DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

DOCUMENTOS


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
02/02/2023
RDR N° 236-2023-GRSM-DRE
DAR POR CONCLUIDO, a partir del 01 de enero de 2023, al señor EDWIN y a partir del 03 de enero de 2023, al señor SEGUNDO HIPOLITO SALDAÑA PÉREZ, y a don EDUARDO MIGUEL TARROLLO MUÑOZ, el primero como presidente, el segundo y tercero como integrantes de la Comisión Técnica para el Proceso de Ascenso de Nivel en el mismo grupo ocupacional, de los trabajadores nombrados de la bajo el régimen laboral Decreto Legislativo Nº 276, de la Dirección Regional de Educación San Martín. SANTANA MEZA EDWIN ANGEL SALDAÑA PEREZ SEGUNDO HIPOLITO TARRILLO MUÑOZ EDUARDO MIGUEL
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02/02/2023
RJ N° 86-2023-GRSM-DRE
RECONODER COMO CREDITO DEVENGADO, a favor de director encargado en la IEP. 00974, la Escuela del Bosque, en soritor por concepto de la bonificación por el 30% de preparación de clases y evaluación.La suma S/.24,388.15 soles. JUAREZ PISCOYA ANA MARIBEL
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02/02/2023
RJ N° 87-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO,a favor de la señora nombrada como oficinista en al IEP.00659, FTR moyobamba, por concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio por el fallecimiento de su sra, madre. La suma S/.2398.28 soles. CANLLA CHUQUI KARINA DEL ROCIO
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02/02/2023
RJ N° 81-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO, a favor deL docentede de la I.E.P. 00474 German Tejada Vela -moyobamba,por concepto de la bonificacíon de preparación de clases y evalución por la suma S/.6,569.76 soles. TIPA BARBARAN JORGE
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02/02/2023
RDR N° 231-2023-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación, contra la Resolución Jefatural Nº 000421-2022-GRSM-DRESM-U.E.305-E.L de fecha 06 de setiembre de 2022, notificada con fecha 06 de diciembre de 2022, que declara improcedente el pago de reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, con el incremento regulado por el Decreto de Urgencia Nº 105-2001 , por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA, conforme al artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. PANDURO DE TORRES DORCAS GUIBIN
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02/02/2023
RDR N° 239-2023-GRSM-DRE
APROBAR, “PROTOCOLO Nº 001-2023-GRSM/DRESM-D “PLANIFICACIÓN, EJECUCIÓN Y EVALUACION DE LAS ACTIVIDADES (TALLERES, REUNIONES, EVENTOS, ENTRE OTROS RELACIONADOS) EN EL DEL AMBITO JURISDICCIONAL DE LA DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION SAN MARTIN”, la misma que forma parte de la presente resolución. DIRECCION DE OPERACIONES UNIDADES GESTION EDUCATIVA LOCAL
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02/02/2023
RDR N° 240-2023-GRSM-DRE
APROBAR, la DIRECTIVA Nº 003-2023-GRSM-DRE-D “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL USO DEL FONDO FIJO PARA CAJA CHICA EN EL AMBITO JURISDICCIONAL DE LA DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION SAN MARTIN”, la misma que forma parte de la presente resolución. DIRECCION DE OPERACIONES UNIDADES GESTION EDUCATIVA LOCAL
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02/02/2023
RDR N° 241-2023-GRSM-DRE
APROBAR LA CONFORMACION, del Comité de Evaluación para Contratación de Personal Administrativo bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, de la IE Nº 00475 "María Lizarda Vásquez López" de Moyobamba, para el periodo 2023, el mismo que estará integrado por los siguientes responsables: CARRASCO SANTOS RODULFO SOPLIN VILLACORTA FERNANDO BARDALES TUESTA VICENTE TUESTA NAVARRO LUCILA ALVAREZ JULCA BENJAMIN
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02/02/2023
RDR N° 242-2023-GRSM-DRE
APROBAR LA CONFORMACION, del Comité de Evaluación para Contratación de Personal Administrativo bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, de la IE NO 00874 "San Juan de Maynas" de Moyobamba, para el periodo 2023, el mismo que estará integrado por los siguientes responsables: REVILLA ALAYA EDWIN OLIVER VILLACORTA PAIMA ESTHER FIORELLA HUAMAN CABRERA LEONCIO DEL AGUILA GARCIA AMPARO GRANDEZ PORTOCARRERO AUGUSTO MARINO
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02/02/2023
RJ N° 82-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO, a favor Del docente nombrada de la IEP.00491 Monseñor Martín Fulgencio Elorza Legaristi.Moyobamba por concepto de la bonificación por preparación de clasesy Evaluación por la suma S/. 59,724.19 soles. NEYRA GUERRERO CARMEN ROSA
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02/02/2023
RJ N° 80-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO, a favor de la trabajdora de servicios de la I.E.P. 00474 German Tejada Vela -moyobamba,por concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio, por el fallecimiento de supadre, por la suma S/ 2,340.12 Soles menos lo pagado po la suma dew S/. 513.36 solses. SANTA MARIA SERRANO CARMEN ROSA
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02/02/2023
RJ N° 83-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO, a favor de la docente de la IEP 00474 German Tejada Vela, Moyobamba por concepto de bonificación por preparación de clasesy evaluación.por la suma S/.10,753.84 soles. TICLIAHUANCA LIZANA MARIA ELGAR
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02/02/2023
RJ N° 85-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO,a favor de los señores por concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio por el fallecimiento de su sr.padre. La suma 5,603.00 soles. DIAZ DEL AGUILA ERIK FERNANDO / DIAZ DEL AGUILA NEIL ANTONIO
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02/02/2023
RDR N° 237-2023-GRSM-DRE
DESIGNAR, a partir del 02 de febrero de 2023, el primero como presidente, el segundo y tercero como integrantes de la Comisión Técnica para Ascenso de Nivel en el mismo grupo ocupacional, de los trabajadores nombrados bajo el régimen laboral Decreto Legislativo N 0276, de la Dirección Regional de Educación San Martín, quedando conformado en el siguiente detalle: RIVERO MUÑOZ LOLIN MELENDEZ AREVALO AUGUSTO WIDERHAL BONILLA SAAVEDRA DIANA SALOME RENGIFO FASABI CARLOS CELIS MACEDO BETTY LUCILA TUESTA VELA SEGUNDO
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02/02/2023
RJ N° 84-2023-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVANGADO,a favor del profesor cesante por concepto de gratificación por haber cumplido 30 años de servicio. Por la suma S/.2697.72 soles. CABRERA VASQUEZ JUAN
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02/02/2023
RJ N° 88-2023-GRSM-DRE
RECONODER COMO CREDITO DEVENGADO, a favor de la señora nombrada como auxiliar de educación en la IEP. 00479,Juan Climaco Vela ,por concepto de preparación de clase y evaluación equivalente al 30%de su remuneración total. La suma S/.2314.10 soles. ALVARADO PAREDES LLESY
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31/01/2023
RDR N° 211-2023-GRSM-DRE
EXPEDIR E INSCRIBIR, con fecha 31 de enero de 2023, el Título Profesional obtenido en el INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICO PÚBLICO "DE PICOTA" del distrito de Picota, provincia de Picota, departamento de San Martín, de acuerdo a lo que se indica: CHUJANDAMA UPIACHIHUA ERICK MARTIN DE LA FLOR PAIMA ANABEL YAJHAYRA
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31/01/2023
RDR N° 210-2023-GRSM-DRE
EXPEDIR E INSCRIBIR, con fecha 31 de enero de 2023, el DUPLICADO DEL TITULO PROFESIONAL, obtenido en la ESCUELA DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICA PUBLICA "TARAPOTO", de la provincia de San Martín, departamento de San Martín, de acuerdo a lo que se indica: DEL AGUILA GARCIA GENY
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30/01/2023
RDR N° 207-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00237-2016-0-2205-SP-CI-01, reconociendo el pago del REINTEGRO POR SUBSIDIO POR LUTO, en base a dos remuneraciones totales o integras por el fallecimiento de su cónyuge Bernardino Córdova Saavedra, en ejecución de sentencia más intereses y descontarse lo ya percibido S/ 222.40 soles sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 10 de fecha 29 de marzo de 2019, emitida por el Juzgado Mixto de Tocache; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 15 de fecha 21 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Tocache. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 — Educación Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 10. AVILA MORALES HILDA
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30/01/2023
RDR N° 208-2023-GRSM-DRE
"RECTIFICAR el Considerando Quinto y Artículo Primero Y Segundo de la Resolución Directoral Regional Nº 1857-2021-GRSM/DRE de fecha 28 de diciembre de 2021, que reconoce por mandato judicial, recaído en el expediente Nº 00125-2013-02204-JR-LA-OI, la bonificación por preparación de clases y evaluación y bonificación adicional del 5%, de la siguiente manera: Que, los accionantes REMIGIA SANCHEZ CARDENAS DE GARCIA, SISLEY CORAL VELA, PLACIDO RIOS AREVALO y TERCERO CORAL VELA (...); la misma que fue apelada por la parte demandada ante la Sala Civil Permanente de Moyobamba, generándose la Resolución Nº 06 de fecha 05 de octubre de 2022 que resuelve CONFIRMAR la sentencia apelada de primera instancia; REFORMÁNDOLA la ordenaron que el abono del reintegro de la bonificación por preparación de clases y evaluación a REMIGIA SANCHEZ CARDENAS DE GARCIA por el periodo en el que ejerció el cargo de profesora de aula desde el 17 de junio de 1997 al 30 de junio de 1997; del 01 de abril de 1998 al 31 de diciembre de 1998; del 16 de abril de 1999 al 31 de diciembre de 1999; del 01 de marzo del 2000 al 31 de diciembre de 2000; del 09 de abril de 2001 al 31 de diciembre del 2001, del 25 de marzo del 2002 al 29 de febrero del 2004 y del 01 de marzo del 2004 al 25 de noviembre del 2012; a SISLEY CORAL VELA, por haber ejercido el cargo de profesora de aula desde el 16 de mayo de 1998 al 31 de diciembre de 1998; desde el 16 de marzo de 1999 al 31 de diciembre de 1999, del 01 de marzo de 2000 al 25 de noviembre del 2012; a PLACIDO Ríos AREVALO, por el ejercicio del cargo de profesor de aula desde el 25 de abril de 1991 y el 28 de febrero de 2002, teniendo en cuenta que el periodo de la demanda solicitada el reintegro de la mencionada bonificación desde el mes de febrero de 1991 y como director solo el reintegro de la bonificación adicional del 5% desde el 01 de marzo del 2002 al 25 de noviembre del 2012 y TERCERO CORAL VELA, por el ejercicio de cargo de profesor de aula desde el 17 de abril de 1995 al 31 de diciembre de 1995; del 15 de marzo de 1996 al 31 de diciembre de 1996; del 01 de marzo de 1998 al 31 de diciembre de 1998 y de manera simultánea al haber desempeñado el cargo de director con el cargo de profesor desde el 01 de marzo de 1999 al 28 de febrero del 2002 y como director solo el reintegro de la bonificación adicional de 5% de 01 de marzo del 2002 al 28 de febrero del 2005 y desde el 01 de marzo del 2005 al 25 de noviembre del 2012; RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 2013-125-ACA, (...) REMIGIA SANCHEZ CARDENAS DE GARCIA por el periodo en el que ejerció el cargo de profesora de aula desde el 17 de junio de 1997 al 30 de junio de 1997; del 01 de abril de 1998 al 31 de diciembre de 1998; del 16 de abril de 1999 al 31 de diciembre de 1999; del 01 de marzo del 2000 al 31 de diciembre de 2000; del 09 de abril de 2001 al 31 de diciembre del 2001, del 25 de marzo del 2002 al 29 de febrero del 2004 y del 01 de marzo del 2004 al 25 de noviembre del 2012; a SISLEY CORAL VELA, por haber ejercido el cargo de profesora de aula desde el 16 de mayo de 1998 al 31 de diciembre de 1998; desde el 16 de marzo de 1999 al 31 de diciembre de 1999, del 01 de marzo de 2000 al 25 de noviembre del 2012; a PLACIDO Ríos AREVALO, por el ejercicio del cargo de profesor de aula desde el 25 de abril de 1991 y el 28 de febrero de 2002, teniendo en cuenta que el periodo de la demanda solicitada el reintegro de la mencionada bonificación desde el mes de febrero de 1991 y como director solo el reintegro de la bonificación adicional del 5% desde el 01 de marzo del 2002 al 25 de noviembre del 2012y TERCERO CORAL VELA, por el ejercicio de cargo de profesor de aula desde el 17 de abril de 1995 al 31 de diciembre de 1995; del 15 de marzo de 1996 al 31 de diciembre de 1996; del 01 de marzo de 1998 al 31 de diciembre de 1998 y de manera simultánea al haber desempeñado el cargo de director con el cargo de profesor desde el 01 de marzo de 1999 al 28 de febrero del 2002 y como director solo el reintegro de la bonificación adicional de 5% de 01 de marzo del 2002 al 28 de febrero del 2005 y desde el 01 de marzo del 2005 al 25 de noviembre del 2012, (...) la misma que fue declara fundada en parte la demanda mediante Resolución Nº 24 de fecha 10 de octubre de 2016 : ( ...) 9 02 2023 AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a Io establecido en la sentencia de vista mediante Resolución Nº 24." SANCHEZ CARDENAS DE GARCIA REMIGIA CORAL VELA SISLEY RIOS AREVALO PLACIDO CORAL VELA TERCERO
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