DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

DOCUMENTOS


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
29/11/2022
RDR Nº 2489-2022-GRSM-DRE
ACEPTAR la DONACION del predio inscrito en Registros Públicos en la Partida Electrónica Nº 11034815 con un área total de 0,1670 has. y perímetro 216.19 ml. Ubicado en el Centro Poblado de Nueva York, Distrito y Provincia de Moyobambha, Región San Martín; destinado a la Institución Educativa Nº 01012 perteneciente a la jurisdicción de la UGEL Moyobamba. AGRADECER, por tan noble y digno gesto en beneficio de la educación. UGEL MOYOBAMBA MORENO CRUZ HERNAN I.E. Nº 01012 NUEVA YORK
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29/11/2022
RJ N° 1641-2022-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO POR CONCEPTO DE LA BONIFICACIÓN POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN EXPEDIENTE 00197-2016-0-2201-JM-LA-01 POR UN MONTO DE 24.641.90 RODRIGUEZ LOPEZ NELLY
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29/11/2022
RJ N° 1642-2022-GRSM-DRE
AUTORIZAR EL ENCARGO INTERNO POR EL IMPORTE DE 5.260.00 PARA EL PAGO DE SERVICIO DE MOVILIDAD, ALIMENTACION Y HOSPEDAJE PARA LOS PARTICIPANTES DEL XI CONGRESO REGIONAL DE EIB AWAJUN-2022 BAZAN GUERRA PILY
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29/11/2022
RJ N° 1640-2022-GRSM-DRE
RECONOCER COMO CREDITO DEVENGADO POR CONCEPTO DE LA BONIFICACIÓN POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN EXPEDIENTE 00596-2016-0-2201-JM-LA-01 POR UN MONTO DE 16.669.57 VASQUEZ SANCHEZ MARIA BERSA
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28/11/2022
RDR Nº 2476-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 0848-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 25 de julio de 2022, notificado con fecha 01 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de reintegro de la bonificación mensual por preparación de clases más intereses legales, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; dar por agotado la via administrativa. CACHAY ASTETE REISSER
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28/11/2022
RDR Nº 2478-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral N° 002313-2022 de fecha 19 de octubre de 2022, notificada con fecha 27 de octubre de 2022, que declara improcedente la solicitud del pago de intereses de devengados generados de la incorrecta aplicación del artículo 48º de la Ley N° 24029 - modificada por la Ley N° 25212, sobre la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; dar por agotado la via administrativa. SHAPIAMA RENGIFO DE JESUS BETTINA
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28/11/2022
RDR Nº 2479-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral N°002314-2022 de fecha 19 de octubre de 2022, notificado con fecha 27 de octubre de 2022, que declara improcedente la solicitud del pago de intereses de devengados generados de la incorrecta aplicación del artículo 48° de la Ley N° 24029 - modificada por la Ley Nº 25212, sobre la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; dar por agotado la via administrativa. RODRIGUEZ GOMEZ HEYDEN
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28/11/2022
RDR Nº 2475-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto, contra el Oficio Nº 238-2021*-GRSM-DRE-DO-OO-UGA/ARP de fecha 03 de noviembre de 2021, notificado con fecha 08 de noviembre de 2021, que declara improcedente el pago de la bonificación diferencial por desempeño del cargo en base al 30% de la remuneración total, DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA. EGOAVIL REATEGUI WALTER
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28/11/2022
RDR Nº 2472-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 2582-2018GRSWDRE/DO-OO.UE.306-R de fecha 17 de setiembre de 2018, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 10,274.90, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 80 inciso b), mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 17, de fecha 23 de setiembre del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00545-2015-0-220 -JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. WISHU PEAS LEONARDO
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28/11/2022
RDR Nº 2480-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 00428-2022 de fecha 20 de junio de 2022, notificada con fecha 03 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud por reconocimiento de intereses, por bonificación del 30% por preparación de clases, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; dar por agotado la via administrativa. SALDAÑA DEL AGUILA ISABEL
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28/11/2022
RDR Nº 2473-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00377-2022-0-2201-JR-LA-01,, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta la fecha de su cese el 06 de octubre de 1995, la que se calculara sobre la base de su remuneración total (integra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 26 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. TUANAMA TUANAMA FIDEL SEGUNDO
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28/11/2022
RDR Nº 2474-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N°00075-2021-0-2201-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por concepto de preparación de clases y evaluación, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, la que se calculara sobre la base de su remuneración total (integra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 03 de fecha 27 de mayo de 2021, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 09 de fecha 13 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. CHUJUTALLI VELA WILDORO
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28/11/2022
RDR Nº 2470-2022-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 2857-2019GRSM/DRE/DO-OO.UE.306 de fecha 12 de noviembre de 2019, la que reconoce como créditos devengados por la suma de S/. 9,692.63, por el concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o íntegra en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 80 inciso b), reconociendo la suma de S/. 12,124.67; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 17, de fecha 23 de setiembre del 2022, asignada en el expediente judicial N° 00410-20170-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio Sub Sede Moyobamba. RODRIGUEZ NOVOA CARLOS SEGUNDO
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28/11/2022
RDR Nº 2471-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00063-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 11 de setiembre de 1995 al 31 de diciembre de 1995' del 26 de marzo de 1996 al 31 de diciembre de 1996; del 17 de marzo de 1997 al 31 de diciembre de 1997 y del 01 de marzo de 1998 hasta el 01 de marzo de 2002, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 03 de fecha 17 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° I0 de fecha 16 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. SALDAÑA SANTIVAÑEZ RUBEN DARIO
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28/11/2022
RDR Nº 2481-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 002142-2022 de fecha 15 de setiembre de 2022, notificada con fecha 20 de setiembre 2022, que declara improcedente la solicitud sobre el reconocimiento de pago por reintegro de devengados por concepto de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, previo recalculo de dicho beneficio, como Auxiliar de Educación a partir de marzo del 2002 hasta noviembre del 2012, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; dar por agotado la via administrativa. SOLSOL PEREZ TOMASA
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28/11/2022
RDR Nº 2464-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00642-2014-0-2205-JM-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de agosto de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 29 de agosto de 2016, emitida por el Juzgado Mixto y Penal Liquidador Provincia de Mariscal Cáceres - Juanjui y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 03 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Mixto Sub Sede Juanjui; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. FASANANDO MORALES KEFFER
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28/11/2022
RDR Nº 2485-2022-GRSM-DRE
DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 000452-2022-GRSM-DRESM-U.E.305-E.L de fecha 15 de setiembre de 2022, notificada con fecha 21 de octubre de 2022, que declara improcedente el pago del reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, con incremento regulado por el Decreto de Urgencia N° 105 - 2001, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa. ACHATA RAMIREZ MARIA MERCEDES
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28/11/2022
RDR Nº 2465-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N O 202-2017- ACA- Laboral, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 15 de mayo de 2019, emitida por el Juzgado Civil Transitorio de Mariscal Cáceres - Juanjui y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 09 de marzo de 2020, emitida por el Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Mariscal Cáceres; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. SEILAS VALLES JOSE RAUL RUIZ PANDURO DULMIRA
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28/11/2022
RDR Nº 2466-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00136-2016-0-2204-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 03 de abril de 1997 hasta el 25 de noviembre de 2012 y de manera adicional el 5% de su remuneración total mensual por el cargo de directora por el periodo comprendido desde el 03 de abril de 1997 hasta el 10 de iunio de 1997, el 16 de marzo hasta el 31 de diciembre de 1999, el 01 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2000, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 25 de setiembre de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 13 de junio de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. GRANDEZ PAREDES ANGELICA
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28/11/2022
RDR Nº 2463-2022-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00621-2021-0-2201-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, así como la bonificación adicional por el desempeño del cargo y por preparación de documentos de gestión equivalente al 5% de su remuneración total, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 28 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 14 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la oficina de operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. TORRES TRIGOZO LITTA
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