESTP "ALTO MAYO" IESTP. "NOR ORIENTAL DE LA SELVA" IESTP "EL DORADO" IESTP "BELLAVISTA" IESTP. "HUALLAGA" IESTP "ALTO HUALLAGA" IESTP "FRANCISCO VIGO CABALLERO
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16/02/2023
RDR N° 330-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00077-2019-0-2207-JR-LA-01, el reintegro de sus remuneraciones dejadas de percibir, conforme al artículo 2 del Decreto Ley 25981, por el periodo comprendido desde el 01 de enero de 1993 hasta julio de 1995, con intereses legales sin costas y costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 23 de diciembre de 2020, emitida por el 10 Juzgado Civil - Sede MBJ Rioja; y declarándose CONSENTIDA y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 03 de noviembre de 2021 , emitida por el 10 Juzgado Civil - Sede MBJ Rioja. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 07. PINCHI SANGAMA OCTAVIO
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16/02/2023
RDR N° 331-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00014-2018-0-2207-JM-LA-01, el reintegro de la bonificación por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 20 de mayo de 1990 hasta el 31 de diciembre de 1992 y el 03 de abril de 1996 hasta el 30 de setiembre de 2010, teniendo en cuenta las fechas que efectivamente ha laborado como docente y la remuneración a ser considerada será la percibida en cada momento de su afectación y no la última percibida, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más los intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 08 de noviembre de 2019, emitida por el 10 Juzgado Civil - Sede MBJ Rioja; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 04 de junio de 2021, emitida por el 10 Juzgado Civil - Sede MBJ Rioja. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 07. VELA DIAZ MERCEDES
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16/02/2023
RDR N° 325-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00549-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el Pago de la bonificación personal, correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 520 de la Ley Nº 24029 Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, considerando la remuneración básica incrementada en S/. 50.00 soles, por el periodo comprendido desde el 01 de octubre de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, ll) pago del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de octubre de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 13 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 28 de enero de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. VIENA TANG LINA
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16/02/2023
RDR N° 326-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00191-2022-0-2208-JR-LA-01, el pago de la asignación por preparación de clases, de manera proporcional de acuerdo a la jornada pedagógica por el periodo comprendido desde el 26 de septiembre de 2011 hasta el 19 de octubre de 2011, y el 01 de marzo hasta el 25 de noviembre de 2012, teniendo como base el cálculo establecido en el artículo 74.3 del reglamento de la ley 29062, modificada por el D.S. Nº 079-2009-EF, pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 07 de noviembre de 2022, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 30 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 06. ZEÑA HOYOS EDWIN GILBERTO
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16/02/2023
RDR N° 323-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00324-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago de la asignación mensual por preparación de clases y evaluación, por los periodos comprendidos desde 01 de junio hasta el 31 de diciembre de 2008, el 01 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2009, el 15 de marzo hasta el 31 de julio de 2010, el 01 de agosto de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010 y el 01 de marzo hasta el 25 de noviembre de 2012, siempre que haya realizado función docente con alumnos a cargo de manera proporcional de acuerdo a la jornada pedagógica, teniendo como base el cálculo establecido en el artículo 74.3 del Reglamento de la ley 29062, ll) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 12 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 30 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. ORBE PEZO VIOLETA
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16/02/2023
RDR N° 324-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00544-2016-0-2208-JM-LA-02, el cálculo sobre la base de la remuneración total, conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por el periodo comprendido desde la vigencia de la ley hasta el 31 de agosto de 2002, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 20 de diciembre de 2016, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 19 de fecha 24 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 06. INFANTE LUNA ENITH
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16/02/2023
RDR N° 327-2023-GRSM-DRE
RECTIFICAR la Resolución Directoral Regional Nº 2099-2022-GRSM/DRE de fecha 27 de octubre de 2022, sobre reconocimiento del beneficio por haber cumplido 20 años, recaído en el expediente Judicial Nº 00207-2019-0-2205-JR-CI-01, de la siguiente manera: CONSIDERANDO SEPTIMO: "De los actuados se advierte que la demandante es servidora de la Unidad de Gestión Educativa Local de Mariscal Cáceres, que a su vez constituye la Unidad Ejecutora 302 - Huallaga Central, con autonomía presupuestal financiera; (....); ARTICULO SEGUNDO: "AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Huallaga Central, (...); ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR a través de Secretaría General de la Dirección Regional de Educación de San Martín la presente resolución a la administrada, a la Procuraduría Pública Regional de San Martín, y Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Huallaga Central. RUIZ DEL AGUILA LEILA
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16/02/2023
RDR N° 328-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 2017-0310-1215-JXOI-CA, el pago de reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 20 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012 en que entró en vigencia la ley 29444, que derogo la ley del profesorado; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 09 emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Liquidación y Apelaciones de Mariscal Cáceres - Juanjui; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 19 de noviembre de 2019, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 - Educación Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 09. SANTAMARIA VELA SIMON
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16/02/2023
RDR N° 329-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00059-2019-0-2207-JM-LA-01, el pago del reajuste de la remuneración personal establecida en el artículo 51 del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la carrera Administrativa, de acuerdo a la remuneración básica establecida en el Decreto de Urgencia Nº 105-2001 por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 01 de septiembre de 2013 y los respectivos intereses que se ejecutaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 11 de fecha 09 de marzo de 2021, emitida por la Sala Civil Permanente de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 09 de junio de 2021, emitida por el 10 Juzgado Civil - Sede MBJ Rioja. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 11. BRAVO SANCHEZ ENMA MIRELLA
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14/02/2023
RDR N° 321-2023-GRSM-DRE
DECLARAR de oficio la Prescripción de la Potestad Disciplinaria de la entidad al Ex Servidores Públicos, donde ha incurrido en la falta de carácter disciplinario por haber cometido actos irregulares sobre (pago de incentivos otorgado a los trabajadores administrativos de la sede de las unidades de Gestión Educativa Local de la Dirección Regional de Educación de San Martín a través del Sub CAFAE", el el periodo 2016 - 2017. EXHORTAR, a las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario de la Dirección Regional de Educación - San Martín, actuar de forma diligente en los sucesivos procedimientos a su cargo, debiendo observar de manera obligatoria los plazos que establece la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, así como los precedentes de observancia obligatoria emitidos por el Tribunal del Servicio Civil, a fin de evitar la prescipción de la potestad disciplinaria de la entidad. SECRETARIA TECNICA ORGANOS INSTRUCTORES UGEL MARISCAL CACERES RUIZ VELA JUAN CARLOS
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14/02/2023
RDR N° 320-2023-GRSM-DRE
DECLARAR de oficio la Prescripción de la Potestad Disciplinaria de la entidad para la determinación de la existencia de las faltas o infracciones, con respecto a los hechos contenidos en la denuncia la Oficina de Control institucional (OCI), contra los Funcionarios y Servidores Públicos, donde realizaron vulneración de los Principios de Conducta Procedimental y Responsabilidad Administrativa, contemplados en el Título Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, por haber cometido presuntos hechos irregulares de adjudicación y Contratación de profesionales en plazas docentes, para realizar labores administrativas en la UGEL Bellavista periodo 2018. EXHORTAR, a las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario de la Dirección Regional de Educación - San Martín, actuar de forma diligente en los sucesivos procedimientos a su cargo, debiendo observar de manera obligatoria los plazos que establece la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 0402014-PCM, así como los precedentes de cbservancia obligatoria emitidos por el Tribunal del Servicio Civil, a fin de evitar la prescripción de la potestad disciplinaria de la entidad.. SECRETARIA TECNICA ORGANOS INSTRUCTORES UGEL BELLAVISTA COBOS ANGULO JORGE RAFAEL FLORES HIDALGO JOHANNES HIDALGO SANCHEZ BELMIRA
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