DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

DOCUMENTOS


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
19/09/2023
RDR Nº 2637-2023-GRSM-DRE
CONFORMAR Y RECONOCER a la Comisión Organizadora del Concurso de los Juegos Florales Escolares Nacionales Etapa ORE; Enilma García Castillo Sonia Hernández Gómez Wilson Gárate Piña Hans Freddman Salas Carbajal
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18/09/2023
RDR Nº 2621-2023-GRSM-DRE
RECTIFICAR EL ERROR MATERIAL incurrido en el sexto considerando y parte resolutiva articulo primero de la Resolución Jefatura! Nº 0088-2021-GRSM-DRE/DO-OO de fecha 08 de febrero de 2021, sobre otorgar asignación de dos(02) Remuneraciones Integras Mensuales Superior por haber cumplido 30 años de servicios oficiales
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18/09/2023
RDR Nº 2635-2023-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial, la Resolución Jefatura! Nº 0611-2021-GRSM/DRE/DO-OO, de fecha 31 de mayo de 2021, que reconoce como crédito devengado, a favor de doña LITA IZQUIERDO DEL AGUILA, por concepto de preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total (íntegra) reconociendo la suma de (S/ 13,432.18) trece mil cuatrocientos treinta y dos con 18/100 soles; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 19, de fecha 14 de julio de 2023, asignada en el expediente judicial Nº 00083-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo - Subsede Moyobamba. LITA IZQUIERDO DEL AGUILA
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18/09/2023
RDR Nº 2356-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00152-2016-0-2206-JM-LA-01, a favor de CLEMENCIA DEL AGUILA VASQUEZ, liquidación de la diferencia que la demandante ha dejado de percibir, con los correspondientes intereses legales, al haberse realizado un indebido cálculo de la bonificación por preparación de clase equivalente al 30% de sus remuneraciones totales o íntegras en forma mensual desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 20 de junio de 1993 con deducción de los montos pagados por dicho concepto, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Casación Nº 3012- 2018 de fecha 12 de agosto de 2021, emitida por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y CÚMPLASE con lo ejecutoriado mediante Resolución Nº 13 de fecha 30 de junio de 2022, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota. CLEMENCIA DEL AGUILA VASQUEZ
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18/09/2023
RDR Nº 2633-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00057-2023-0-2201-JR-LA-01, a favor de JOSE LUIS ALTAMIRANO ZUÑIGA, del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total integra, desde el 01 de junio de 2002 al 31 de agosto de 2002, del 01 de setiembre de 2002 al 31 de diciembre de 2002, del 01 de mayo de 2003 al 31 de diciembre de 2003, del 15 de abril de 2004 al 31 de diciembre de 2004, del 01 de abril de 2006 al 31 de diciembre de 2006 y del 12 de marzo de 2007 al 31 de diciembre de 2007, la que se calculará sobre la base de su REMUNERACIÓN TOTAL (INTEGRA), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales, que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 11 de mayo de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 1 O de fecha 19 de julio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba JOSE LUIS ALTAMIRANO ZUÑIGA
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18/09/2023
RDR Nº 2632-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00051-2023-0-2201-JR-LA-01, a favor de EUDER CAMPOS HERRERA, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total íntegra desde el 05.07.2004 al 31.12.2004; del 06.07.2006 al 31.12.2006 y del 16.03.2007 al 31.12.2007, la que se calcularán sobre la base de su REMUNERACIÓN TOTAL (ÍNTEGRA}, conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 31 de marzo de 2023, emitida por la Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 15 de julio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo - Subsede Moyobamba. EUDER CAMPOS HERRERA
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18/09/2023
RDR Nº 2634-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00378-2022-0-2201-JR-LA-01, a favor de CRECINIO VAUTISTA HUAMAN, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, así como la bonificación adicional por el desempeño del cargo y por la preparación de documentos de gestión equivalente al 5%, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre del 2012, para ambas bonificaciones, la que se calculará sobre la base de su REMUNERACIÓN TOTAL (INTEGRA)", con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 1 O de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 1 O de fecha 18 de enero de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; CRECINIO VAUTISTA HUAMAN
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18/09/2023
RDR Nº 2529-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00701-2022-0-2201-JR-LA-01, a favor de CARLOS ALBERTO PALOMINO ROSILLO, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, desde el 01.03.201 O al 25.11.2012, la que se calculará sobre la base de su REMUNERACIÓN TOTAL (INTEGRA), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 1 O de fecha 05 de junio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. CARLOS ALBERTO PALOMINO ROSILLO
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18/09/2023
RDR Nº 2626-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00762-2022-0-2201-JR-LA-01 a favor de RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00762-2022-0-2201-JR-LA-01 a favor de MARCIAL DIAZ VILLENA, el pago de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplido, del periodo comprendido entre el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre del 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 12 de abril de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 05 de julio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo - Sub Sede Moyobamba. el pago de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplido, del periodo comprendido entre el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre del 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 12 de abril de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 05 de julio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo - Sub Sede Moyobamba. RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00762-2022-0-2201-JR-LA-01 a favor de MARCIAL DIAZ VILLENA, el pago de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplido, del periodo comprendido entre el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre del 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 12 de abril de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 05 de julio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo - Sub Sede Moyobamba. MARCIAL DIAZ VILLENA
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18/09/2023
RDR Nº 2630-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00063-2023-2201-JR-LA-01, a favor de ROSA ENITH PEZO PEZO, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total íntegra desde el 04.1997 al 31.12.1997; del 23.03.1998 al 31.12.1998; del 01.04.1999 al 31.12.1999; del 01.03.2000 al 31.12.2000; del 09.04.2001 al 31.12.2001 y del 25.03.2002 al 11.04.2005, la que se calculará sobre la base de su REMUNERACIÓN TOTAL (INTEGRA), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente, más intereses legales, que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 20 de abril de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 1 O de fecha 15 de julio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo - Sub Sede Moyobamba. ROSA ENITH PEZO PEZO
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18/09/2023
RDR Nº 2627-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00748-2022-0-2201-JR-LA-01 a favor de ZENOBIA AMACIFUEN DE PINEDO, el pago de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplido, del periodo comprendido entre el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, asimismo el reintegro de la compensación vacacional, dispuesta por el artículo 218º del D.S. Nº 19-90-ED, por el periodo comprendido a enero 2002 y enero 2003; más los intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 17 de abril de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y CÚMPLASE con lo ejecutoriado mediante Resolución Nº 09 de fecha 04 de julio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo - Sub Sede Moyobamba. ZENOBIA AMACIFUEN DE PINEDO
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18/09/2023
RDR Nº 2625-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00270-2019-0-2208-JR-LA-02, a favor de REMIGIO SANGAMA SINTI, 1) EL PAGO DEL REINTEGRO DE LA REMUNERACIÓN PERSONAL, equivalente al 2% de su remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52º de la Ley Nº 24029, y su modificatoria Ley N° 25212, la misma que no ha sido cancelada conforme a Ley desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de la ya incorrectamente pagado, debiéndose de precisar que el reintegro será realizado por cada año de servicio cumplido. ll)EL PAGO DEL REINTEGRO DEL BENEFICIO ADICIONAL POR VACACIONES; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo N° 019-90-ED; la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado. 111) EL PAGO DE LOS INTERESES LEGALES devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con el considerando sétimo de la presente sentencia, los mismos que se liquidaran en ejecución de la sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 26 de agosto de 2019, emitida por el Segundo Juzgado Civil - Sede Maynas - Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 23 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. REMIGIO SANGAMA SINTI,
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18/09/2023
RDR Nº 2631-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00693-2022-0-2201-JR-LA-01, a favor de LUIS ALBERTO ACHING SABOYA, el pago a favor del demandante del SUBSIDIO POR LUTO equivalente a dos remuneraciones la que se calculará sobre la base de la REMUNERACIÓN TOTAL (ÍNTEGRA) del accionante, más intereses legales, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 17 de enero de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09, de fecha 15 de julio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo - Subsede Moyobamba. LUIS ALBERTO ACHING SABOYA
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18/09/2023
RDR Nº 2622-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00080-2023-0-2201-JR-LA-01 a favor de IRINA DEL ROSARIO BALLENA DIAZ, el pago del REINTEGRO de la BONIFICACIÓN ESPECIAL POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN, equivalente al 30% DE SU REMUNERACIÓN TOTAL O INTEGRA, por los periodos comprendidos del 03 de abril de 2000 al 05 de mayo de 2000, del 09 de mayo de 2000 al 31 de diciembre de 2000, del 18 de abril de 2001 al 31 de diciembre de 2001, del 03 de abril de 2002 al 31 de diciembre de 2002, del 14 de mayo de 2003 al 31 de diciembre de 2003, del 15 de abril de 2004 al 31 de diciembre de 2004, del 14 de abril de 2005 al 31 de diciembre de 2005, del 07 de abril de 2006 al 31 de diciembre de 2006 y del 19 de marzo de 2007 al 12 de julio de 2007, en el que ha ejercido el cargo de profesor de aula, conforme a la Ley N° 24029, modificada por la Ley Nº25212, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente resolución, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales, que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; INTEGRAR el pago de los intereses legales; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 27 de abril de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 1 O de fecha 08 de mayo de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; IRINA DEL ROSARIO BALLENA DIAZ
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18/09/2023
RDR Nº 2523-2023-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial, la Resolución Jefatura! Nº 0875-2022-GRSMIDRE/DOOO. UE.306, de fecha 01 de diciembre de 2022, que reconoce crédito devengado, en cumplimiento al mandato judicial, contenido en la Resolución Nº 03 de fecha 17 de marzo del 2022, confirmada mediante Resolución N° 08 de fecha 11 de julio del 2022, obrante en el Expediente Nº 00063-2022-0-2201-JR- LA-01 a favor de RUBEN DARIO SALDAÑA SANTIVAÑEZ con DNI Nº 33402697, actual Docente Cesante, por el concepto del 30% de Preparación de Clases y Evaluación desde a). 11.09 al 31.12.1995, b ). 26.03 al 31.12.1996, c). 17.03 al 31.12.1997, d). 01.03.1998 al 01.03.2002, calculado sobre la base de su remuneración total (integra) en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 8º Inciso b), reconociendo la suma (S/ 3,561.13) TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 13/100 SOLES, en cumplimiento del mandato judicial, contenida en la Resolución Nº 03 (sentencia) de fecha 17 de marzo de 2022, confirmada mediante Resolución Nº 08 (sentencia de vista) de fecha 11 de julio de 2022 y requiriéndose su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 16 de septiembre de 2022, obrante en el Expediente Nº 00063-2022-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. RUBEN DARIO SALDAÑA SANTIVAÑEZ
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18/09/2023
RDR Nº 2624-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00037-2021-0-2201-JR-LA-01 a favor de LOLA MENDOZA VALERA, el pago de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de la remuneración total o íntegra, desde el veintiuno de mayo de mil novecientos noventa hasta la fecha de la demanda, incluyendo intereses legales, con deducción de lo cancelado en base a la remuneración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 16 de julio de 2021, emitida por la sala Civil Permanente de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N º 11 de fecha 1 O de julio de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba LOLA MENDOZA VALERA
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18/09/2023
RDR Nº 2628-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00764-2022-0-2201-JR-LA-01 a favor de BELMIRA HOYOS CELIZ, el pago de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplido, del periodo comprendido entre el 01 de septiembre del 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 09 de marzo de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 24 de mayo de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. BELMIRA HOYOS CELIZ
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18/09/2023
RDR Nº 2620-2023-GRSM-DRE
AUTORIZAR, el encargo a nombre del profesor Javier Edgardo Díaz Chávez, identificado con DNI 2707450, Especialista en Educación; para coberturar los gastos del servicio "Arbitraje deportivo de las categorías A, B y C, unidad Móvil (ambulancia), movilidad local, alquiler de equipos de sonido y servicio de implementación y ambientación de escenarios, para el desarrollo del Plan de trabajo de los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos 2023 - Etapa Macrorregional, que se desarrollará, desarrollándose del 14 al 26 de setiembre de 2023; Javier Edgardo Díaz Chávez
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18/09/2023
RDR Nº 2616-2023-GRSM-DRE
AUTORIZAR, a partir de la vigencia de la presente Resolución, el funcionamiento del Centro de Educación Básica Alternativa Gestión Privada "PANAFRE", Pablo Navarro Freyre
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18/09/2023
RDR Nº 2617-2023-GRSM-DRE
AUTORIZAR la transferencia de fondos públicos al SUB CAFAE de la Dirección Regional de Educación San Martín, para la distribución de incentivos laborales a los trabajadores activos de su jurisdicción, correspondiente al mes de SETIEMBRE 2023, por la suma total de QUINIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 66/100 SOLES (S/ 526,897.66); considerando el cálculo establecido en la Nota de Coordinación Nº 410-2023-GRSM-DRESM/OA/GRR.HH.
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