DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

DOCUMENTOS


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
15/12/2022
RDR Nº 2658-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 067-2020GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 20 de enero de 2020, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 12,587.17, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 80 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 17, de fecha 26 de octubre del 2020, asignada en el expediente judicial Nº 00242-2014-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. VALDERRAMA PADILLA PALMIR PEPITA
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15/12/2022
RDR Nº 2659-2022-GRSM-DRE
DECLARAR NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 503-2022-GRSM/DRE/DO00.UE.306, de fecha 02 de junio de 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 1,359.13, por concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 80 inciso b) y el Informe Legal N°524-2012-SERVlR; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 20 de fecha 01 de setiembre de 2022, asignada en el expediente judicial N° 00675-2017-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N°21 de fecha 09 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. VERASTEGUI ALTAMIRANO MARLENI
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15/12/2022
RDR Nº 2660-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0225-2022GRSM- DRE/DO-OO.UE.307, de fecha 14 de julio de 2022 y Resolución Jefatural N° 0226-2022-GRSWDRE/DO-OO.UE.307, de fecha 14 de julio de 2022; que reconoce W-- pomo créditos devengados, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 8 0 inciso b) y el Informe Legal N O 524-2012SERVIR/GPGS; a favor de PEDRO BELTRAN USHIÑAHUA USHIÑAHUA, reconociendo la suma de S/. 14,352.97; y NELLY CACHIQUE AGUIRRE, reconociendo la suma de S/. 14,065.30; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N O 13 de fecha 09 de noviembre de 2022, asignada en el expediente judicial N° 003722018-0-2201-JR-LA-OI; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N °14 de fecha 22 de noviembre del 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio — Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 307 – Educación Bellavista emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. USHIÑAHUA USHIÑAHUA PEDRO BELTRAN
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15/12/2022
RDR Nº 2655-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0506-2022GRSM/DRE/DO-OO.UE.306, de fecha 02 de junio de 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 6,018.46, por concepto de 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 05191-PCM artículo 8° inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 14 de fecha 22 de junio de 2022, asignada en el expediente judicial N° 00195-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N° 15 de fecha 07 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306-Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. SAAVEDRA DAVILA MARCO ANTONIO
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15/12/2022
RDR Nº 2654-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0007-2021GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 12 de enero de 2021, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 265.40, por el concepto subsidio por luto por el fallecimiento de su señor padre de quien vida fue don Pedro Hildebrando Torres Barturen, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 09, de fecha 24 de mayo del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00151-2018-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. TORRES IZQUIERDO DILMER
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15/12/2022
RDR Nº 2656-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0722-2022-GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 01 de agosto de 2022, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 3,214.44, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 14, de fecha 06 de octubre del 2022, asignada en el expediente judicial N° 00374-2021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. SEJEKAM WAJAJAI ANGEL
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15/12/2022
RDR Nº 2653-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 2525-2019 GRSM/DRE/DO-00.UE.306 de fecha 17 de septiembre de 2019, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 82.96, por el concepto del subsidio por Luto y Gastos de Sepelio por fallecimiento de su conyugue calculado sobre la base de su remuneración total (integra) en aplicación del DS Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 20 de fecha 15 de agosto de 2022 asignada en el expediente judicial Nº 00747-2016-02201 -JM-LA-01 , emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba y consentida mediante Resolución Nº 21 de fecha 02 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. RODRIGUEZ GUERRA AYLI MARGOT
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15/12/2022
RDR Nº 2665-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, en representación de su cónyuge don Edward Guadalupe Villacorta acaecido el 29 de marzo de 2022, contra la Resolución Jefatural Nº 465-2022-GRSM/DRE/DO-OO, de fecha 12 de abril 2022, notificada con fecha 16 de noviembre de 2022, que declara Cesar por fallecimiento, a partir del 30 de marzo de 2022, en el cargo de profesor, primera escala magisterial con jornada laboral de treinta (30) horas, otorgando la suma de nueve mil ochocientos con 84/100 (9,800.84) soles, y reconociendo veintiocho (28) años dos (02) meses y ocho (08) días, de servios oficiales al estado, así mismo la remuneración vacacional trunca por la suma de quinientos con 04/100 soles (S/. 500.04), por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA. CASTILLO POQUIS LUSVIT AUROLINDA
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15/12/2022
RDR Nº 2657-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00152-2022-0-2201-JR-LA-01, disponiendo el pago REINTEGRO DE SUBSIDIO POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO, calculadas sobre la base remuneraciones totales o íntegras; por el fallecimiento de su progenitora María Artemiza Gómez Vda de Velásquez; con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA la demanda mediante Resolución Nº 04 de fecha 27 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N°10 de fecha 07 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martin emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. VELASQUEZ GOMEZ MARIA ELSA
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15/12/2022
RDR Nº 2652-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 0912-2021-GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 03 de noviembre de 2021, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 6,312.93, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 18, de fecha 31 de agosto del 2022, asignada en el expediente judicial N° 00139-2012-02201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba y consentida la Resolución Nº 19 de fecha 08 de noviembre del 2022; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. PAREDES BURGOS ELIZABETH
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15/12/2022
RDR Nº 2666-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 0911-2022-GRSM/DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 11 agosto de 2022, notificada con fecha 14 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago de la bonificación por refrigerio y movilidad de S/ 5.00 nuevos soles diarios, más devengados e interés, por los fundamentos expuestos en los considerandos; DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA. ACHING RAMIREZ JENY
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15/12/2022
RDR Nº 2651-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0207-2022GRSWDRE/DO-OO.UE.306 de fecha 22 de marzo de 2022, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 109,32, por el concepto subsidio por luto y gasto de sepelio por el fallecimiento de su señora madre, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo N°051-91-PCM artículo 8º inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N°18, de fecha 19 de agosto del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00169-2020-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. MUÑOZ VARGAS OFELIA
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15/12/2022
RDR Nº 2691-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Ficta por haber operado el silencio administrativo negativo a la solicitud de fecha 09 de marzo de 2020, donde solicita reajuste de la remuneración personal, bonificación diferencial y bonificaciones preceptuadas por los D.U N° 090-95, 073-97 y 011-99 y compensación vacacional a partir de setiembre de 2001 , por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.. DOMINGUEZ PEREZ BLANCA
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15/12/2022
RDR Nº 2617-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 1287-2021GRSM/DRE/DO-OO, de fecha 19 de noviembre del 2021, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 151.40, por concepto de Subsidio por Luto y Gastos de Sepelio por fallecimiento de su madre Delicia Vela Borbor, calculados sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 8° inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 16 de fecha 16 de febrero del 2022, asignada en el expediente judicial N° 00265-2018-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante resolución N° 17 de fecha 09 de noviembre del 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martin emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. DEL AGUILA VELA HAROLDO
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15/12/2022
RDR Nº 2696-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00560-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro - reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, el pago de reintegro de la compensación vacacional, dispuesta por el artículo 2180 del D.S.N0 19-90ED, por el periodo comprendido a enero 2012, y el pago del incremento equivalente al 10% de su haber mensual, de conformidad con el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 25981, por el periodo comprendido desde el enero de 1993 hasta el cumplimiento de lo solicitado con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N 005 de fecha 21 de febrero de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 09 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; ; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300. RIOS PEREA MIRYAM MARGOTH
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15/12/2022
RDR Nº 2692-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Ficta por haber operado el silencio administrativo negativo a la solicitud de fecha 09 de marzo de 2020, donde solicita reajuste de la remuneración personal, bonificación diferencial y bonificaciones preceptuadas por los D.U Nº 090-95, 073-97 y 011-99 y compensación vacacional a partir de setiembre de 2001, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa DOMINGUEZ ROLDAN ALARCO
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15/12/2022
RDR Nº 2650-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 0313-2022GRSM/DRE/DO-OO.UE.306, de fecha 18 de abril de 2022, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 1,453.63, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 8 0 inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVlR; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 15 de fecha 22 de junio de 2022, asignada en el expediente judicial N° 00043-2021-0-2201-JR-CI-01 ; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N° 16 de fecha 07 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. HERNANDEZ BAZAN AURELIA
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15/12/2022
RDR Nº 2693-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Ficta por haber operado el silencio administrativo negativo a la solicitud de fecha 09 de marzo de 2020, donde solicita reajuste de la remuneración personal, bonificación diferencial y bonificaciones preceptuadas por los D.U N° 090-95, 073-97 y 011-99 y compensación vacacional a partir de setiembre de 2001 , por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa DOMINGUEZ PEREZ ELIANA
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15/12/2022
RDR Nº 2649-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00230-2021-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los periodos comprendidos desde el 01 de marzo de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999, el 01 de marzo de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2000, el 02 de abril de 2001 hasta el 31 de diciembre de 2001, el 01 de abril de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2002, el 07 de abril de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2003, el 01 de abril de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004, el 28 de marzo de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2005, el 14 de marzo de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, el 01 de abril de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, el 09 de marzo de 2009 hasta el 01 de abril de 2009, la que se calculara sobre la base de su remuneración total (integra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 15 de julio de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 09 de noviembre de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. ESPINOZA MARIN ELENA ELIZABETH
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15/12/2022
RDR Nº 2673-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 0383-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 20 de abril de 2022, notificada con fecha 07 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud por el pago de bonificación mensual por preparación de clases y evaluación 30% más la continua hasta la actualidad, más intereses, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotada la vía administrativa. GRANDEZ LOPEZ FLORITA LORENZA
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