DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

Resoluciones


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
01/12/2022
RDR Nº 2492-2022-GRSM-DRE
"CREAR, la Institución Educativa con las siguientes características: Nombre : Institución Educativa Nº 1375 Tipo de Gestión Pública de Gestión Directa Modalidad Educación Básica Regular Nivel Inicial : (Ciclo ll) Género Hombres y Mujeres Vigencia a partir del 01 de enero del año 2023 Dirección Av. Grau s/n Centro poblado Cedro Distrito Pólvora Provincia Tocache Departamento San Martín Jurisdicción Unidad de Gestión Educativa Local de Tocache DISPONER, que la Unidad de Gestión Educativa Local de Tocache, realice el proceso de reubicación por racionalización de la plaza docente con el código NEXUS: 22EVE2201163, para atender la institución educativa creada en el artículo precedente. DISPONER, que el Especialista en Estadística de la Unidad de Gestión Educativa Local Tocache, realice el suceso correspondiente para registrar lo resuelto en la presente Resolución ante la Unidad de Estadística del Ministerio de Educación." UGEL TOCACHE I.E. Nº 1375 CEDRO
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01/12/2022
RDR Nº 2494-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00033-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro por concepto del beneficio por haber cumplido 25 años de servicios al Estado, calculadas sobre la base de su remuneración total (íntegra), con la deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto en base a la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en Resolución Nº 04 de fecha 29 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 21 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martin emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. DEL AGUILA ALVAREZ CESAR
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30/11/2022
RDR Nº 2490-2022-GRSM-DRE
RECONOCER a los Comités de Evaluación de las UGEL Moyobamba, San Martín, Lamas, Bellavista, El Dorado, Mariscal Cáceres y Tocache; que tendran a su cargo el desarrollo del proceso de Evaluación de Ascenso de Escala en Educación Técnico Productiva en la Región San Martín, de acuerdo al siguiente detalle: HERRERA BENDEZU POEL RUFINO BARTUREN DIAZ JOHAN ADOLFO ROJAS MIRANDA ANTONIO WILMER DIAZ CHAVEZ RICARDO DAVID JOPA RICHARTE JACKELIN MERINO TORRES ALFONSO SANGAMA AREVALO JOISI SEGURA CHAVEZ JAIME CUESTA SANCHEZ JIMI MACIEL GARCIA CASTILLO ENILMA RIOS PANDURO ALFONSO PINCHI DAZA WILDORO PEREYRA ARAUJO CARLOS GONZALES TUANAMA GREYS GALOC TELLO PITER PINCHI TAFUR JUAN MARCOS BERRU USHIÑAHUA MARISELA PAREDES FLORES SOFIA INGA MORA JOSE JHONNY REATEGUI CHANZAPA DIOMELYN AGUILAR CHUMBE OSCAR HUMBERTO
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30/11/2022
RDR Nº 2491-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial, de la Resolución Directoral N° 1867-2022-GRSM/DRE/UGEL-R de fecha 10 de mayo del 2022, mediante la cual el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Rioja dispuso el retiro del servicio público magisterial del docente, a partir del 31 de mayo de 2015; conforme a lo resuelto en la Resolución N° 30 y N° 36 obrantes en el Expediente Judicial N° 00698-2015-0-2201-JM-LA-01; AUTORIZAR a la Unidad de Gestión Local de Rioja; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. RIMARACHIN GUEVARA HEULALIO
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29/11/2022
RJ N° 1641-2022-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO POR CONCEPTO DE LA BONIFICACIÓN POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN EXPEDIENTE 00197-2016-0-2201-JM-LA-01 POR UN MONTO DE 24.641.90 RODRIGUEZ LOPEZ NELLY
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29/11/2022
RJ N° 1642-2022-GRSM-DRE
AUTORIZAR EL ENCARGO INTERNO POR EL IMPORTE DE 5.260.00 PARA EL PAGO DE SERVICIO DE MOVILIDAD, ALIMENTACION Y HOSPEDAJE PARA LOS PARTICIPANTES DEL XI CONGRESO REGIONAL DE EIB AWAJUN-2022 BAZAN GUERRA PILY
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29/11/2022
RJ N° 1640-2022-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO POR CONCEPTO DE LA BONIFICACIÓN POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN EXPEDIENTE 00596-2016-0-2201-JM-LA-01 POR UN MONTO DE 16.669.57 VASQUEZ SANCHEZ MARIA BERSA
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29/11/2022
RDR Nº 2489-2022-GRSM-DRE
ACEPTAR la DONACION del predio inscrito en Registros Públicos en la Partida Electrónica Nº 11034815 con un área total de 0,1670 has. y perímetro 216.19 ml. Ubicado en el Centro Poblado de Nueva York, Distrito y Provincia de Moyobambha, Región San Martín; destinado a la Institución Educativa Nº 01012 perteneciente a la jurisdicción de la UGEL Moyobamba. AGRADECER, por tan noble y digno gesto en beneficio de la educación. UGEL MOYOBAMBA MORENO CRUZ HERNAN I.E. Nº 01012 NUEVA YORK
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29/11/2022
RDR Nº 2488-2022-GRSM-DRE
EXPEDIR E INSCRIBIR con fecha 29 de noviembre de 2022, el Título Profesional obtenido en ISTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR PEDAGOGICO PUBLICO "DE UCHIZA" del distrtito de Uchiza, provincia de Tocache, departamento de San Martín, de acuerdo a lo que se indica: ROMERO MIRANDA WILLIAM JORGE
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28/11/2022
RDR Nº 2451-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00522-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por el periodo comprendido desde el 20 de mayo de 1993 hasta el 25 de noviembre de 2012, la que se calculara sobre la base de su remuneración total (integra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, y el pago del reintegro - reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; asimismo reconoce el pago de reintegro de la compensación vacacional, por el periodo comprendido a enero 2012, más los intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; y requiriendo su ejecución mediante Resolución N°13 de fecha 15 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución N° 11 de fecha 05 de julio de 2022, emitida por la Sala Civil Permanente de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 13 de fecha 15 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. AGUILAR DAVILA CARMELA
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28/11/2022
RDR Nº 2461-2022-GRSM-DRE
RECTIFICAR el cuarto considerando y articulo primero de la Resolución Directoral Regional Nº 2334-2022-GRSM/DRE de fecha 14 de noviembre de 2022, sobre cumplimiento de sentencia en el proceso judicial Nº 00078-2016-0-2206JM-LA-01 , disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra. POSITO VASQUEZ WALTER
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28/11/2022
RDR Nº 2452-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N°00374-2021-0-2208-JR-LA-01, disponiendo el recalculo de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por los periodos comprendidos desde el 21 de mayo de 1990 y de manera continua como parte de la pensión que viene percibiendo en condición de docente cesante con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 03 de fecha 28 de febrero de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 07 de fecha 22 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio- Sede.M Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. SALAS GONZALES NELLY
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28/11/2022
RDR Nº 2450-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00114-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro - reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos, asimismo el pago de reintegro de la compensación vacacional, dispuesta por el artículo 218º del D.S.N° 19-90-ED, por el periodo comprendido a enero 2012, más los intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución N° 08 de fecha 06 de julio de 2022, emitida por la Sala Civil Permanente de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N°10 de fecha 15 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. LOPEZ HERNANDEZ ROCIO
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28/11/2022
RDR Nº 2453-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N°00184-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de la ya incorrectamente pagado, debiéndose de precisar que el reintegro será realizado por cada año de servicio cumplido, ll) el pago del reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 2180 del Decreto Supremo N°019-90-ED, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) el pago de los intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 30 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 08 de fecha 06 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M.Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. RAMIREZ PEZO ALBERTO
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28/11/2022
RDR Nº 2448-2022-GRSM-DRE
RECTIFICAR el cuarto considerando y artículo primero de la Resolución Directoral Regional N° 1897-2022-GRSM/DRE de fecha 05 de octubre de 2022, que reconocer por mandato judicial, recaído en el expediente N°00504-2021-02201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, de la siguiente manera; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. DIAZ COLONA LUIS ARTEMIO
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28/11/2022
RDR Nº 2449-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00103-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro por concepto del beneficio por haber cumplido 30 años de servicios al Estado, calculadas sobre la base de su remuneración total íntegra, con la sola deducción de los montos abonados a la demandante de haberse materializado pago alguno sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en Resolución Nº 03 de fecha 25 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 10 de fecha 15 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. ALVA ISLA LUCILA
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28/11/2022
RDR Nº 2447-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00095-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida la Resolución Nº 05 de fecha 05 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIENDOSE Su ejecución mediante Resolución N° 10 de fecha 25 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín, emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. DEL AGUILA ALVAREZ CESAR
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28/11/2022
RDR Nº 2454-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N°00231-2022-0-2208-JR-LA-01; l) el pago del reintegro de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de la ya incorrectamente pagado, debiéndose de precisar que el reintegro será realizado por cada año de servicio cumplido, ll) el pago del reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 2180 del Decreto Supremo N°019-90-ED, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) el pago de los intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N°03 de fecha 30 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N007 de fecha 11 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo de San Martin - Tarapoto; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. SALAS AMASIFUEN LAURA
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28/11/2022
RDR Nº 2444-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00062-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro - reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 03 de fecha 22 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N°10 de fecha 15 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 300. AGUILAR RIOS SILVIA DEL PILAR
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28/11/2022
RDR Nº 2445-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00101-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5% de su remuneración total o íntegra, por los periodos comprendidos desde 17 de abril de 2001 al 31 de diciembre de 2001 del 02 de marzo de 2009 al 31 de diciembre de 2009 del 01 de marzo de 2010 al 31 de diciembre de 2010: del 01 de marzo de 2011 al 31 de diciembre de 2011 y del 01 de marzo de 2012 al 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida la Resolución N° 10 de fecha 27 de julio de 2022, emitida por la Sala Civil Permanente de Moyobamba; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 21 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. RIOS DELGADO KELLY KARIN
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