DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

DOCUMENTOS


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
28/12/2022
RDR Nº 2780-2022-GRSM-DRE
APROBAR, el PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL 2023 CONSISTENCIADO CON EL PIA, cuyo anexo forma parte de la presente resolución. JEFES DE AREAS Y/O DIRECTORES DE LA DEPENDENCIAS ORGANICAS DE LA DRE-SM, OFICINA DE OPERACIONES U.E. 300 Y UGEL MOYOBAMBA.
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28/12/2022
RDR Nº 2783-2022-GRSM-DRE
DECLARAR IMPROCEDENTE por no adjuntar nueva prueba, el recurso de reconsideración interpuesto por doña ANITA DEL CARMEN TAFUR RAMOS, identificada con DNI N O 10399545, contra la Resolución Directoral Regional Nº 2344-2022-GRSM/DRE de fecha 17 de noviembre de 2022, mediante la cual se resuelve a partir del 14 de noviembre de 2022, el Convenio Estratégico de Cooperación Institucional, notificado mediante el Oficio Nº 563-2022-GRSM/SG; en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolución. NOTIFICAR la presente resolución doña ANITA DEL CARMEN TAFUR RAMOS en su domicilio real sito en la Calle Inca Roca Nº 110, Urb. San Agustín, Distrito de Comas, Provincia y Departamento de Lima, de acuerdo a Ley. TAFUR RAMOS ANITA DEL CARMEN
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28/12/2022
RDR Nº 2781-2022-GRSM-DRE
DECLARAR la Nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Nº 0886-2021-GRSM-DRE/UGEL SAN MARTIN de fecha 26 de febrero de 2021, mediante el cual se aprueba el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la UGEL San Martín y la persona jurídica denominada Promotora Educativa "GRUPO CONSITEL E.l.R.Ltda; debido a que está inmerso en la causal de nulidad establecida en el inciso 1 y 2 del artículo 10 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado a través de su Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, y según los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. EXHORTAR al Titular de la Unidad de Gestión Educativa Local de San Martín, a cumplir sus funciones conforme a la normatividad vigente. UNIDAD GESTION EDUCATIVA LOCAL SAN MARTIN CARBAJAL SURICHAQUI JAMISVAN PROMOTORA EDUCATIVA "GRUPO CONSITEL E.I.R.L"
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28/12/2022
RDR Nº 2777-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00303-2017-0-2205-SP-CI-01, el pago de reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%de su remuneración total o integra por el periodo comprendido desde el 17 de mayo de 1996 hasta el 25 de noviembre del 2012, con deducción de los descuentos respectivos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución N° 08 de fecha 31 de diciembre de 2019, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Liquidación y Apelaciones de Mariscal Cáceres - Juanjuí y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 16 de febrero de 2022, por el Juzgado Mixto - Sede Tocache; ; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 – Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. SILUPU AGUILAR RAMON
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28/12/2022
RDR Nº 2784-2022-GRSM-DRE
DECLARAR de oficio la Prescripción de la Potestad Disciplinaria de la Entidad del ex servidor instaurada mediante Resolución Directoral Regional Nº 01970-2018-GRSM-DRE de fecha 26 de noviembre de 2018; según los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. EXHORTAR, a las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario de la DRE San Martín, a actuar de forma diligente en los sucesivos procedimientos a su cargo, debiendo observar de manera obligatoria los plazos que establece la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, así como los precedentes de observancia obligatoria emitidos por el Tribunal del Servicio Civil, a fin de evitar la prescripción de la potestad disciplinaria de la entidad. TUESTA LOPEZ RICARDO SECRETARIA TECNICA DE LOS ORGANOS INSTRUCTORES PAD
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28/12/2022
RDR Nº 2785-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00383-2019-0-2201-JR-LA-01,, el reintegro de la Bonificación adicional por el desempeño del cargo y por la preparación de documentos de Gestión, respecto de I) LILIA SALAS SALAS por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 31 de diciembre de 2010. ll) MERCEDES DEL PILAR CONCHA TUESTA por el periodo comprendido desde el 09 de marzo de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2009, III) ZADITH YSABEL VILCA HOYOS por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 09 de marzo de 2004, IV) GLORIA CESPEDES CABRERA por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 16 de abril de 1996, el 01 de marzo de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2000, V) JUANA PAUCAR VILLAREAL por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 02 de marzo de 1997, el 01 de marzo de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2000, VI) MARIA TERESA PISCOYA LLONTO por el periodo comprendido desde el 14 de marzo de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2005, el 25 de marzo de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, el 01 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2009, el 01 de marzo de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010, el 01 de marzo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011, VII) MERCEDES DEL PILAR PORTOCARRERO OLORTEGUI por el periodo comprendido desde el 10 de mayo de 1994 hasta el 28 de febrero de 2001 , VIII) MELITA LOPEZ RODRIGUEZ por el periodo comprendido desde el 16 de octubre de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2002, el 01 de marzo de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004, el 01 de marzo de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, el 02 de marzo de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2009, el 01 de marzo de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010, la que se calculará sobre la base de su remuneración total (integra), con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos concepto en base a la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 05 de fecha 02 de diciembre de 2019, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 11 de fecha 10 de marzo de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 -Educación San Martin emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente PORTOCARRERO OLORTEGUI MERCEDES DEL PILAR SALAS SALAS LILIA PISCOYA LLONTO MARIA TERESA LOPEZ RODRIGUEZ MELITA PAUCAR VILLAREAL JUANA CONCHA TUESTA MERCEDES DEL PILAR CESPEDES CABRERA GLORIA VILCA HOYOS ZADITH YSABEL
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28/12/2022
RDR Nº 2776-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00005-2021-0-2205-JM-LA-01, el pago del reintegro del monto diferencial de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre del 2012; con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos por remuneración total permanente, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida la Resolución N° 05 de fecha 20 de julio de 2021, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 09 de fecha 03 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Huallaga Central emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. RUIZ CARDENAS GRIMALDO
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28/12/2022
RDR Nº 2782-2022-GRSM-DRE
DECLARAR la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Nº 0739-2022-GRSM-DRE/UGEL SAN MARTÍN, de fecha 14 de febrero de 2022, que aprueba el Convenio de Cooperación Interinstitucional; debido a que estaría inmerso en la causal de nulidad establecida en el inciso 1 y 2 del artículo 10 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado a través de su Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, de acuerdo a los fundamentos expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.Vigente al momento de la firma del Convenio y emisión de la Resolución Directoral N' 0739-2022-GRSM-DRE/UGEL SAN MARTIN, modificado por Ordenanza Regional Nº 019-2022-GRSM/CR de fecha 21 de noviembre de 2022. EXHORTAR al Titular de la Unidad de Gestión Educativa Local de San Martín, a cumplir sus funciones conforme a la normatividad vigente. UNIDAD GESTION EDUCATIVA LOCAL SAN MARTIN QUIJANO QUEZADA RAMON ROSARIO PERSONA JURIDICA "PACIFICO ORGANIZACIÓN DE ALTOS ESTUDIOS EIRL"
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28/12/2022
RDR Nº 2766-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00062-2016-0-2202-JM-CI-01, el pago del reintegro de la gratificación por haber cumplido 20 años de servicios oficiales al estado, calculadas en base a dos remuneraciones totales o integras, correspondiente al 05 de diciembre de 2005; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida la Resolución N° 07 de fecha 12 de junio de 2017, emitida por el Juzgado Mixto de Bellavista y declarándose CONSENTIDA y requiriendo su ejecución mediante Resolución N°12 de fecha 16 de agosto de 2019, emitida por el Juzgado Mixto - Bellavista; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 307 – Bellavista emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. SAAVEDRA GRANDEZ BESSY
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28/12/2022
RDR Nº 2747-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00138-2022-0-2201-JR-LA-01; el pago del reintegro - reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 04 de fecha 27 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 09 de fecha 24 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 -Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. TUANAMA MARIN DE SALAS RUTH
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28/12/2022
RDR Nº 2775-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00210-2015-0-2206-JM-LA-01, la liquidación de la diferencia que el demandante ha dejado de percibir, con los intereses legales al haberse realizado un indebido cálculo de la bonificación por preparación de clases, equivalente al 30% de su remuneración total o integra por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 2000 hasta el 25 de noviembre de 2012; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 06 de fecha 09 de octubre de 2017, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 14 de fecha 24 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. GARCIA USHIÑAHUA CARLOS ALBERTO
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28/12/2022
RDR Nº 2771-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00260-2021-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley N024029 - Ley del profesorado, modificada por la Ley N° 25212, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, ll) pago de reintegro del Beneficio adicional por vacaciones, equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional de conformidad al artículo 218 del Decreto Supremo N° 019-90-ED, la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida la Resolución N° 07 de fecha 10 de junio de 2022, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 14 de julio de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. CHOTA PINCHI HEYNE
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28/12/2022
RDR Nº 2778-2022-GRSM-DRE
RECONOCER Por MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N°00045-2017-O-2204-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 10 de mayo de 1993 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la ley del profesorado y la ley de la carrera magisterial, según corresponda en cada caso, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 07 de fecha 23 de abril de 2018, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 16 de fecha 28 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. DEL CASTILLO SABOYA GLADYS
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28/12/2022
RDR Nº 2770-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00102-2016-0-2208-JR-CA-01, el pago del reintegro de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012; en el que ejerció como profesor de aula, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente resolución, con deducción de importes que han sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 04 de fecha de 09 de octubre de 2017, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 04 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. DAVILA GONZALES DANIEL
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28/12/2022
RDR Nº 2769-2022-GRSM-DRE
RECONOCER PORMANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00066-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro -reajuste de la remuneración personal correspondiente al 5% de la remuneración básica por cada quinquenio cumplido, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre del 2001 hasta el 31 de diciembre del 2021 sin exceder de ocho quinquenios, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 04 de fecha 22 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 14 de fecha 10 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. ASPAJO FATAMA SALOMON
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28/12/2022
RDR Nº 2772-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00040-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la Bonificación Especial mensual por Preparación de Clases y Evaluación, equivalente al30% de la remuneración total o integra, por los periodos comprendidos desde 09 de mayo hasta el 31 de diciembre de 1994, el 12 de junio hasta el 31 de diciembre de 1995, el 23 de abril hasta el 31 de diciembre de 1996, el 01 de abril hasta el 31 de diciembre de 1997, el 16 de marzo hasta el 31 de diciembre de 1998, el 01 de abril hasta el 31 de diciembre de 1999, el 16 de abril hasta el 31 de diciembre de 2000, el 09 de abril hasta el 31 de diciembre de 2001 y febrero de 2002, con deducción de lo ya incorrectamente pagado, ll) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidarán en ejecución de sentencia sin costas ni costos, siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida la Resolución Nº 06 de fecha 20 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio- Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 10 de fecha 15 de noviembre de 2022 emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio- Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. GONZALES SAAVEDRA DENISE
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28/12/2022
RDR Nº 2764-2022-GRSM-DRE
DECLARAR FUNDADA LA OBSERVACIÓN por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0996-2021-GRSM/DRE/DO-OO.UE-306-R, de fecha 16 de diciembre de 2021, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 7,568.48, por concepto del 30% de Preparación de Clases y Evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 80 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 08 de fecha 24 de noviembre del 2022, asignada en el expediente judicial N° 00084-2019-0-2207-JR-LA-01; emitida ante el 1°Juzgado Civil - SEDE MBJ Rioja. MENDOZA GOMEZ ZENON ISRAEL
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28/12/2022
RDR Nº 2767-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 581-2022-GRSM/DRE/DO OO, de fecha 11 de mayo de 2022, la que reconoce créditos devengados por la suma de S/. 69.00, por concepto de Subsidio por Luto y Gastos de Sepelio por el fallecimiento de su madre doña Rosa Estela Bardalez Puerta Vda del Águila, calculado sobre la base de la remuneración total o integra, en aplicación del Decreto Supremo N°051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 21 de fecha 20 de julio de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00070-2020-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución Judicial N° 22 de fecha 15 de agosto de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martin emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente DEL AGUILA BARDALEZ CARLOS SEGUNDO
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28/12/2022
RDR Nº 2763-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00041-2018-0-2207-JM-LA-01, por el siguiente periodo comprendido desde el de setiembre de 2001 hasta el mes de enero de 2009 con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista emitido en la Resolución N° 12 de fecha 01 de agosto de 2022, emitida ante la Sala Civil Permanente de Moyobamba y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 13 de fecha 11 de noviembre de 2022, por el Primer Juzgado Civil - Sede MBJ Rioja; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. MENDOZA REYNA HILDA MERCEDES
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28/12/2022
RDR Nº 2768-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 3835-2019GRSM/DRE/DO-OO.UE.300, de fecha 30 de setiembre del 2019, la que reconoce créditos devengados por la suma de S/. 3,232.46, por concepto del 30% de Preparación de Clases y Evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91 -PCM artículo 8º inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 15 de fecha 10 de junio de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00366-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba, que resuelve; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución Judicial Nº 16 de fecha 02 de diciembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 – Educación San Martin emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. LUDEÑA GRANDEZ MARIA LAURA
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