DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

DOCUMENTOS


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
23/08/2023
RDR Nº 2300-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor BLADIMIR SAURIN ISHUIZA, identificado con DNI Nº 01082288, contra la Resolución Directora! U.G.E.L.S.M.N Nº 2199 de fecha 09 de septiembre de 2011, notificado con fecha 15 de diciembre de 2022, que declara improcedente el pago de reintegro de la bonificación mensual; por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. BLADIMIR SAURIN ISHUIZA
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2298-2023-GRSM-DRE
APROBAR la modificación del Plan Anual de Contrataciones - PAC de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín del Ejercicio Fiscal 2023, aprobado con Resolución Jefatura! Nº 052-2023-GRSM/DRE/DO-OO.UE.300 de fecha 18 de enero 2023; e induir Uno (01) procedimiento de selección para la contratación de servicio que no se encuentra incluido en dicho acto resolutivo, según lo descrito en el Anexo adjunto y que forma parte integrante de la presente resolución
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2299-2023-GRSM-DRE
RECTIFICAR la Resolución Directora! Regional Nº 1768-2023-GRSM/DRE, de fecha 05 de julio de 2023, que se declara el archivo el archivo de la presunta falta administrativa atribuida a don MILTON AVIDON FLORES en su calidad de Director de la UGEL de San Martín, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 212 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, corresponde rectificar de oficio el error material incurrido en la parte Resolutiva de la Resolución Directora! Regional Nº 1768-2023-GRSM/DRE
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2317-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00174-2017-0-2202-JM-Cl-01, a favor de ALFREDO CARDENAS PANDURO, el pago del reintegro o monto diferencial de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre del 2012, periodos laborados que han sido bajo los alcances de la Ley del Profesorado - Ley 24029 y su modificatoria Ley Nº 25212; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 10 de fecha 14 de octubre del 2020, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de ejecución mediante Resolución Nº 13 de fecha 20 de abril de 2023, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Bellavista. ALFREDO CARDENAS PANDURO
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2316-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00093-2017-0-2208-JR-CA-01 a favor de MIGUEL ANGEL DOMINGUEZ TULUMBA, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por los periodos comprendidos desde el 30 de abril de 1996 hasta el 22 de julio de 1996, el 24 de octubre de 1996 hasta el 31 de diciembre de 1996, el 01 de abril de 1997 hasta el 31 de diciembre de 1997, el 01 de marzo de 1998 hasta el 30 de noviembre de 2009, en los que ha ejercido el cargo de profesor de aula, conforme a la Ley Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente resolución, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 29 de diciembre de 2017, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y CÚMPLASE con lo ejecutoriado mediante Resolución Nº 13 de fecha 14 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. MIGUEL ANGEL DOMINGUEZ TULUMBA
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2301-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor CARLOS CORCUERA RODRIGUEZ, identificado con DNI Nº 01105117, contra la Resolución Jefatura! Nº 1518-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 15 de noviembre de 2022, notificado con fecha 01 de febrero de 2023, que declara improcedente el pago de reintegro de la bonificación mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, más la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5%, más los intereses legales, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. CARLOS CORCUERA RODRIGUEZ
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2332-2023-GRSM-DRE
DECLARAR FUNDADA LA OBSERVACIÓN por mandato judicial de la Resolución Jefatura! Nº 865-2020-GRSM/DRE/DO-OO.UE-306-R, de fecha 13 de febrero del 2020; que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 10,057.28 a favor de ROSARIO SANTILLAN TRIGOZO, por concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 22, de fecha 1 O de junio del 2023, asignada en el expediente judicial Nº 00028-2015-0-2207-JM-Cl-01; emitida ante el Primer Juzgado Civil - Sede MBJ Rioja. ROSARIO SANTILLAN TRIGOZO
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2239-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00298-2022-0-2201-JR-LA-01, a favor de DELFIN PINEDO VARGAS, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 01 de febrero de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012, la que se calculara sobre la base de su remuneración total (integra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 24 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 17 de abril de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. DELFIN PINEDO VARGAS
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2302-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la señora MARIA MILAGROS LUNA FERIA, identificada con DNI Nº 40326373, contra la Resolución Jefatura! Nº 0134- 2015-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO, de fecha 11 de febrero de 2015, notificada con fecha 13 de abril de 2015, que declara improcedente el pago de reintegro de bonificación mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, más intereses. MARIA MILAGROS LUNA FERIA
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2336-2023-GRSM-DRE
APROBAR EL CONTRATO , en plaza vacante docente del Instituto/ Escuela de Educación Superior Pedagógica por servicios personales suscritos por la unidad ejecutora. BARDALES DEL AGUILA, MARCO
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2309-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00227-2016-0-2205-SP-Cl-01 a favor de ARLE LUCIA URIOL PEREZ, el pago de Cuatro remuneraciones totales o íntegras, a razón de dos remuneraciones totales o íntegras por subsidio por Luto y dos remuneraciones totales o íntegras por gastos de sepelio, PRECISÁNDOSE, que a la indicada demandante solo corresponde abonársele el reintegro de los montos que no percibió como consecuencia de haberse adoptado equivocadamente el parámetro del cálculo establecido sobre la base de la remuneración total permanente, teniéndose en cuenta que por ese concepto percibió una suma menor a la que le correspondía; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 14 de fecha 30 de septiembre de 2019, emitida por la Sala Mixta Liquidadora y de Apela· tones de Mariscal Cáceres - Juanjuí; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 06 de agosto de 2021, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache. ARLE LUCIA URIOL PEREZ
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2311-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00705-2022-0-2201-JR-LA-01, a favor de JULIO ABEL LOPEZ VILLACORTA, el pago por SUBSIDIO POR LUTO, equivalente a DOS remuneraciones, la que se calculara sobre la base de la remuneración total (integra) por el fallecimiento de su cónyuge Marta Luz Reategui de Lopez, más intereses legales sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Resolución Nº 04 de fecha 13 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 03 de mayo de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. JULIO ABEL LOPEZ VILLACORTA
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2312-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00716-2022-0-2201-JR-LA-01, a favor de YSIDORA SANDOVAL GOMEZ, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total integra, por el periodo comprendido desde el 14 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2005, la que se calculara sobre la base de su remuneración total (integra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida. en la Resolución Nº 03 de fecha 03 de marzo de 2023, emitida por el Juzgado de "'f rabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 05 de junio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. YSIDORA SANDOVAL GOMEZ
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2310-2023-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatura! Nº 0500-2022-GRSM­DRESM-U.E.305-E.L; de fecha 14 de octubre del 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de SI 14,120.75 a favor de CLAUSEN PINEDO PEZO, por concepto del pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 8º inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 18 de fecha 06 de junio del 2023, asignada en el expediente judicial Nº 00043-2021-0-2201-JR-LA-01; emitid2 ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. CLAUSEN PINEDO PEZO
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2314-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00016-2017-0-2205-JM-LA-01, a favor de BEDER CERRON DEL CASTILLO, el reconocimiento y reintegro del monto diferencial de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% calculado sobre la base de la remuneración total o integra, con el correspondiente pago de devengados e intereses legales, por el periodo comprendido desde el 09 de marzo de 1998 hasta el 25 de noviembre del 2012, con la deducción de los montos que se le ha venido cancelando sin costos ni costas; siendo FUND.t..DA la demanda mediante Resolución Nº 05 de fecha 27 de abril de 2018, emitida por el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de la Provincia de Mariscal Cáceres - Juanjuí; y CÚMPLASE con lo ejecutoriado mediante Resolución Nº 1 O de fecha 05 de junio de 2019, emitida por el Juzgado Mixto - Sub Sede Juanjuí. BEDER CERRON DEL CASTILLO
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2307-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor NAPOLEON VILLACORTA HERNANDEZ, identificado con DNI. Nº 00802324, contra la Carta Nº 072- 2023-GRSM-DRESM-OA/GRH-RP de fecha 26 de mayo de 2023, que declara improcedente la solicitud de reintegro de subsidio por luto, por el fallecimiento de su madre quien en vida fue la señora María Josefa Hernández Soplin Vda de Vil/acorta, acaecida el 14 de mayo de 2023, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. NAPOLEON VILLACORTA HERNANDEZ
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2313-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00135-2016-0-2208-JM-LA-01, a favor de GENL Y IVONNY FLORES ORBE, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 12 de agosto hasta el 10 de setiembre de 2007 y el 01 de marzo de 2012 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos que hayan percibido por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, toda vez que, mediante Ley Nº 29944- Ley de la Reforma Magisterial , vigente desde el 26 de noviembre de 2012; que deroga la Ley Nº 25212 modificatoria de la Ley Nº 24029, rige un sistema distinto respecto al pago de la bonificación especial por preparación de clases, más intereses laborales de conformidad con lo dispuesto por Decreto Ley Nº25920, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 25 de octubre de 2016, emitida por el Segundo Juzgado de Familia - Sede Maynas - Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 19 de fecha 25 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de San Martin - Tarapoto. GENL Y IVONNY FLORES ORBE
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2308-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00261-2021-0-2208-JR-LA-01, a favor de los HEREDEROS (HUMBERTO TUESTA SAAVEDRA Y MARIA ALEJANDRA TUESTA RODRIGUEZ) de la causante MARIA ANA RODRIGUEZ LAVADO DE TUESTA, i) el reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, tomando como base el 30% de la remuneración total o integra de la causante, a partir del 21 de mayo de 1990 hasta el 29 de julio de 2009 con la deducción de los montos que han sido abonados por la indicada bonificación calculada en base a la remuneración total permanente, ii) pago de intereses legales de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil , los mismos que se liquidarán en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 09 de fecha 29 de septiembre 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y CÚMPLASE con lo ejecutoriado mediante Resolución Nº 16 de fecha 11 de mayo de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. HUMBERTO TUESTA SAAVEDRA Y MARIA ALEJANDRA TUESTA RODRIGUEZ
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2315-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00053-2021-0-2205-JM-LA-01, a favor de DAMASO DEL AGUILA RENGIFO, el pago del reintegro o monto diferencial de la Bonificación especial Mensual por Preparación de Clases y Evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, sólo por el periodo laboral comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 03 de mayo de 1999, más los intereses legales respectivos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 15 de marzo de 2023, emitida por la Sala Mixta Descentralizada - Sede Juanjuí; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 08 de mayo de 2023, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Juanjuí. DAMASO DEL AGUILA RENGIFO
Ver
23/08/2023
RDR Nº 2305-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor RAUL PEREA LINARES, identificado con DNI Nº 01109879, contra la Resolución Jefatura! Nº 1462-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE- 301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 07 de noviembre de 2022, notificado con fecha 14 de noviembre de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución. RAUL PEREA LINARES
Ver